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RESOLUCIÓN 2876 DE 2021
(Septiembre 10)
Por la cual se adopta el Manual de Gestión Social de la Caja de la Vivienda Popular
EL DIRECTOR GENERAL DE LA CAJA DE LA VIVIENDA POPULAR
En ejercicio de sus facultades legales en especial las conferidas por el Acuerdo Distrital 257 de 2006, el artículo 17 del Acuerdo 003 de 2008 y el artículo 2° del Acuerdo 004 de 2008 emanados del Consejo Directivo de la CVP, y
CONSIDERANDO:
Que el Artículo 2º de la Constitución Política señala que: “Son fines esenciales del Estado: servir a la comunidad, promover la prosperidad general y garantizar la efectividad de los principios, derechos y deberes consagrados en la Constitución; facilitar la participación de todos en las decisiones que los afectan y en la vida económica, política, administrativa y cultural de la Nación…”
Que el Decreto Distrital 503 de 2011 “Por el cual se adopta la Política Pública de Participación Incidente para el Distrito Capital”, señala en su artículo primero: “Adoptase la Política Pública de Participación Incidente para el Distrito Capital, la cual será de obligatorio cumplimiento para los/as servidores/as públicos/as, entidades, dependencias e instancias de gobierno y de la administración pública del orden distrital y local.”
Que el artículo segundo del Decreto ibídem, define la participación ciudadana como: ”… el derecho al ejercicio pleno del poder de las personas que en condición de sujetos sociales y políticos, y de manera individual o colectiva transforman e inciden en la esfera pública en función del bien general y el cumplimiento de los derechos civiles. políticos, sociales, económicos, ambientales y culturales, mediante procesos de diálogo, deliberación y concertación entre actores sociales e institucionales, para materializar las políticas públicas, bajo los principios de dignidad humana, equidad, diversidad, incidencia. La participación se realizará sin discriminación por situación de discapacidad, ciclo vital, sexual, política. económica, étnica, cultural, o de cualquier otra índole.
La connotación ciudadana significa hacer efectivo el derecho a la participación para desarrollar y ejercer la capacidad de gestión, movilización, incidencia, control social en los procesos de planeación, implementación, evaluación de las políticas públicas y en la resolución de los problemas sociales, contribuyendo con eIlo afianzar lazos de identidad y sentido de pertenencia, para avanzar en el logro de una cultura democrática y la consolidación de una sociedad más justa basada en la construcción colectiva de lo público.
Que dichas normas y sus definiciones se convierten en la ruta orientadora del Manual de Gestión Social, el cual se convierte en una herramienta de intervención urbana y de gestión de procesos sociales cuyo propósito se enmarca en el mejoramiento integral del hábitat construido en los sectores de la ciudad donde los procesos de urbanización son de origen informal y de autoconstrucciones.
Que los programas misionales de Urbanizaciones y Titulación de Predios, Mejoramiento de Vivienda, Mejoramiento de Barrios y Reasentamientos Humanos de la CVP, están orientados a promover el desarrollo urbano sostenible para elevar la calidad de vida de la población de estratos 1 y 2 que habita en barrios de origen informal o en zonas de alto riesgo, buscando incrementar el bienestar de sus habitantes.
Que el Manual de Gestión Social implementa, una ruta de acompañamiento social a los hogares que beneficia a través de sus programas misionales mediante tres fases: Fase I Vinculación, Fase II Acompañamiento o Permanencia y Fase III Salida o Resiliencia y Sostenibilidad; encaminados a formar apropiación de la trasformación física del territorio sobre las bases de la participación, empoderamiento, liderazgo y autogestión de la comunidad.
Que el actual Plan Distrital de Desarrollo 2020 – 2024 “Un nuevo contrato Social y Ambiental para la Bogotá del Siglo XXI”, adoptado mediante Acuerdo No. 761 de 2020, propone trabajar sobre la inclusión social y productiva de las comunidades más vulnerables de la ciudad a través de estrategias que, en materia de derechos, transformen la pobreza multidimensional y monetaria, la informalidad, la pobreza oculta, las poblaciones en riesgo de vulnerabilidad y/o empobrecimiento y la feminización de la pobreza, entre otras (art. 1° – Acuerdo No. 761/2020).
Que en mérito de lo anterior,
RESUELVE:
Artículo 1. ADOPCIÓN. Adoptar el Manual de Gestión Social para la Caja de la Vivienda Popular como un instrumento que busca facilitar respuestas a las realidades sociales de las comunidades habitantes en los territorios en donde la CVP ejecuta las políticas de la Secretaría Distrital del Hábitat, con los programas misionales de Urbanizaciones y Titulación de Predios, Mejoramiento de Vivienda, Mejoramiento de Barrios y Reasentamientos Humanos.
Artículo 2. IMPLEMENTACIÓN. Ordenar a las Direcciones de Urbanizaciones y Titulación, Mejoramiento de Vivienda, Mejoramiento de Barrios y Reasentamientos Humanos la implementación del Manual de Gestión Social, adoptado mediante el presente acto administrativo. Para ello, deberán incluir y/o modificar los procesos y procedimientos que permitan, tanto la ejecución de las fases descritas en el mismo; así como las estrategias y actividades que las conforman.
Parágrafo. Las áreas pertenecientes a los procesos estratégicos y de apoyo a la gestión de la Caja de la Vivienda Popular, deberán brindar el soporte administrativo requerido por las áreas misionales que facilite la implementación del Manual de Gestión Social en todas sus fases.
Artículo 3. DIVULGACIÓN Y SOCIALIZACIÓN. – Las áreas misionales, en el marco de sus competencias, serán las responsables de la divulgación y socialización del Manual de Gestión Social de la Caja de la Vivienda Popular, en coordinación con la Ofician Asesora de Comunicaciones y demás dependencias de la Entidad.
Parágrafo: El Manual de Gestión Social será publicado en la página WEB y en la intranet de la Entidad.
Artículo 4. VIGENCIA. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE,
Dada en Bogotá D.C, a los 10 días del mes de septiembre del año 2021.
JUAN CARLOS LÓPEZ LÓPEZ
Director General |