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ACUERDO 007 DE 2021
(Septiembre 28)
Por el cual se aprueba un traslado en el presupuesto de inversión del Instituto Distrital de Turismo para la vigencia fiscal 2021
LA JUNTA DIRECTIVA DEL INSTITUTO DISTRITAL DE TURISMO
En uso de sus facultades legales y en especial las que le confiere el literal b del artículo 4 del Acuerdo No. 275 del 27 de febrero de 2007 del Concejo de Bogotá, el artículo 63 del Decreto Distrital 714 de 1996, el artículo 10 del Decreto Distrital 192 del 2021 y los Estatutos del Instituto Distrital de Turismo, y
CONSIDERANDO:
Que el Instituto Distrital de Turismo es un establecimiento público del orden distrital, con personería jurídica, autonomía administrativa y financiera, y patrimonio propio, adscrito a la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico.
Que de conformidad con el literal b del Artículo 4 del Acuerdo Distrital 275 de 2007 del Concejo de Bogotá es función de la Junta Directiva del Instituto Distrital de Turismo “Aprobar los planes, programas, proyectos y presupuesto del Instituto, así como las modificaciones que se hagan a los mismos, de acuerdo con las disposiciones distritales vigentes sobre el tema y que sean de su competencia de acuerdo con su reglamento”. Que el Manual Operativo Presupuestal del Distrito Capital (Resolución SDH 191 del 22 de septiembre de 2017), establece que, de conformidad con el Estatuto Orgánico de Presupuesto de Bogotá, las modificaciones presupuestales a los gastos de inversión de los Establecimientos Públicos del Distrito se harán por Resolución o Acuerdo de las Juntas o Consejos Directivos y requieren para su validez concepto previo favorable de la Secretaría Distrital de Planeación y de la Dirección Distrital de Presupuesto de la Secretaría Distrital de Hacienda. Que, de acuerdo con la comunicación emitida por la Secretaría Distrital de Hacienda, con radicado Nro.2021EE164482O1 del 03/09/2021, se informó que: “en el marco del Acuerdo 816 de 2021 aprobado por el Concejo de Bogotá y liquidado mediante Decreto Distrital 323 de 2021[1], al Instituto Distrital de Turismo no se le aceptó la solicitud de reducción presupuestal de inversión por valor de $1.973.850.000, sino por el contrario una recomposición de estos recursos en su presupuesto. Por consiguiente, la entidad debe presentar ante la Dirección Distrital de Presupuesto una solicitud de traslado presupuestal con los requisitos establecidos en el Manual Operativo Presupuestal. Por tanto, considerando las proposiciones presentadas por los Concejales durante la aprobación del Acuerdo citado, la entidad deberá redireccionar la ejecución de estos recursos a la reactivación económica, según la siguiente distribución y utilización: i) $973.850.000 proyecto de inversión “7908 Administración del Fondo de Desarrollo Turístico de Bogotá – Fondetur”: para el desarrollo de programas dirigidos a los empresarios del turismo, comunidades y otros actores del sector, que permitan reactivar sus empresas, recuperar empleos y mejorar sus condiciones de competitividad, a través de estímulos e incentivos y fomento de la actividad turística. ii) $1.000.000.000, proyecto de inversión “7706 Implementación de estrategias de mercadeo y promoción para el sector turístico de la ciudad de Bogotá”: que permita ejecutar herramientas y actividades para atraer visitantes y turistas, fortalecer el tejido empresarial, promover el consumo interno e impulsar la imagen ciudad con el fin de generar ingresos a la cadena de valor.”
Que, atendiendo las proposiciones del Concejo de Bogotá, en el marco del proyecto de inversión 7908 “Administración del Fondo de Desarrollo Turístico de Bogotá - Fondetur”, se destinarán $973.850.000 para desarrollar programas dirigidos a los empresarios del turismo, comunidades y otros actores del sector, que permitan reactivar sus empresas, recuperar empleos y mejorar sus condiciones de competitividad, a través de estímulos e incentivos y fomento de la actividad turística. Para ello se hará una nueva convocatoria orientada a incentivar el desarrollo de actividades y ofertas turísticas para las próximas temporadas que se avecinan en Bogotá: Navidad, Fin de Año y Semana Santa.
Que, como parte de la estrategia de reactivación económica y atendiendo lo propuesto por el Concejo de Bogotá, se destinarán $1.000.000.000 para trabajar acciones innovadoras y de alto impacto, enfocadas a impulsar la imagen de la ciudad y atraer más visitantes y turistas que promuevan el consumo interno generando ingresos para fortalecer el sector turístico, en el marco del proyecto de inversión 7706 “Implementación de estrategias de mercadeo y promoción para el sector turístico de la ciudad de Bogotá". Que, para la puesta en marcha de la mencionada estrategia de reactivación económica, se requiere realizar un traslado presupuestal, contracreditando mil novecientos setenta y tres millones ochocientos cincuenta mil pesos m/cte ($1.973.850.000) del proyecto de inversión 7705 “Fortalecimiento del sistema turístico de Bogotá Región para responder a las principales tendencias, oportunidades y cambios que inciden en el sector, en Bogotá”, para acreditar novecientos setenta y tres millones ochocientos cincuenta mil pesos m/cte ($973.850.000) al proyecto de inversión 7908 “Administración del Fondo de Desarrollo Turístico de Bogotá – Fondetur-Bogotá” y mil millones de pesos m/cte. ($1.000.000.000) al proyecto de inversión 7706 “Implementación de estrategias de mercadeo y promoción para el sector turístico de la ciudad de Bogotá”. Que los recursos objeto de contracrédito al proyecto 7705 son parte de la apropiación inicial de 6.500 millones de pesos aprobados del cupo de crédito al IDT para la vigencia 2021, destinados para realizar intervenciones en infraestructura turística, sobre las cuales se ha identificado cerca de 15 actividades que demandan articulación con diferentes entidades para lograr una gestión integral y con impacto en el turismo de la ciudad, sin embargo, considerando que 4 actividades requieren articulación interinstitucional con entidades del orden distrital y nacional que demandan más tiempo, se posterga su gestión sin afectar la meta prevista para el 2021, disponiendo los recursos asociados para que pueden ser utilizados en atender la emergencia económica que enfrenta la ciudad de Bogotá. Que, para efectuar el traslado presupuestal, el Instituto Distrital de Turismo solicitó los conceptos previos a la Secretaría Distrital de Planeación y la Secretaría Distrital de Hacienda, de acuerdo con los procedimientos establecidos en el Manual Operativo Presupuestal del Distrito Capital. Que teniendo en cuenta lo establecido en el artículo 10 del Decreto Distrital 192 del 2021 y en el marco del Plan de Desarrollo vigente para el periodo 2020-2024, la Secretaría Distrital de Planeación emitió concepto favorable mediante radicado 2-2021-79459 del 15 de septiembre de 2021, para efectuar un traslado en el presupuesto de inversión con la siguiente distribución:
Que teniendo en cuenta lo establecido en el artículo 10 del Decreto Distrital 192 de 2021, la Dirección Distrital de Presupuesto de la Secretaría Distrital de Hacienda emitió concepto favorable para efectuar un traslado en el presupuesto de inversión, con 3 números radicados: 2021EE198576O1, 2021EE198577O1 y 2021EE198577O1 del 24 de septiembre de 2021, debido a que el traslado lo conforman tres posiciones presupuestales: 4000021668, 4000021680 y 4000021681. La siguiente es distribución de los contracréditos y créditos según las posiciones presupuestales:
1. Concepto favorable 2021EE198576O1:
2. Concepto favorable 2021EE198577O1:
3. Concepto favorable 2021EE198578O1:
Que de conformidad con lo expuesto y dando cumplimiento a las normas presupuestales vigentes, se requiere aprobación de la modificación por parte de la Junta Directiva, con base en los dos conceptos emitidos por las Secretarías Distritales de Planeación y Hacienda, con el fin de ejecutar los recursos programados para adelantar acciones orientadas a la reactivación económica, atendiendo lo propuesto por el Concejo de Bogotá.Que la Junta Directiva del Instituto Distrital de Turismo, en sesión realizada el 28 de septiembre de 2021, con hora de apertura 11:00 a.m. y cierre a las 03:45 p.m. del 29 de septiembre de 2021, revisó y aprobó la modificación presupuestal presentada por el Instituto Distrital de Turismo, las cuales tienen fundamento en las anteriores consideraciones.
Que durante el tiempo de sesión virtual no se recibieron comentarios ni observaciones por parte de los miembros de la Junta Directiva, frente a la programación de los recursos objeto del traslado, que serán invertidos en la vigencia 2021 para el cumplimiento de las metas propuestas en los proyectos de inversión 7908 “Administración del Fondo de Desarrollo Turístico de Bogotá - Fondetur Bogotá” y 7706 “Implementación de estrategias de mercadeo y promoción para el sector turístico de la ciudad de Bogotá”.
Que en mérito de lo expuesto,
ACUERDA:
ARTÍCULO PRIMERO. Aprobar un traslado en el presupuesto de gastos de inversión del Instituto Distrital de Turismo, por valor de MIL NOVECIENTOS SETENTA Y TRES MILLONES OCHOCIENTOS CINCUENTA MIL PESOS M/CTE ($1.973.850.000), realizando los siguientes créditos y contracrédito:
ARTÍCULO SEGUNDO. De conformidad con lo dispuesto en la Resolución SDH-000191 del 22 de septiembre de 2017, el Instituto Distrital de Turismo deberá enviar copia del presente acto administrativo debidamente perfeccionado para su incorporación en el sistema de presupuesto distrital.
ARTÍCULO TERCERO. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición. PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá D. C., a los 28 días del mes de septiembre del año 2021.MARÍA CAROLINA DURÁN
Secretaria de Desarrollo Económico
Presidente Junta Directiva
KAROL FAJARDO MARIÑO
Directora General Instituto Distrital de Turismo
Secretaria Técnica Junta Directiva NOTA DE PIE DE PÁGINA:
[1] Por el cual se liquida el Acuerdo Distrital 816 de 2021 del 25 de agosto de 2021 “Por el cual se efectúan unas modificaciones en materia hacendaria para el Rescate Social y Económico, se garantiza la operación del Sistema de Transporte Público, y se dictan otras disposiciones”
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