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Resolución 231 de 2021 Instituto Distrital de Turismo - IDT

Fecha de Expedición:
29/10/2021
Fecha de Entrada en Vigencia:
29/10/2021
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 7289 del 17 de noviembre de 2021.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 231 DE 2021

 

(Octubre 29)

 

Por la cual se designa el Defensor de la Ciudadanía en el Instituto Distrital de Turismo IDT

 

LA DIRECTORA GENERAL DEL INSTITUTO DISTRITAL DE TURISMO

 

En ejercicio de sus facultades Legales y en especial las que le confiere el literal e, artículo 5° del Acuerdo Nro. 275 de 2007 del Concejo de Bogotá, D.C., y el artículo 13 del Decreto Distrital 847 de 2019 y,

 

CONSIDERANDO:

 

Que mediante el Decreto Distrital 847 de 2019, el Alcalde Mayor en virtud de las funciones contenidas en el numeral 3 del artículo 38 y el artículo 39 del Decreto Ley 1421 de 1993, establece y unifica lineamientos en materia de servicio a la ciudadanía y de implementación de la Política Pública Distrital de Servicio a la Ciudadanía, actualizando algunas definiciones relacionadas con el servicio a la ciudadanía y fortaleciendo la figura del Defensor de la Ciudadanía en las entidades y organismos del Distrito Capital.

 

Que el artículo 13 de la precitada norma dispone que en todas las entidades y organismos del Distrito se deberá implementar la figura del Defensor de la Ciudadanía, a través de la designación de un servidor público del más alto nivel dentro de la estructura jerárquica de la entidad perteneciente a un área misional o estratégica, realizada por el representante legal. Se entenderá servidor público del más alto nivel aquel que ocupe un cargo directivo o asesor:

 

“Artículo 13. Defensor de la Ciudadanía: En todas las entidades y organismos del Distrito se deberá implementar la figura del Defensor de la Ciudadanía, a través de la designación de un servidor público del más alto nivel dentro de la estructura jerárquica de la entidad perteneciente a un área misional o estratégica, realizada por el representante legal.

 

Parágrafo 1. Se entenderá servidor público del más alto nivel aquel que ocupe un cargo directivo o asesor.

 

Parágrafo 2. Las entidades y organismos del Distrito que registren un volumen significativo de requerimientos, que implique la intervención del Defensor, podrán conformar mediante acto interno del jefe del organismo, un Grupo Interno de Trabajo que lidere la estrategia del Defensor de la Ciudadanía, el cual deberá estar adscrito a una de las dependencias del segundo nivel jerárquico de la organización, coordinado por el funcionario de nivel Directivo de dicha dependencia.

 

Parágrafo 3. El representante legal definirá los lineamientos al interior de cada entidad y organismo del Distrito, con el fin de garantizar la implementación de la figura de Defensor de la Ciudadanía en materia presupuestal, técnica, de talento humano, entre otras. Adicionalmente, hará seguimiento a través del consejo directivo o la instancia que considere pertinente para la verificación de las obligaciones asignadas”.

 

Que se requiere que exista plena autonomía e independencia en el cumplimiento de las funciones de Defensor de la Ciudadanía, porque el responsable de atención al ciudadano en el Instituto es el Subdirector de Gestión Corporativa y Control Interno Disciplinario y a su vez el Defensor, cumpliendo de esta forma un doble rol, por lo anterior, se hace necesario reasignar la delegación establecida por Resolución No. No. 065 de 2016.

 

Que en la planta de personal del Instituto Distrital de Turismo IDT, existe el empleo de Asesor Código 105 Grado 02 perteneciente al Nivel Asesor adscrito al Despacho, al cual se le pueden delegar las funciones de Defensor de la Ciudadanía.

 

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

 

Artículo 1°-. DESIGNACIÓN. Designar como Defensora de la Ciudadanía del Instituto Distrital de Turismo IDT a la Asesora del Despacho Código 105 Grado 02, que ejerce funciones de Comunicaciones al interior de la entidad.

 

Artículo 2°-. FUNCIONES. Las funciones de la Defensora de la Ciudadanía del Instituto Distrital de Turismo IDT, serán las establecidas en el artículo 14 del Decreto Distrital 847 de 2019 o la norma que la modifique, adicione o sustituya, así como, los lineamientos impartidos para el cumplimiento de las funciones en el Manual Operativo del Defensor elaborado por la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá.

 

Artículo 3º. – COMUNÍQUESE la presente Resolución a la Asesora del Despacho Código 105 Grado 02, Angela María Pinzón, designada como Defensora de la Ciudadanía de la Entidad y a la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D. C.

 

Artículo 4º. – La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición y deroga las normas que le sean contrarias, en especial la Resolución No.065 del 26 de abril de 2016.

 

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dada en Bogotá D. C., a los 29 días del mes octubre del año 2021.

 

KAROL FAJARDO MARIÑO


Directora General