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CIRCULAR EXTERNA 100-009 DE 2021
(Agosto 17)
Para: REPRESENTANTES LEGALES DE LOS ORGANISMOS Y ENTIDADES DE LA RAMA EJECUTIVA DEL ORDEN NACIONAL Y TERRITORIAL, RAMA LEGISLATIVA, RAMA JUDICIAL, ORGANIZACIÓN ELECTORAL, ÓRGANOS AUTÓNOMOS Y DE CONTROL
De: DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCIÓN PÚBLICA
Asunto: REPORTE DE LA PARTICIPACIÓN EFECTIVA DE LA MUJER EN LOS CARGOS DEL MÁXIMO NIVEL DECISORIO Y OTROS NIVELES DECISORIOS
El Plan Nacional de Desarrollo 2018 – 2022 “Pacto por Colombia, Pacto por la Equidad", señala en el Pacto XIV "Pacto de Equidad para las Mujeres”, la necesidad de ampliar la participación de las mujeres en los cargos del nivel directivo, con una meta establecida para el cuatrienio del 50% y en concordancia con lo estipulado en el CONPES 3918 de 2018 donde se definieron lineamientos para la efectiva implementación de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) en Colombia.
Para alcanzar lo anterior, es fundamental contar con datos reales que le permitan al Estado evaluar la participación efectiva de las mujeres en espacios de toma de decisión. Por ello, y en el marco de lo establecido en el artículo 12 de la Ley 581 de 2000, se solicita a los destinatarios de esta circular reportar la información relacionada con la provisión de cargos y el porcentaje de participación de las mujeres en el máximo nivel decisorio y otros niveles decisorios, de acuerdo con lo dispuesto, en el link correspondiente al aplicativo:
https://www.funcionpublica.gov.co/eva/encuestador/encuestafp.php?encuesta=ley-cuotas-2021
Para ello, el cronograma para el reporte es el siguiente:
Adicionalmente, es importante mencionar que fue expedido el Decreto 455 de 2020 "Por el cual se adiciona el Capítulo 3 al Título 12 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1083 de 2015, Reglamentario Único del Sector de Función Pública, en lo relacionado con la paridad en los empleos de nivel directivo", mediante el cual se establecen reglas para garantizar la equidad y la igualdad de oportunidades de las mujeres en la provisión de empleos de nivel directivo en las entidades de la rama ejecutiva del orden nacional y territorial.
Finalmente, los representantes legales de los organismos y entidades a quienes está dirigida esta circular deberán adoptar en la medida de lo posible las medidas correctivas necesarias para evitar incurrir en posibles faltas disciplinarias, de acuerdo con lo establecido en la Directiva No. 030 del 13 de noviembre de 2020, expedida por la Procuraduría General de la Nación, referente a la importancia del cumplimiento de la Ley 581 de 2000, "Ley de Cuotas”.
Cordialmente,
NEIRO JOSÉ ALVIS BARRANCO
Director Departamento Administrativo de la Función Pública
Proyectó: Diana Rozo/Luis Alberto Gómez/María José Martínez Revisó: Francisco Camargo / Armando López |