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ACUERDO 003 DE 2021
(DICIEMBRE 30)
Por el cual se adopta una adición a la política de prevención del daño antijurídico relacionada con el cuidado y custodia de inmuebles de la Caja de Vivienda Popular
EL COMITÉ DE CONCILIACIÓN DE LA CAJA DE LA VIVIENDA POPULAR,
En uso de sus atribuciones legales y en especial las conferidas por el 02 del artículo 2.2.4.3.1.2.5 del Decreto 1069 de 2015, y
CONSIDERANDO
Que la Ley 446 de 1998 establece en su artículo75, que en las entidades y los organismos de derecho público del orden nacional, departamental, distrital y municipal, así como en los entes descentralizados en todos los niveles, deberá integrarse un Comité de Conciliación, conformado por servidores del nivel directivo.
Que la Caja de la Vivienda Popular mediante la Resolución No. 611 de 1998, creó el Comité de Conciliación y reglamentó algunas de sus funciones. Dicha Resolución fue derogada por la Resolución 149 del 2003 que a su vez fue modificada por la Resolución 304 de 2004 en cuanto a la integración del Comité de Conciliación.
Que mediante el Acuerdo 001 de 2021 se actualizó el Reglamento Interno del Comité de Conciliación de la Caja de la Vivienda Popular conforme la normatividad vigente y derogó las disposiciones contrarias.
Que el Decreto 1069 de 2015 compiló las normas del Sector Justicia y del Derecho, en la subsección segunda del capítulo 3 reglamentó los comités de defensa judicial y conciliación, determinó su carácter, estableció su integración, sesiones y votación, funciones y determinó las funciones del secretario técnico del mismo.
Que el numeral 2 del artículo 2.2.4.3.1.2.5 del Decreto 1069 de 2015, establece como función de los comités de conciliación de las entidades públicas, diseñar las políticas generales que orientarán la defensa de los intereses de la entidad.
Que en concordancia con lo establecido en el Decreto 1069 de 2015, el numeral 02 del artículo 4 del Acuerdo 001 del 15 de diciembre de 2021 “Por el cual se actualiza el Reglamento Interno del Comité de Conciliación de la Caja de la Vivienda Popular y se dictan otras disposiciones” fijó como función del Comité de Conciliación la diseñar las políticas generales que orientarán la defensa de los intereses de la entidad.
Que de conformidad con las funciones establecidas en el artículo 1° del Acuerdo 004 de 2016 “Por el cual se modifica parcialmente la estructura organizacional de la Caja de la Vivienda Popular y se determinan las funciones por dependencias” la Dirección Jurídica de la Caja de la Vivienda Popular a través de los radicados 2020IE5576 del 5 de mayo de 2020 y 202116000106923 del 25 de noviembre de 2021 emitió unos lineamientos de prevención del daño antijurídico para el cuidado y custodia de inmuebles de la CVP.
Que en virtud de la función asignada al Comité de Conciliación en las disposiciones precedentes, los miembros que lo integran aprobaron el documento mediante el cual se adiciona la Política de prevención del Daño Antijurídico con los lineamientos para el cuidado y custodia de inmuebles de la CVP en la sesión extraordinaria llevada a cabo el 30 de diciembre de 2021, decisión contenida en el acta No.303 de 2021.
Que el artículo 7 del Acuerdo 001 del de 2021 “Por el cual se actualiza el Reglamento Interno del Comité de Conciliación de la Caja de la Vivienda Popular y se dictan otras disposiciones” dispone que todas las decisiones adoptadas por el Comité de Conciliación sobre asuntos administrativos y generales podrán ser adoptadas mediante acuerdos suscritos por el Presidente y el Secretario Técnico del Comité de Conciliación.
Que mediante el Decreto 483 del 02 de diciembre de 2021 "Por medio del cual se otorga un descanso compensado y se hace un encargo" se decretó un encargo al doctor ANDERSON ARTURO GALEANO AVILA, identificado con la cédula de ciudadanía No. 1.010.160.993, Director Técnico Código 009 Grado 02 de la Dirección Jurídica de la Caja de la Vivienda Popular, de las funciones del cargo de Director General de Entidad Descentralizada Código 050 Grado 03 de la misma entidad. En mérito de lo expuesto, los miembros del Comité de Conciliación de la Caja de la Vivienda Popular,
ACUERDAN:
ARTÍCULO PRIMERO-. Adopción. Adoptar la adición a la la política de prevención del daño antijurídico relacionada con el cuidado y custodia de inmuebles de la Caja de la Vivienda Popular contenida en documento anexo al presente acuerdo, el cual hace parte integral del mismo.
ARTÍCULO SEGUNDO- Vigencia. La adopción de la adición a la la política de prevención del daño antijurídico relacionada con el cuidado y custodia de inmuebles de la Caja de la Vivienda Popular contenidos en documento anexo al presente Acuerdo regirán a partir de la fecha de su publicación en el Registro Distrital.
El documento anexo se discutió en sesión contenida en el acta No. 303 de 2021, siendo aprobado en pleno por los miembros del Comité.
ARTURO GALEANO ÁVILA
Director General (E) -Presidente del Comité
Secretario Técnico
NOTA: Ver Anexo |