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RESOLUCIÓN 165 DE 2021
(Septiembre 16)
Por medio de la cual se actualiza la Política de Tratamiento de la Información y Protección de Datos Personales de la Fundación Gilberto Alzate Avendaño
LA DIRECTORA GENERAL DE LA FUNDACIÓN GILBERTO ALZATE AVENDAÑO
En uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por el Acuerdo No. 004 del once (11) de octubre de 2017 y CONSIDERANDO:
Que la Fundación Gilberto Alzate Avendaño es un establecimiento público del orden Distrital, adscrito al sector Cultura, Recreación y Deporte, cuyo objeto principal es la adopción, integración coordinación y financiación de programas dirigidos al fomento y desarrollo de la cultura, en cumplimiento de las funciones legales asignadas a su cargo deberá enmarcar su gestión misional e institucional bajo los principios de la Función Administrativa, consagrados en el artículo 209 de la Constitución Política de 1991 y en particular en los postulados de transparencia, eficacia, celeridad, moralidad, imparcialidad, publicidad y economía.
Teniendo en cuenta que en desarrollo de la misión institucional y la gestión administrativa, la entidad recoge datos personales de funcionarios, contratistas, ciudadanos nacionales y extranjeros, por distintos medios, ya sea físicos o electrónicos, tiene esta la obligación de garantizar el derecho constitucional a al intimidad de todos estos, derecho consagrado en el artículo 15 de la Carta Política. No obstante ello, la Fundación debe igualmente garantizar la libertad y el derecho a la información establecido en el artículo 20 de la misma norma.
Este equilibrio entre la protección de la información y el derecho a informarla se encuentra en la adaptación de las normas, procesos, procedimientos, herramientas y mecanismos tendientes a lograr un tratamiento de la información adecuado que cumpla con todos los estándares en cumplimiento de las garantías constitucionales y legales para quienes depositaron sus datos en custodia de la entidad.
Con ocasión de lo anteriormente señalado, la Fundación Gilberto Alzate Avendaño mediante Resolución 024 del 30 de enero de 2019, adoptó la Política de Tratamiento de la Información y Protección de Datos Personales, la cual fue actualizada mediante documento GT-PO-02 versión
1.Para la vigencia 2021 y considerando la mejora en los procesos y procedimientos por parte de la entidad, se determinó realizar un ajuste y actualización a la Política de Tratamiento de la Información y Protección de Datos Personales, la cual fue aprobada mediante reunión de Comité Directivo de la entidad de fecha 26 de agosto de 2021.
En este sentido y dando cumplimiento a los postulados normativos vigentes sobre la protección de la información y el tratamiento de datos personales establecidos en la Ley Estatutaria 1581 de 2012 y demás normas reglamentarias, se hace necesario adoptar la presente política con la cual la entidad actualiza y da un mayor y más claro alcance al derecho que tiene toda persona de conocer, actualizar y ratificar la información que la Fundación haya recogido sobre ellas en bases de datos o archivos pertenecientes a la Entidad.
En mérito de lo anteriormente expuesto, la Directora General de la Fundación Gilberto Alzate Avendaño, RESUELVE:
Artículo 1. OBJETO: Adoptar la Política de Tratamiento de la información y Protección de datos Personales de la Fundación Gilberto Alzate Avendaño documento codificado GT-PO-02, en cumplimiento de la Ley Estatutaria 1581 de 2021 y demás normas que la reglamenten, modifiquen o deroguen.
Parágrafo 1. Para efectos de la presente Resolución, se entiende que el contenido de la Política de Tratamiento de la Información y Protección de datos Personales de la Fundación Gilberto Alzate Avendaño consta en el documento codificado GT-PO-02, anexo a la misma, el cual forma parte integral de la presente Resolución.
Parágrafo 2. La Política de Tratamiento de la Información y Protección de Datos Personales actualizada podrá ser consultada en el siguiente link: https://fuga. gov.co/sites/default/files/politica_de_tratamiento_de_ datos_personales_fuga_v2. pdf
Artículo 2. ÁMBITO DE APLICACIÓN. La actualización a la Política de Tratamiento de la Información y Protección de Datos Personales se aplicará a todos los datos personales que la Fundación Gilberto Alzate Avendaño recoja o haya recogido con ocasión del desarrollo de la gestión misional y administrativa de la entidad.
Artículo 3. PRINCIPIOS. La presente actualización se da en cumplimiento de los principios establecidos en el Título II de la Ley 1581 de 2012, en particular los principios de legalidad, finalidad, libertad, veracidad, transparencia, acceso y circulación restringida, seguridad y confidencialidad.
Artículo 4. El (la) al Subdirector (a) de la Subdirección de Gestión Corporativa de esta Fundación, deberá adelantar los tramites de publicación del presente acto administrativo en la gaceta distrital en los términos del artículo 65 de la Ley 1437 de 2011 y en la página web de la entidad.
Artículo 4 (sic). VIGENCIA. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición y deroga las disposiciones que le sean contrarias, especialmente aquellas contenidas en la Resolución 024 del 30 de enero de 2019.
COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá, D.C., a los 16 días del mes de septiembre del año 2021.
MARGARITA DÍAZ CASAS
Directora General Nota: Ver Anexo. |