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Circular 2031 de 2020 Consejo Superior de la Judicatura

Fecha de Expedición:
04/09/2020
Fecha de Entrada en Vigencia:
04/09/2020
Medio de Publicación:
N/A
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

CIRCULAR PCSJC20-31 DE 2020

 

(Septiembre 04)

 

DE: Presidencia del Consejo Superior de la Judicatura

 

PARA: Magistrados de Altas Cortes, Magistrados de Tribunales, Magistrados de Consejos Seccionales de la Judicatura, Jueces de la República y Empleados judiciales.

 

ASUNTO: Actualización de las Cien Reglas de Brasilia sobre acceso a la justicia de personas en condición de vulnerabilidad

 

Las Reglas de Brasilia sobre acceso a la justicia de las personas en condición de vulnerabilidad fueron adoptadas por la XIV Cumbre Judicial Iberoamericana en marzo de 2008. Una de sus premisas fundantes sostiene que, el sistema judicial se debe configurar como un instrumento para la defensa efectiva de los derechos de las personas en condición de vulnerabilidad y contribuir así a la reducción de las desigualdades sociales, favoreciendo la cohesión social.

 

El Consejo Superior de la Judicatura, en su condición de órgano de gobierno y administración judicial, consciente de la relevancia del conocimiento e implementación de las Reglas de Brasilia, ha promovido la adopción de medidas para hacer efectivo su contenido en diferentes ámbitos de la administración de justicia, dentro de las cuales se destacan:

 

- La publicación de la serie documental 11 “100 Reglas de acceso a la justicia de las personas en condiciones de vulnerabilidad” en el Portal Web de la Rama Judicial y en la página de la Comisión Nacional de Género[1].

 

- La elaboración de guías pedagógicas sobre la situación de poblaciones vulnerables como afrocolombianos y comunidades raizales y palenqueras; personas en situación de discapacidad; población LGBTI; niñas, niños y adolescentes; y personas en situación de desplazamiento forzado[2].

 

- En el observatorio de la página de la Comisión de Género está disponible la “Guía de atención a las personas con discapacidad en el acceso a la justicia” del Ministerio de Justicia y el “Protocolo Iberoamericano de actuación judicial para mejorar el acceso a la justicia a personas con discapacidad” de la Cumbre Judicial, dispuestos además en el botón de transparencia y Acceso a la Información Pública como información de interés para la comunidad judicial[3].

 

- La adopción de la “Carta de Trato digno para los usuarios de despachos judiciales y dependencias administrativas de la Rama Judicial”, la cual consagra que las personas en situación de discapacidad, niños, niñas, adolescentes, mujeres gestantes, adultos mayores, minorías étnicas, con enfoque de género, recibirán atención especial y preferente. Este instrumento fue actualizado mediante el Acuerdo PCSJA18-10999[4].

 

- La incorporación de los contenidos y aspectos esenciales de las Reglas de Brasilia en los programas de formación a cargo de la Escuela Judicial “Rodrigo Lara Bonilla”, entre ellos: formación en derechos de la niñez y protección judicial; derechos humanos y Derecho Internacional Humanitario; formación intercultural y de derecho propio; justicia restaurativa; incorporación de la perspectiva de género en la administración de justicia.

 

Ahora bien, en el marco de la Asamblea Plenaria de la XIX edición de la Cumbre Judicial Iberoamericana, que tuvo lugar entre el 18 y el 20 de abril de 2018 en Quito (Ecuador), se aprobó la actualización de las “Cien Reglas de Brasilia sobre acceso a la justicia de personas en condición de vulnerabilidad”. El trabajo fue realizado por la Comisión de Seguimiento de las Reglas de Brasilia de la Cumbre Judicial, con el apoyo técnico del Programa “EUROSOCIAL+” de la Unión Europea y de la Fundación Internacional y para Iberoamérica de Administración y Políticas Públicas (FIIAPP), y constituye una adaptación de las Reglas a los avances de la normativa internacional, a los nuevos conceptos y acciones en el ámbito del acceso a la justicia.

 

La nueva versión se fundamenta en que las Reglas de Brasilia no se limitan a establecer bases de reflexión sobre los problemas del acceso a la justicia de las personas en condición de vulnerabilidad, sino que, también recogen recomendaciones para los órganos públicos y especialmente, para quienes prestan sus servicios en la administración de justicia. Esto significa que no solamente se refieren a la promoción de políticas públicas que garanticen el acceso a la justicia de estas personas, sino también al trabajo cotidiano de todos los servidores judiciales y de quienes intervienen de una u otra forma en el sistema judicial.

 

La actualización de los contenidos de las Reglas de Brasilia se constituye en una valiosa oportunidad para ratificar el compromiso del Consejo Superior de la Judicatura con la definición, promoción y fortalecimiento de políticas públicas que contribuyan al mejoramiento del acceso a la justicia de las personas en condición de vulnerabilidad. En ese sentido, continuará adoptando medidas que garanticen la incorporación de sus contenidos como ejes transversales de las políticas judiciales y, desarrollando estrategias que contribuyan a configurar actitudes positivas por parte de los servidores judiciales y los usuarios del servicio de justicia.

 

En consecuencia, se pone a disposición de la comunidad judicial el texto de la actualización de las “Cien Reglas de Brasilia sobre acceso a la justicia de personas en condición de vulnerabilidad”, así como la “Guía comentada de las Reglas de Brasilia” elaborados en el marco de la Cumbre Judicial Iberoamericana, que pueden ser consultados en: http://www.cumbrejudicial.org/comision-de-seguimiento-de-las-reglas-de-brasilia/documentos-comision-de-seguimiento-de-las-reglas-de-brasilia/item/886-texto-actualizado-delas-cien-reglas-de-brasilia y; http://www.cumbrejudicial.org/comision%20de-seguimiento-de-las-reglas-de-brasilia/documentos-comision-de-seguimiento-de%20las%20reglas-de-brasilia/item/887-guia-comentada-de-las-reglas

 

DIANA ALEXANDRA REMOLINA BOTÍA

 

MAGISTRADA ALTA CORPORACION

 

DESPACHO 5 - CONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA

 

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