| Cargando el Contenido del Documento | |
| Por favor espere... |
|
DECRETO LOCAL 005 DE 2021
(Mayo 03)
Por medio del cual se amplía el plazo de sesiones extraordinarias a la junta administradora local de Rafael Uribe Uribe
EL ALCALDE LOCAL (E) DE RAFAEL URIBE URIBE
En uso de las facultades legales y estatutarias y en especial las conferidas por el Decreto Ley 1421 de 1993 y atendiendo lo dispuesto en la Ley 1148 de 2007.
CONSIDERANDO:
Que el inciso segundo del artículo 71 del decreto Ley 1421 de 1993 prevé que los ediles se reunirán extraordinariamente por convocatoria que le haga el respectivo Alcalde Local. Debiendo sesionar por el término que señale el alcalde y únicamente se ocuparan de los asuntos que él mismo someta a consideración.
Que de conformidad con el Artículo 71 del Decreto 1421 de 1993 las JUNTAS ADMINISTRADORAS LOCALES se reúnen ordinariamente por derecho propio cuatro veces al año así: el primero de marzo, el primero de junio, el primero de septiembre, y el primero de diciembre.
Que con Decreto Local 002 de 2021, El Alcalde Local, convocó a sesiones extraordinarias a la JAL de Rafael Uribe Uribe desde el 5 de abril hasta el 11 de mayo de 2021 inclusive, para que en el marco de la Circular 005 de 2021, emitida por el Secretario de Gobierno, se surta el proceso de definición terna en el proceso de elección Alcalde Local.
Que por solicitud de la Junta Administradora Local, con el fin de contar con el tiempo necesario para dar cumplimiento a la Circular 005 de 2021 de la Secretaría de Gobierno, sobre la definición de terna en el proceso de elección de Alcalde Local, se requiere ampliar las sesiones extraordinarias convocadas mediante el Decreto Local 002 de 2021.
DECRETA:
Artículo 1. Extender el período de Sesiones Extraordinarias convocadas mediante Decreto Local 002 de 2021, a la Junta Administradora Local de Rafael Uribe Uribe, hasta el 15 de mayo de 2021 inclusive, con el fin de dar cumplimiento a la Circular 005 de 2021 de la Secretaría de Gobierno, sobre la definición de terna en el proceso de elección de Alcalde Local.
Artículo 2. Durante el periodo de sesiones extraordinarias señalado en el artículo anterior, la Junta Administradora Local de Rafael Uribe Uribe, se ocupará exclusivamente de dar el trámite al proyecto de Acuerdo relacionado.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá, D.C., a los 03 días del mes de mayo del año 2021.
WILLIAM ALEJANDRO RIVERA CAMERO
Alcalde Local Rafael Uribe Uribe (E). |