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Decreto Local 001 de 2021 Alcaldía Local de Suba

Fecha de Expedición:
10/02/2021
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 7064 del 27 de febrero de 2021.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO LOCAL 001 DE 2021

 

(Febrero 10)

 

Por medio del cual se modifica el Decreto 004 del 12 de febrero de 2020 y, se integra al Consejo Local de Planeación la designada por el sector mujeres”

 

EL ALCALDE LOCAL DE SUBA

 

En uso de las facultades que le confiere el artículo 7 del Acuerdo 13 de 2000 y,

 

CONSIDERANDO:

 

Que en virtud del Acuerdo 13 de 2000 “Por el cual se reglamenta la participación ciudadana en la elaboración, aprobación, ejecución, seguimiento, evaluación y control del Plan de Desarrollo Económico y Social para las diferentes localidades que conforman el Distrito Capital y se dictan otras disposiciones” establece en su ARTICULO 5. CREACIÓN E INTEGRACIÓN.

 

“En cada una de las Localidades del Distrito Capital funcionará un Consejo de Planeación Local, el cual tendrá la naturaleza de ente consultivo y será la instancia de planeación en la localidad. Estará integrado por un representante de cada una de las siguientes organizaciones, con asiento en la respectiva localidad: Asociación de Juntas de Acción Comunal, Asociaciones de Padres de Familia, Organizaciones Juveniles, Rectores de Establecimientos educativos, Organizaciones de Comerciantes, Organizaciones de industriales, Gerentes de establecimientos de salud pública local, Organizaciones no gubernamentales, Organizaciones ambientales, Organizaciones de adulto/a mayor y/o de pensionados. Adicionado por el Acuerdo Distrital 436 de 2010”

 

Que la Alcaldía Local de Suba, realizo convocatoria pública para la conformación del Consejo de Planeación Local, del quince (15) de enero al cuatro (04) de febrero de 2020.

 

Que una vez surtida la etapa de verificación de requisitos de los sectores que se inscribieron, se pudo determinar que por el sector mujeres, se inscribió para hacer parte del Consejo de Planeación, el Comité Local Operativo de Mujer y Género-COLMYG.

 

Que el Comité Local Operativo de Mujer y GéneroCOLMYG, mediante oficio de fecha tres (03) de febrero de 2020 designó a la Señora María del Pilar Barrera Hartman, identificada con cédula número 39.555.766 para representar el sector mujeres ante el Consejo de Planeación Local.

 

Que mediante Decreto Local 004 del 12 de febrero de 2020 “Por el cual se instala el Consejo de Planeación de la localidad de Suba de acuerdo a lo estipulado en el Acuerdo 13 de 2000 del Concejo de Bogotá”, se instaló el Consejo de Planeación Local de Suba mediante el nombramiento de representantes por sectores.

 

 

Que el día tres (03) de julio de 2020 la Administración Local recibió del Comité Local Operativo de Mujer y Género-COLMYG, comunicación de revocatoria al nombramiento realizado a la Señora María del Pilar Barrero Hartman, mediante radicado No 20206110118052 de fecha 3 septiembre del año 2020.

 

Que el día veintiocho (28) de octubre de 2020 mediante correo institucional se recibe comunicación del Comité Operativo de Mujer y Género-COLMYG sobre designación de la nueva persona que representará ante el Consejo de Planeación Local de Suba, señora Paula Marcela Fresneda Ramírez identificada con cédula 1019087378 de Bogotá.

 

Que, en mérito de lo anteriormente expuesto, el Alcalde Local de Suba

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO PRIMERO: Se integra al Consejo Local de Planeación -CPL por el Sector Mujeres la Señora Paula Marcela Fresneda Ramírez, identificada con cédula xxxxx de Bogotá.

 

ARTÍCULO SEGUNDO: La representante del Sector Mujeres deberá cumplir las funciones y atribuciones consagradas en los artículos 10 y 11 y, demás disposiciones del Acuerdo 13 de 2000.

 

ARTÍCULO TERCERO: La representante del Sector Mujeres del Consejo de Planeación Local, tendrá un período igual al del Plan de Desarrollo Local a partir del año 2020 al año 2023 y su representación será ad honórem.

 

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

 

Dado en Bogotá, D.C., a los 10 días del mes de febrero del año 2021.

 

JULIÁN ANDRÉS MORENO BARÓN

 

Alcalde Local de Suba