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ACUERDO 5 DE 1974 (Diciembre 4) "Por el cual se dictan disposiciones sobre condonación de un 60% en las multas por infracciones de tránsito" EL CONCEJO DEL DISTRITO ESPECIAL DE BOGOTÁ, ACUERDA: Artículo 1°. Condónase por una sola vez un sesenta (60%) por ciento del valor de todas las multas causadas por concepto de infracciones de tránsito, a favor del Distrito Especial de Bogotá y a cargo de los conductores y propietarios de vehículos que sean canceladas antes del veintiocho (28) de febrero de mil novecientos setenta y cinco (1975)Artículo 2°. El señor Alcalde Mayor de Bogotá, queda autorizado para hacer los traslados presupuestales que permitan destinar una partida para informar por la prensa a la ciudadanía sobre el presente Acuerdo. Artículo 3°. Este Acuerdo rige desde la fecha de su sanción y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias. Artículo 4°. Este Acuerdo rige a partir de la fecha de su promulgación. Dado en Bogotá, D.E., a los cuatro (4) días del mes de Diciembre de mil novecientos setenta y cuatro (1974) HUMBERTO VAALENCIA GARCIA, Presidente – Álvaro Ayala M., Secretario Alcaldía Mayor del Distrito Especial de Bogotá Diciembre 9 de 1974 Publíquese y ejecútese ALFONSO PALACIOS RUDAS, Alcalde Mayor. Hipólito Hincapié, Secretario de Gobierno. Yezid Castaño González, Secretario de Hacienda. - Carlos Julio Gaitán González, Director del Departamento de Tránsito y Transportes. |