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Decreto Local 018 de 2021 Alcaldía Local de Antonio Nariño

Fecha de Expedición:
08/11/2021
Fecha de Entrada en Vigencia:
08/11/2021
Medio de Publicación:
Registro distrital No. 7296 del 25 de noviembre de 2021.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO LOCAL 018 DE 2021

 

(Noviembre 08)

 

Por medio del cual se efectúa un Traslado Presupuestal en el Presupuesto de Gastos de Funcionamiento del Fondo de Desarrollo Local de Antonio Nariño para la vigencia fiscal 2021

 

LA ALCALDESA LOCAL DE ANTONIO NARIÑO

 

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las conferidas en el artículo 31 del Decreto Distrital 372 de 2010, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que, el Decreto No. 372 de 2010 del 30 de agosto de 2010, “Por el cual se reglamenta el proceso presupuestal de los Fondos de Desarrollo Local F.D.L.” en su artículo 31, establece las Modificaciones Presupuestales e indica que “Los traslados presupuestales dentro del mismo agregado se hará mediante Decreto expedido por el Alcalde Local. Estos actos administrativos requerirán para su validez del concepto previo favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto”.

 

Que, el Decreto No. 192 de 2021 del 02 de junio de 2021, “Por medio del cual se reglamenta el Estatuto Orgánico del Presupuesto Distrital y se dictan otras disposiciones” en su artículo 10, establece las Modificaciones al anexo del decreto de liquidación e indica que “Las modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación de los órganos y entidades que hacen parte del presupuesto anual, incluidos los organismos de control, y los Fondos de Desarrollo Local que no modifiquen en cada sección presupuestal el monto agregado de sus apropiaciones de funcionamiento, servicio de la deuda e inversión aprobados por el Concejo de Bogotá D.C. y las Juntas Administradoras Locales, se harán mediante resolución expedida por el representante de la entidad respectiva o por decreto del Alcalde Local. En el caso de los establecimientos públicos del Distrito estas modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación se harán por resolución o acuerdo de las Juntas o Consejos Directivos.

 

Estos actos administrativos requieren para su validez del concepto previo y favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto. Si se trata de gastos de inversión se requerirá, además, del concepto favorable de la Secretaría Distrital de Planeación.

 

Parágrafo. Se exceptúan del concepto previo y favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto, las modificaciones en Gastos de Funcionamiento de los traslados presupuestales al interior de cada uno de los rubros que componen Factores constitutivos de salario, Contribuciones inherentes a la nómina, Remuneraciones no constitutivas de factor salarial siempre que correspondan al mismo tipo de vinculación, Honorarios, Activos Fijos, Materiales y suministros, Adquisición de servicios, FONPET, Obligaciones por Pagar (Adquisición de Bienes, Adquisición de Servicios y Otros Gastos Generales).“

 

Que, la Alcaldesa Local de Antonio Nariño mediante Memorando No. 20216520008653 del 22 de octubre de 2021 solicitó a la Profesional de Presupuesto adelantar las gestiones pertinentes para realizar el traslado presupuestal al nivel de 131010401 “Honorarios”, 1310201 “Adquisición de activos no financieros” y 1310202 “Adquisiciones diferentes de activos no financieros”, documento que contiene en detalle la justificación del traslado.

 

Que, para el rubro 13101040102 Honorarios Ediles, la profesional de Presupuesto del FDLAN realizó proyección de pago de los meses de octubre a diciembre de 2021, en donde se evidenció que para un total de siete (7) ediles y 20 sesiones, el pago mensual por la totalidad de sesiones debe ser calculado sobre $481.912.697, es decir, $53.545.858 (20 sesiones). En este orden de ideas, con corte octubre, la proyección de pago para tres (3) meses es de $160.637.574. La proyección de recurso a utilizar para el rubro de honorarios ediles, en la vigencia 2021 efectivamente correspondería a $650.042.350, quedando un recurso por liberar de $49.957.650 de los cuales se estima trasladar $49.000.000.

 

Que, para el rubro 1310201010103 Maquinaria para uso general se requiere trasladar recurso con el fin de contar con la disponibilidad de presupuesto para adelantar un proceso de compra e instalación de bombas del sistema de drenaje (de bombeo) del edificio principal de la Alcaldía Local de Antonio Nariño por $14.532.094. Esto considerando que se debe mitigar el riesgo de una inundación en el sótano, ocasionando daños mayores al edificio de la Alcaldía Local o daños a los bienes ubicados en el sótano por el actual deterioro en el Sistema de drenaje de aguas pluviales.

 

Por otra parte, como se indicó en el Decreto Local No. 8 del Fondo de Desarrollo Local de Antonio Nariño, para el rubro 1310201010103 Maquinaria para uso general se asignó recurso con el fin de contar con la disponibilidad de presupuesto para adelantar un proceso de adquisición de aires acondicionados que incluya mantenimiento preventivo postventa y garantía, con el fin de soportar principalmente los servicios tecnológicos de la Alcaldía Local de Antonio Nariño. A la fecha se encuentra en revisión jurídica el proceso contractual para esta adquisición por lo cual se estima disponer de $10.000.000 aproximadamente en este proceso. En este sentido, se planea utilizar el rubro presupuestal Maquinaria para uso general para dos procesos contractuales diferentes.

 

Que, para el rubro 1310202010202 Pasta o pulpa, papel y productos de papel; impresos y artículos relacionados se requiere trasladar recurso con el fin de contar con la disponibilidad de presupuesto para adelantar un proceso de “suministro a monto agotable los elementos de papelería, oficina y útiles de escritorio requeridos para el desarrollo de las actividades administrativas que realice la alcaldía local de Antonio Nariño, el teatro Villa Mayor y las Inspecciones de Policía”. Actualmente se cuenta con $20.000.000 en el rubro y se busca contar con recurso adicional para cubrir las necesidades de la Alcaldía y sus sedes.

 

Que, para los rubros 1310202020101 y 131020202030502 Alojamiento; servicios de suministros de comidas y bebidas y Servicios de limpieza general, respectivamente, se requiere trasladar recurso con el fin de adicionar la actual Orden de Compra No. 63369 de 2021 para el Servicio Integral de Aseo y Cafetería. Esta tiene una fecha de vencimiento hasta el 17 de noviembre de 2021 y se requiere el servicio ininterrumpido hasta final de vigencia, especialmente en lo relacionado con el servicio de limpieza general para mitigar riesgos de contagios COVID-19.

 

Que, para el rubro 131020202020106 Servicios de seguros de Salud ediles, la profesional de Presupuesto del FDLAN realizó proyección de pago de los meses octubre a diciembre de 2021, en donde se evidenció que, el promedio de pago mensual debe ser calculado sobre $ 59.829.000, es decir, $6.693.400. En este orden de ideas, con corte octubre, la proyección de pago para tres (3) meses es de $20.080.200. Se tiene un déficit de $2.500.000 sobre la proyección de recurso necesarios para el rubro de Servicios de seguros de Salud ediles el cual se pretende cubrir con el presente traslado.

 

Que, para el rubro 131020202030401 Servicios de telefonía fija se requiere trasladar recurso con el fin de contar con la disponibilidad de presupuesto para cubrir hasta final de vigencia los servicios públicos de la Alcaldía Local de Antonio Nariño y sus sedes. Teniendo en cuenta las proyecciones de la profesional de presupuesto del FDLAN, se requiere presupuesto adicional en el rubro para cubrir esta obligación de pago.

 

Que, para el rubro 131020202040101 Energía se requiere trasladar recurso con el fin de contar con la disponibilidad de presupuesto para cubrir hasta final de vigencia los servicios públicos de la Alcaldía Local de Antonio Nariño y sus sedes. Teniendo en cuenta las proyecciones de la profesional de presupuesto del FDLAN, se requiere presupuesto adicional en el rubro para cubrir esta obligación de pago.

 

Que mediante oficio 2021EE242136O1 del 05 de noviembre de 2021 la Dirección Distrital de Presupuesto, emite concepto de viabilidad considerando que el Fondo de Desarrollo Local efectuó los estudios técnicos, legales y financieros exigidos para realizar el ajuste presupuestal mediante la cual se efectúa un traslado al interior del Presupuesto de Gastos de Funcionamiento de la vigencia 2021, por valor de $49.000.000.

 

Que, en mérito de lo expuesto,

 

DECRETA:

 

Artículo 1. Efectúese el siguiente Contracrédito al Presupuesto anual de Funcionamiento del Fondo de Desarrollo Local de Antonio Nariño de la vigencia fiscal 2021, de conformidad con el siguiente detalle:

 

 

Artículo 2. Efectúese el siguiente crédito al Presupuesto anual de Funcionamiento del Fondo de Desarrollo Local de Antonio Nariño de la vigencia fiscal 2021, de conformidad con el siguiente detalle:

 

 

Artículo 3. El presente Decreto Local rige a partir de la fecha de su expedición.

 

COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dado en Bogotá, D.C., a los 08 días del mes de noviembre del año 2021.

 

MÓNICA ALEJANDRA DÍAZ CHACÓN

 

Alcaldesa Local de Antonio Nariño