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CIRCULAR 014 DE 2021
(Octubre 01)
PARA: Servidores públicos, contratistas y colaboradores del Instituto Distrital de Turismo- IDT
DE: Dirección General
ASUNTO: Instrucciones para el regreso seguro, escalonado y responsable a las actividades presenciales en la sede administrativa.
Estimados servidores, contratistas y colaboradores:
En consideración a lo dispuesto en la Circular Conjunta No. 10 del 11 de junio de 2021 emitida por la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C. y el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital – DASCD en la que se orienta acerca del regreso seguro, escalonado y responsable a las actividades en forma presencial en sedes administrativas, y con fundamento en los lineamientos emitidos por el Gobierno Nacional a través de la Resolución 777 de 2021 expedida por el Ministerio de Salud, en esta Circular se imparten las siguientes instrucciones con el fin de proteger la salud de cada uno, de nuestros compañeros y familias:
a. Bioseguridad
De conformidad con la Resolución 777 de 2021 del Ministerio de Salud, la Subdirección de Gestión Corporativa y Control Disciplinario actualizará y socializará los protocolos de Bioseguridad institucional con medidas que propenden el cuidado de sí mismo, para lo cual se debe tener en cuenta:
- Determine con claridad las medidas de cuidado que requiere implementar para prevenir su contagio o el de otros, teniendo en cuenta aquellas que han demostrado ser eficientes desde la evidencia científica (Lavado e higiene de manos, el uso adecuado del tapabocas cubriendo nariz y boca, ventilación del lugar, distanciamiento físico mínimo 1 (uno) metro y proceso de limpieza y desinfección).
- Revisar sus prácticas de cuidado en la actualidad, identificando las situaciones, circunstancias, pensamientos y/o emociones que facilitan o dificultan estas prácticas.
- Adoptar medidas de cuidado que puedan garantizar su protección, garantizando las particularidades de su entorno y de sus condiciones de vida. A partir de ello, seleccione y utilice la opción más viable, priorizando su protección y la de otros.
- Comparar y reflexionar sobre sus experiencias y prácticas a la luz de las recomendaciones sanitarias y si es necesario tome decisiones ante las nuevas situaciones.
- Evaluar los beneficios para sí mismo y para los demás de sus decisiones, en términos del logro de la protección necesaria para prevenir el contagio, la tranquilidad que le produce estas decisiones y la coherencia de esta con las recomendaciones de protección de bioseguridad.
- Tener presente y extremar medidas de cuidado en el caso que alguno de los miembros de la familia presente alguna comorbilidad asociada a mayor riesgo de enfermedad grave por Covid-19.
- Si usted identifica situaciones de riesgo para la transmisión del virus por COVID-19 o aglomeraciones, extreme las medidas de bioseguridad y evite el contacto con las demás personas. Así mismo generar autocuidado:
- Dar cumplimiento a las medidas de cuidado personal.
- Realizar el frecuente lavado y desinfección de manos, cada tres horas y por un lapso mínimo de 20 a 30 segundos.
- Guardar el distanciamiento físico mínimo de un (1) metro.
- Mantener la ventilación constante, con puertas y ventanas abiertas.
- Evitar contacto físico, no dar la mano, besos, ni abrazos.
- Aplicar siempre la etiqueta de la tos (cubrir con el codo la nariz y la boca).
- Hacer uso correcto del tapabocas en todo momento y durante la permanencia en la entidad. “El uso de tapabocas que cubra nariz y boca será de uso obligatorio para todas las personas cuando estén fuera de su domicilio, independientemente de la actividad o labor que desempeñen, esto incluye los espacios cerrados como oficinas, establecimientos de comercio y vehículos de transporte público.
La no utilización del tapabocas podrá dar lugar a la imposición de medidas correctivas establecidas en el Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana, así como las demás sanciones a que haya lugar (…)” Artículo 2. Medidas de Bioseguridad Decreto 277/2021.
Es responsabilidad de los servidores, colaboradores y contratistas velar por el adecuado cumplimiento de cada una de las indicaciones señaladas para el control, prevención y mitigación del riesgo, estos controles serán direccionados y supervisados desde cada una de las áreas de trabajo, asegurando el cumplimiento de las medidas adoptadas y aquellas que se establezcan de manera particular en los diferentes lugares donde se preste el servicio
b. Aforo
En consideración a lo dispuesto en la Resolución 777 de 2021 del Ministerio de Salud, el aforo permitido estará determinado por la posibilidad de conservar en cada espacio de la entidad un distanciamiento físico de mínimo un (1) metro entre las personas que se encuentren en determinado lugar.
Cada Jefe de dependencia informará a la Subdirección de Gestión Corporativa y Control Disciplinario el retorno escalonado, responsable y seguro, estableciendo la frecuencia de asistencia de sus colaboradores a la sede administrativa.
c. Vacunación
Se recomienda a los servidores públicos y contratistas que atiendan voluntariamente el llamado a la vacunación, sin descuidar las medidas de autoprotección y de bioseguridad para prevenir el contagio causado por la COVID - 19.
Así mismo se indica que, si bien el proceso de vacunación tiene el carácter de voluntario, la importancia de la inoculación radica en que quienes ya han sido vacunados forman anticuerpos contra la COVID – 19, facilitando con ello el retorno a las actividades de manera segura, escalonada y responsable.
El no optar por la vacunación voluntaria contra la COVID-19, no exime a los servidores del retorno a las actividades presenciales. Este no será un motivo que justifique la no presencialidad.
La inoculación de los servidores y contratistas a través de la vacunación, no los exime del acatamiento de las medidas de autoprotección al interior de las sedes de la entidad, ni del cumplimiento de los protocolos de bioseguridad definidos por el Instituto.
Finalmente, el IDT garantizará el aislamiento preventivo y trabajo en casa a los servidores y contratistas con sospecha por contagio por COVID-19 hasta que la persona sea evaluada como no contagiada o recuperada, según la normatividad del Ministerio de Salud y Protección Social. Para dar cumplimiento a lo anterior, cada servidor o contratista deberá reportar a su jefe inmediato la sospecha de contagio y coordinar con él la prestación de servicio mediante trabajo en casa.
d. Fomento de Medios Alternativos de Transporte
Se continúa fomentando las medidas contenidas en la Circular No. 004 del 29 de abril de 2021 numeral 5.12 donde se promueve el uso de medios alternativos de transporte y se orienta a los servidores y colaboradores a la opción de uso de la bicicleta y otros medios evitando así la exposición en las aglomeraciones, lo anterior portando siempre los respectivos elementos de protección personal.
e. Notificación a la ARL sobre los casos sospechosos y confirmados
Aunque una persona sea portadora del virus, el contagio no empieza hasta que se presentan síntomas.
Por este motivo, se recomienda:
- El trabajador que presente síntomas asociados al COVID-19 deberá comunicarlos a su jefe inmediato y a al referente de seguridad y salud en el trabajo a través del canal de comunicaciones establecido para tal fin, correo electrónico (estadosalud_idt@idt.gov.co).
- El empleador informa inmediatamente a la autoridad de salud competente (Secretaria de Salud Subred Norte a través del correo electrónico (emergenciaschapinero@gmail.com), y a la EPS que está afiliada la persona, la existencia de síntomas relacionados a la enfermedad. Serán estas entidades las que determinan si el trabajador ha de ser trasladado a su casa para ser aislado de forma preventiva, o si ha de ser trasladado de forma inmediata a un centro médico. Se debe presentar certificado de aislamiento preventivo expedido por la EPS correspondiente al empleador.
- De forma conjunta con el trabajador, se deberá elaborar una lista en la que, de forma clara y precisa se identifiquen las personas con las que el caso positivo para COVID-19 ha tenido contacto estrecho en los últimos 10 días. Dicha lista será remitida a la Secretaria de Salud correspondiente para que respecto a ellas se haga el seguimiento respectivo.
- Se notifica a la Administradora de Riesgos Laborales (ARL POSITIVA) los casos sospechosos de contagio, en especial respecto aquellas personas que hayan sido confirmadas como portadoras del COVID-19.
- Aquellos trabajadores que sean confirmados como portadores del COVID-19, deberán informar a la Secretaria de Salud correspondiente que iniciara su fase de aislamiento preventivo por 14 días, en su lugar de permanencia (casa, hotel, etc.)
- Los trabajadores deben notificar a su respectiva EAPB Entidades Administradoras de Planes de Beneficios de Salud su diagnóstico.
f. Manejo de residuos
Se insta a continuar con el adecuado manejo de residuos generados, en especial aquellos relacionados con tapabocas y guantes. La Entidad cuenta con un único punto de recolección al ingreso de la Entidad para su disposición temporal.
Cordialmente,
EDWIN OSWALDO PEÑA ROA
Subdirector de Gestión Corporativa y C.D. |