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Resolución Local 088 de 2021 Alcaldía Local de Kennedy

Fecha de Expedición:
18/02/2021
Fecha de Entrada en Vigencia:
20/02/2021
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 7057 del 20 de febrero de 2021.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN LOCAL 088 DE 2021

 

(Febrero 18)

 

Por medio de la cual se suspenden términos procesales en las Actuaciones policivo administrativas, adelantadas en la Alcaldía Local

 

LA ALCALDESA LOCAL DE KENNEDY

 

En ejercicio de sus facultades legales  en especial las atribuidas en el Decreto ley 1421 de 1993, Art. 86, Estatuto Orgánico  de Bogotá y demás normas del orden nacional y Distrital, se pronuncia frente  a los siguientes:

 

CONSIDERANDO:

 

Que de conformidad con el artículo 2º de la Constitución Política Nacional, las autoridades están instituidas para proteger a todas las personas residentes en Colombia, en su vida, honra, bienes, creencias y demás derechos y libertades.

 

Que el artículo 86 del Decreto Ley 1421 de 1993 establece las atribuciones que corresponde a los Alcaldes Locales, dentro de las cuales se encuentran cumplir y hacer cumplir la Constitución, la ley, las demás normas nacionales aplicables, los acuerdos distritales y locales y las decisiones de las autoridades distritales, así como conocer de los procesos relacionados con violación de las normas sobre construcción de obras y urbanismo e imponer las sanciones correspondientes, procesos contra los establecimientos de comercio que se adelantan por cumplimiento de requisitos de ley 232 de 1995, así como dictar  los actos y ejecutar las operaciones necesarias para la protección, recuperación y conservación del espacio público, entre otros, hasta el 29 de Enero de 2017, teniendo en cuenta que la Ley 1801 de 2016, Código Nacional de Policía y Convivencia, entró en vigencia desde el 30 de Enero de 2017.

 

Que con base en lo dispuesto en el artículo 29 de la Constitución Política es un deber de las autoridades salvaguardar el debido proceso y el derecho a la defensa y contradicción de los ciudadanos, así como el principio de publicidad de los actos administrativos.

 

Que teniendo en cuenta que la Alcaldía Local de Kennedy, inició desde finales de 2017 estudios y diseños para el proyecto de la construcción de la nueva sede administrativa, para así contar con espacios dignos y amables para la atención al público, cumpliendo con todos los requerimientos funcionales, técnicos, tecnológicos, arquitectónicos, administrativos, de integración urbanística con el entorno y de respeto por el medio ambiente, el cual fue viabilizado por la Agencia Nacional Inmobiliaria Virgilio Barco Vargas, lo que permitió estructurar el proceso de selección abreviada para lograr adjudicar en enero de 2021 el contratista constructor y su correspondiente interventoría.

 

Que la Alcaldía Local de Kennedy, con la asistencia técnica de la Agencia Nacional Inmobiliaria, viabilizaron dos (2) predios para trasladar temporalmente la sede de la Alcaldía Local de Kennedy, durante el tiempo que demore  la construcción de la Nueva Sede Administrativa.


Que en consecuencia, se ha establecido un cronograma para facilitar la logística del traslado de todos los bienes muebles, archivo y equipos tecnológicos, por lo que la Alcaldesa Local de Kennedy ordenará suspender los términos procesales de las actuaciones policivo administrativas que se adelantan desde el Área de Gestión Policiva Jurídica (Oficina de obras y Oficina jurídica)desde el 22 de Febrero de 2021 y hasta el 12 de Marzo de 2021, teniendo en cuenta que el cronograma establecido, cumpla con las fechas en él previstas.

 

En mérito de lo expuesto la Alcaldesa Local de Kennedy,

 

RESUELVE:

 

ARTÍCULO PRIMERO: SUSPENDER términos en los procesos y actuaciones policivo administrativas adelantadas por infracción al régimen de obras y urbanismo, requisitos de establecimientos de comercio y restitución de bien de uso público, en las oficinas de Obras y Jurídica del Área de Gestión Policiva Jurídica de la Alcaldía Local, desde el 22 de Febrero de 2021 y hasta el 12 de Marzo de 2021 y en todo caso, podrá extenderse hasta tanto las instalaciones de las sedes temporales se encuentren aptas para el desarrollo de las actividades propias de estas oficinas.

 

ARTÍCULO SEGUNDO: El presente acto administrativo rige a partir de su publicación.

 

COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dada en Bogotá, D.C., a los 18 días del mes de febrero del año 2021.

 

YEIMY CAROLINA AGUDELO HERNÁNDEZ

 

Alcaldesa Local de Kennedy