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Resolución 278 de 2021 Instituto Distrital de Turismo - IDT - Dirección General

Fecha de Expedición:
09/12/2021
Fecha de Entrada en Vigencia:
09/12/2021
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCION 278 DE 2021

 

(Diciembre 09)

 

Por la cual se efectúa modificación del presupuesto de Ingresos, Rentas y Gastos del Instituto Distrital de Turismo Para la vigencia 2021

 

LA DIRECTORA GENERAL DEL INSTITUTO DISTRITAL DE TURISMO

 

En uso de sus facultades legales y en especial las conferidas en el Acuerdo 275 de 2007 del Concejo de Bogotá D.C., el Decreto Distrital 192 de 2021, los Acuerdo 001 de 2007, 006 y 008 de 2016 y 006 de 2019 de la Junta Directiva del IDT y demás normas legales, estatutarias y reglamentarias,

 

CONSIDERANDO:   

 

Que el Instituto Distrital de Turismo es un establecimiento público del orden Distrital, con personería jurídica, autonomía administrativa y financiera, y patrimonio propio, adscrito a la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico.

 

Que de conformidad con el literal b del Artículo 4 del Acuerdo Distrital 275 de 2007 es función de la Junta Directiva del Instituto Distrital de Turismo “Aprobar los planes, programas, proyectos y presupuesto del Instituto, así como las modificaciones que se hagan a los mismos, de acuerdo con las disposiciones distritales vigentes sobre el tema y que sean de su competencia de acuerdo con su reglamento”.

 

Que el artículo 10 del Decreto Distrital No. 192 de 2021, dispone que “Las modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación de los órganos y entidades que hacen parte del presupuesto anual, incluidos los organismos de control, y los Fondos de Desarrollo Local que no modifiquen en cada sección presupuestal el monto agregado de sus apropiaciones de funcionamiento, servicio de la deuda e inversión aprobados por el Concejo de Bogotá D.C. y las Juntas Administradoras Locales, se harán mediante resolución expedida por el representante de la entidad respectiva o por decreto del Alcalde Local. En el caso de los establecimientos públicos del Distrito estas modificaciones al anexo del Decreto de liquidación se harán por resolución o acuerdo de las Juntas o Consejos Directivos”.

 

Que mediante Acuerdo 006 de fecha 01 de Septiembre de 2016 la Junta Directiva del Instituto Distrital de Turismo autoriza al Director(a) General a efectuar a través de acto administrativo, los traslados presupuestales que se requieran para el presupuesto de funcionamiento, cuando éstos correspondan a valores inferiores o iguales a 202 S.M.M.L.V, es decir que para la vigencia 2021, la autorización es hasta CIENTO OCHENTA Y TRES MILLONES QUINIENTOS VEINTIDÓS MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y DOS ($183.522.252) PESOS M. CTE., sin necesidad de adelantar el trámite de aprobación ante la Junta Directiva, previo cumplimiento de los requisitos dispuestos por la Secretaría Distrital de Hacienda.

 

Que de conformidad con el literal b) del Artículo 9 del Acuerdo 008 de 2016 expedido por la Junta Directiva del Instituto, en desarrollo de las funciones asignadas a la Subdirección de Gestión Corporativa, se determinó la necesidad de efectuar una modificación al presupuesto de funcionamiento, consistente en un traslado presupuestal por valor de DOCE MILLONES CIENTO OCHENTA Y SEIS MIL NOVECIENTOS SESENTA PESOS MCTE ($12.186.960). fundamentado en la necesidad de cubrir el pago de la indemnización por vacaciones de la liquidación de prestación de prestaciones sociales del ex funcionario Daniel Valencia Valencia, quien trabajó en la Entidad hasta el día 18 de octubre de 2021 como Asesor Código 105 Grado 02 – Observatorio de Turismo de la planta de empleos del Instituto Distrital de Turismo - IDT.

 

Que mediante comunicación No. 2021EE278439O1 del 07 de diciembre de 2021 la Directora Distrital de Presupuesto de la Secretaría Distrital de Hacienda, emitió concepto favorable para efectuar una modificación al presupuesto de Funcionamiento, consistente en un traslado presupuestal por valor de DOCE MILLONES CIENTO OCHENTA Y SEIS MIL NOVECIENTOS SESENTA PESOS MCTE ($12.186.960).

 

Que, En mérito de lo expuesto,

 

RESUELVE:

 

Artículo 1. TRASLADO: Efectuar el siguiente traslado presupuestal de Gastos de Funcionamiento en el presupuesto del Instituto Distrital de Turismo, por la suma de DOCE MILLONES CIENTO OCHENTA Y SEIS MIL NOVECIENTOS SESENTA PESOS MCTE ($12.186.960).

 

221 - INSTITUTO DISTRITAL DE TURISMO - 01

CONTRACRÉDITOS

1310101010101

Sueldo básico

4.186.960

1310101010111

Prima de vacaciones

2.000.000

1310101020102

Aportes a la seguridad social en pensiones privada

6.000.000

 

TOTAL CONTRACRÉDITOS

12.186.960

 

221 - INSTITUTO DISTRITAL DE TURISMO - 01

CRÉDITOS

13101010301

Indemnización por vacaciones

12.186.960

 

TOTAL CRÉDITOS

12.186.960

 

Artículo 2. REMISIÓN: Remítase copias de la presente Resolución a la Secretaría de Hacienda Distrital y demás oficinas competentes.

 

Artículo 3. VIGENCIA: La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

 

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dada en Bogotá D. C., a los 09 días del mes de Diciembre del año 2021.

 

KAROL FAJARDO MARIÑO

 

Directora General

 

Nota: Ver norma original en Anexos.