| Cargando el Contenido del Documento | |
| Por favor espere... |
|
RESOLUCIÓN 575 DE 2021
(Noviembre 05)
Por la cual se fijan las tarifas de los exámenes de Estado que realiza el Icfes para la vigencia 2022
La Directora General del Instituto Colombiano para la Evaluación de la Educación (Icfes),
En ejercicio de sus atribuciones legales y en especial las conferidas en la Ley 1324 de 2009 y en el numeral 9 del Artículo 9° del Decreto 5014 de 2009, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley 1324 de 2009 establece en su artículo 7º que los exámenes de Estado son los que (i) evalúan oficialmente la educación formal impartida a quienes terminan el nivel de educación media o quienes deseen acreditar los conocimientos y competencias de ese nivel (Saber 11); y (ii) evalúan oficialmente la culminación de los programas de pregrado de las instituciones de educación superior (Saber Pro y TyT). Estos exámenes, de conformidad con el artículo 12 de la misma Ley, son aplicados por el Icfes.
Que la Ley 635 de 2000 establece en su artículo 1º que el Icfes podrá definir y recaudar las tarifas correspondientes a los costos de los servicios prestados, y el artículo 3º señala que “la base para la liquidación de las tarifas será el costo de los servicios definidos (…)”.
Que el Decreto 5014 de 2009 establece en el artículo 6º numeral 5 que la Junta Directiva del Icfes tiene la función de fijar las tarifas para la aplicación de los exámenes de Estado en cada anualidad.
Que la Junta Directiva del Icfes, en sesión del 4 de noviembre de 2021, aprobó y fijó las tarifas para la aplicación de los exámenes de Estado Saber 11, Validación del Bachillerato, Saber Pro y Saber T y T de la vigencia 2022.
Que la Ley 1955 de 2019 señaló en su artículo 49 que “todos los cobros, sanciones, multas, tasas, tarifas y estampillas, actualmente denominados y establecidos con base en el salario mínimo mensual legal vigente (SMMLV), deberán ser calculados con base en su equivalencia en términos de la Unidad de Valor Tributario (UVT). (…)”.
Que al momento de expedir la presente resolución la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), no ha fijado oficialmente el valor de la UVT para el año 2022, razón por la cual los valores de las tarifas serán expresados en las UVT del año 2021; sin perjuicio de que sean actualizadas eventualmente.
Que, en mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
Artículo 1°. Fijar las tarifas del examen de Estado de la Educación Media, del Examen de Estado de Calidad de la Educación Superior, y de las pruebas Pre Saber 11 y de validación para la vigencia 2022, por usuario, así:
1. TARIFAS EXAMEN DE ESTADO DE LA EDUCACIÓN MEDIA SABER 11
2. TARIFAS EXAMEN DE ESTADO DE LA EDUCACIÓN SUPERIOR: SABER PRO y SABER TyT
3. TARIFAS PRUEBAS PRESABER Y VALIDACIÓN
4. TARIFAS EXÁMENES EXTEMPORÁNEOS
Parágrafo. Las fechas de aplicación
de los exámenes extemporáneos, cuando así proceda, serán definidas y publicadas
por el Icfes mediante acto administrativo. Artículo 2°. La presente resolución
rige a partir de la fecha de su expedición y deroga cualquier resolución que le
sea contraria.
Dada en la ciudad de Bogotá, D.C., a los 05 días del mes de noviembre del año 2021.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
La Directora General
Mónica Ospina Londoño |
|||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||