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RESOLUCIÓN 445 DE 2020
(Octubre 05)
Por la cual se adoptan los acuerdos alcanzados en la negociación colectiva entre la Unidad Administrativa Especial de Servicios Públicos y el Sindicato de Empleados de la UAESP- SEUAESP
LA DIRECTORA GENERAL DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE SERVICIOS PÚBLICOS
En uso de sus facultades legales y conforme a lo establecido en el Acuerdo Distrital No. 257 de 2006, el Acuerdo 011 de 2014, en concordancia con los Acuerdos 01 y 02 de 2012 del Consejo Directivo de la Unidad Administrativa Especial de Servicios Públicos, y
CONSIDERANDO
Que mediante el Decreto No. 160 de 2014, el Gobierno Nacional reglamentó la Ley 411 de 1997 en lo relativo a los procedimientos de negociación y solución de controversias con las organizaciones de empleados públicos.
Que el artículo 11 del Decreto No. 160 de 2014 señala los términos y etapas de la negociación colectiva con organizaciones de empleados públicos.
Que mediante oficio con radicado No. 202070-0101612 del 6 de marzo de 2020, la Secretaría Distrital de Hábitat remitió a la Directora General el pliego de solicitudes presentado por el Sindicato de Empleados del Sector Hábitat y los Servicios Públicos en el Distrito Capital- SEUAESP.
Que el día 16 de septiembre de 2020 se puso fin a la negociación, existiendo acuerdo parcial respecto de los puntos objeto de la negociación, en los términos señalados para tal efecto en el Acta No. 12 suscrita por los negociadores de las partes en la misma fecha y que se transcriben en la parte resolutiva de la presente Resolución.
Que tal y como consta en el acta final de la negociación, no se llegó a un acuerdo en lo solicitado por el sindicato en los numerales 1.1, 1.3, 2.1, 3.1, 3.2 y 3.3 del pliego de solicitudes.
Que de conformidad con lo señalado en el artículo 14 del Decreto No. 160 de 2014, concluida la etapa de negociación y suscrita el acta final, la entidad empleadora expedirá los actos administrativos a que haya lugar para el cumplimiento de los acuerdos.
Que, en mérito de lo expuesto,
RESUELVE
ARTÍCULO PRIMERO: Adoptar los acuerdos y conclusiones alcanzadas en la mesa de negociación colectiva entre la Unidad Administrativa Especial de Servicios Públicos, por una parte y el Sindicato de Empleados de la Unidad Administrativa Especial de Servicios Públicos - SEUAESP, y que constan en el Acta Final de la Negociación No. 12 suscrita el día dieciséis (16) de septiembre de 2020, en los siguientes términos:
PETICIÓN 1: FORMACIÓN SERVIDORES PÚBLICOS
Al punto 1.1. No se pacta acuerdo. Considerando la coyuntura de personal –Concurso-, se realizarán las actividades de capacitación necesarias de acuerdo a los recursos vigentes, atendiendo también recortes de presupuesto por efectos pandemia.
Al punto 1.2. Se acuerda que el sindicato participará proponiendo contenidos para el Plan de Bienestar y Capacitación. La UAESP se compromete a analizar esas propuestas y resolver de acuerdo a los planes estratégicos institucionales y necesidades de la UAESP, que la administración determine.
Al punto 1.3. No se pacta acuerdo. La UAESP, continuará desarrollando los procesos de inducción, reinducción, entrenamiento en puesto de trabajo; así como de capacitación de acuerdo a necesidades y posibilidades de presupuesto.
Al punto 1.4. Se acuerda que el sindicato participará proponiendo contenidos para el Plan de Capacitación. La UAESP se compromete a analizar esas propuestas y resolver de acuerdo a los planes estratégicos institucionales y necesidades de la UAESP, que la administración determine.
PETICIÓN 2: POLÍTICA DE BIENESTAR
Al punto 2.1. No hay acuerdo.
Al punto 2.2. Se acuerda. La UAESP permitirá el uso del actual gimnasio en horarios flexibles, de tal forma que no se afecten las responsabilidades del servidor, la prestación adecuada de servicios de la UAESP, y exclusivamente para personal UAESP. Se ajustarán los protocolos de uso debido del gimnasio y se realizarán los mantenimientos necesarios. Las instalaciones del gimnasio estarán en servicio una vez se autorice por las autoridades por efectos de pandemia, y se terminen las obras de adecuación de las instalaciones de correspondencia en la medida que la atención al público se presta desde el espacio del gimnasio; se tiene previsto su uso a partir del 01 de enero de 2021.
PETICIÓN 3: ADMINISTRACIÓN LABORAL Y DESARROLLO INSTITUCIONAL
Al punto 3.1. No hay acuerdo.
Al punto 3.2. No hay acuerdo. La UAESP acepta valorar los perfiles del personal en provisionalidad para que de acuerdo a las necesidades institucionales y la disponibilidad de recursos decida la procedencia de contratación de personal del sindicato o provisional cuyo vínculo laboral terminaría por efectos de concurso (Convocatoria 823 de 2018 –Distrito Capital- CNSC).
Al punto 3.3. No hay acuerdo. La UAESP debe cumplir la ley, es nuestro deber como administración atender su cumplimiento.
ARTÍCULO SEGUNDO: VIGENCIA. El presente acuerdo laboral tendrá vigencia de dos (2) años contados a partir de la expedición del acto administrativo que lo adopte y hasta la firma del siguiente acuerdo.
PARAGRAFO PRIMERO. El cronograma para la implementación de los puntos acordados se definirá en la primera mesa de seguimiento del acuerdo, que deberá ser agendada a más tardar el mes de octubre de 2021.
PARAGRAFO SEGUNDO. De conformidad con lo previsto en el Estatuto Orgánico de Presupuesto y en el numeral 2 del artículo 3 del Decreto 160 de 2014, el cumplimiento de los acuerdos alcanzados en la mesa de negociación que impliquen gasto, estará sujeto a la expedición de la respectiva disponibilidad presupuestal.
ARTICULO TERCERO. Conformar la Comisión de Seguimiento al cumplimiento de los acuerdos alcanzados en la negociación, la cual estará integrada por los funcionarios que sean designados por las partes.
ARTICULO CUARTO. Comunicar el contenido de la presente Resolución y del acta suscrita dentro de la negociación colectiva al Ministerio de Trabajo; así como a la Subdirección Administrativa y Financiera de la Unidad Administrativa Especial de Servicios Públicos, para lo de sus competencias.
ARTÍCULO QUINTO: La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá D.C. a los 05 días del mes de octubre del año 2020.
La Directora General de la Unidad Administrativa Especial de Servicios Públicos,
LUZ AMANDA CAMACHO SÁNCHEZ.
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