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Acuerdo 065 de 2021 Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá -ESP - Junta Directiva

Fecha de Expedición:
25/03/2021
Fecha de Entrada en Vigencia:
25/03/2021
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 7091 del 30 de marzo de 2021.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

ACUERDO 065 DE 2021

 

(Marzo 25)

 

Por medio del cual se aprueban los Estados Financieros del ejercicio 2020 de la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá – E.S.P.

 

LA JUNTA DIRECTIVA DE LA EMPRESA DE ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO DE BOGOTÁ E.S.P.

 

En ejercicio de sus facultades legales y estatutarias consagradas en el literal d, numeral 6 del artículo 11 del acuerdo 05 de 2019 y,

 

CONSIDERANDO:

 

Que el literal D numeral 6 del artículo décimo primero del Acuerdo No. 05 de 2019 indica que es función de la Junta Directiva:

 

“… Aprobar o improbar, previo concepto de la auditoría externa, los estados financieros; determinar el superávit del ejercicio y decretar las reservas necesarias para atender las obligaciones legales, futuras y contingentes y aquellas destinadas a la buena marcha de la Empresa, asimismo realizar la distribución de utilidades en dinero o en especie de acuerdo con las normas vigentes.”

 

Que el artículo 13 del Capítulo Tercero del Reglamento Interno de la Junta Directiva Acuerdo 07 de 2019 establece que las decisiones que involucren la aprobación de los Estados Financieros deben ser elevadas a Acuerdo.

 

Que los Estados Financieros de la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá – ESP, fueron presentados y aprobados por unanimidad de los miembros de la Junta Directiva en la sesión No. 2615 del 25 de marzo de 2021.

 

Que en mérito de lo anteriormente expuesto:

 

ACUERDA:

 

Artículo 1. Aprobar los Estados Financieros de la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá – ESP, con corte a 31 de diciembre de 2020.


Los Estados Financieros, sus notas y la opinión emitida por la Auditoría Externa forma parte integral del presente Acuerdo.

 

Artículo 2. El presente acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición.

 

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

 

Dada en Bogotá, D.C., a los 25 días del mes de marzo del año 2021.

 

NADYA MILENA RANGEL RADA

 

Presidente

 

HEYBY POVEDA FERRO

 

Secretaria


NOTA: Ver Anexo.