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Decreto Local 004 de 2021 Alcaldía Local de Ciudad Bolívar

Fecha de Expedición:
06/04/2021
Fecha de Entrada en Vigencia:
31/12/2021
Medio de Publicación:
Registro distrital No.7328 del 31 de diciembre de 2021.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO LOCAL 004 DE 2021

 

(Abril 06)

 

POR MEDIO DEL CUAL SE EFECTÚA UNA MODIFICACIÓN INTERNA ENTRE GASTOS DE FUNCIONAMIENTO AL PRESUPUESTO DEL FONDO DE DESARROLLO LOCAL DE CIUDAD BOLIVAR PARA LA VIGENCIA FISCAL 2021

 

EL ALCALDE LOCAL DE CIUDAD BOLIVAR

 

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las que le confiere el Decreto 372 de 2010, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que de  acuerdo  con  el  Decreto No. 372 del 30 de agosto  de 2010,  “Por  el  cual  se  reglamenta el proceso  presupuestal  de  los  Fondos de  Desarrollo Local- F.D.L.”,  en  su artículo 31, y Resolución  No. SDH-000383 del 15 de  septiembre de 2010, “ Por medio de la  cual se  adopta el  Manual  del  proceso presupuestal  de los  Fondos  de  Desarrollo Local -FDL”, artículo tercero, numeral  4.1, los cuales consagran que: “los  traslados presupuestales dentro  del  mismo agregado  se harán mediante Decreto expedido por el Alcalde Local.  Estos actos administrativos requerirán para su validez del concepto previo y favorable de la Secretaria Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto y la Secretaria Distrital de Planeación”.

 

Que el Alcalde Local de Ciudad Bolívar, en cumplimiento de las metas establecidas en nuestro Plan de Desarrollo Distrital: “UN NUEVO CONTRATO SOCIAL Y AMBIENTAL PARA CIUDAD BOLÍVAR”, para la vigencia 2021, necesita ajustar los gastos de Funcionamiento - 131020202030502 Servicios de limpieza general, para financiar el rubro 131020202030501 Servicios de protección (guardas de seguridad), con el fin de legalizar la afectación de la imputación presupuestal de la Localidad.

 

Que en el “parágrafo único del Artículo 9 del Decreto 777 del 2019, adoptado mediante la Circular Externa DDP - 000008 del 31 de diciembre de 2019”, que cuando el traslado al interior de los gastos de funcionamiento estén a nivel 5° y no cambie los valores inicialmente aprobados, será incorporada la modificación por parte de la Dirección Distrital de Presupuesto solamente con el Decreto firmado por el Ordenador del Gasto

 

Que, en mérito de lo anteriormente expuesto,

 

DECRETA:

 

Artículo 1. Efectúese un contra crédito en el presupuesto de Gastos Generales del Fondo de Desarrollo Local de Ciudad Bolívar, para la vigencia comprendida entre el 1.de enero y el 31 de diciembre de 2021, por la suma QUINIENTOS MILLONES QUINIENTOS SESENTA Y NUEVE MIL OCHOCIENTOS UN PESOS M/CTE. ($500.569.801), conforme al siguiente detalle:

 

 

Artículo 2. Efectúese un crédito en el presupuesto de Gastos Generales del Fondo de Desarrollo Local de Ciudad Bolívar, para la vigencia comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2021, por la suma QUINIENTOS MILLONES QUINIENTOS SESENTA Y NUEVE MIL OCHOCIENTOS UN PESOS M/CTE ($500.569.801), conforme al siguiente detalle:

 

 

Artículo 3.  El presente Decreto Local rige a partir de la fecha de su publicación.

 

COMUNIQUESE, PUBLIQUESE Y CUMPLASE.

 

Expedido en Bogotá, D.C., a los 06 días del mes de abril de del año 2021.

 

HORRACIO GUERRERO GARCÍA

 

Alcalde Local de Ciudad Bolívar(E)