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Acuerdo 5 de 1974 Concejo de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
04/12/1974
Fecha de Entrada en Vigencia:
09/12/1974
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

ACUERDO 5 DE 1974

(Diciembre 4)

"Por el cual se dictan disposiciones sobre condonación de un 60% en las multas por infracciones de tránsito"

EL CONCEJO DEL DISTRITO ESPECIAL DE BOGOTÁ,

ACUERDA:

Artículo 1°. Condónase por una sola vez un sesenta (60%) por ciento del valor de todas las multas causadas por concepto de infracciones de tránsito, a favor del Distrito Especial de Bogotá y a cargo de los conductores y propietarios de vehículos que sean canceladas antes del veintiocho (28) de febrero de mil novecientos setenta y cinco (1975)

Artículo 2°. El señor Alcalde Mayor de Bogotá, queda autorizado para hacer los traslados presupuestales que permitan destinar una partida para informar por la prensa a la ciudadanía sobre el presente Acuerdo.

Artículo 3°. Este Acuerdo rige desde la fecha de su sanción y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias.

Artículo 4°. Este Acuerdo rige a partir de la fecha de su promulgación.

Dado en Bogotá, D.E., a los cuatro (4) días del mes de Diciembre de mil novecientos setenta y cuatro (1974)

HUMBERTO VAALENCIA GARCIA, Presidente

– Álvaro Ayala M., Secretario

Alcaldía Mayor del Distrito Especial de Bogotá

Diciembre 9 de 1974

Publíquese y ejecútese

ALFONSO PALACIOS RUDAS, Alcalde Mayor.

Hipólito Hincapié, Secretario de Gobierno.

Yezid Castaño González, Secretario de Hacienda.

- Carlos Julio Gaitán González, Director del Departamento de Tránsito y Transportes.