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DECRETO LOCAL 020 DE 2021
(Diciembre 27)
Por medio del cual se liquida el presupuesto anual de ingresos y gastos de la Alcaldía Local de Teusaquillo para la vigencia fiscal comprendida entre el 01 de enero y el 31 de diciembre de 2022
LA ALCALDESA LOCAL DE TEUSAQUILLO (E).
En uso de sus facultades legales y en especial las que confiere al artículo 19 del Decreto 372 de 2010, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 17 del Decreto 372 de 2010 dispone que “La JAL deberá expedir el Presupuesto Anual del respectivo F.D.L, antes de la media noche del 15 de diciembre; si no lo hace regirá el proyecto presentado por el Alcalde Local, incluyendo las modificaciones que hayan sido aprobadas durante los debates. En dicho caso, el Alcalde Local deberá expedirlo mediante Decreto a nivel de agregados y luego liquidarlo mediante Decreto a nivel de programas y proyectos.”
El proyecto de presupuesto deberá estudiarse en dos debates en días distintos, efectuados uno en comisión de presupuesto y el otro en sesión plenaria de la Corporación. Las decisiones se tomarán con el voto favorable de la mayoría de ellos, siempre que haya quorum. En el primer debate se realizará la consideración y discusión del proyecto y se aprobaran las modificaciones a que haya lugar y en el segundo se le dará aprobación definitiva, en este no se podrán introducir modificaciones o adiciones al texto aprobado en primer debate.
Que la alcaldesa ocal(sic) presento el 03 de diciembre de 2021 el proyecto de presupuesto a nivel de agregados para estudio y aprobación de la JAL cumpliendo con lo establecido en el artículo 15 del Decreto de 2010.
Que, en atención a la anterior disposición, la Junta Administradora Local de Teusaquillo, en sesiones realizadas los días 11 y 12 de diciembre de 2021, según acta 507, 508, con siete (7) votos positivos y dos (2) abstenciones al proyecto de Acuerdo Local pasa a segundo debate.
Que la Junta Administradora Local de Teusaquillo, en sesión realizada el día quince (15) de diciembre de 2021, sometió a debate, discusión y votación el Proyecto de Presupuesto para la Vigencia Fiscal de 2022, el cual, de acuerdo al acta 511, de esa misma fecha, con siete (7) votos positivos y dos (2) votos absteniéndose a votar del proyecto “Por medio del cual se expide el presupuesto de ingresos y gastos de inversión del Fondo de Desarrollo Local Teusaquillo, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2022”, se aprueba el acuerdo en mención, radicándose por la Junta Administradora Local el Acuerdo No. 001 del día 22 de diciembre de 2021, el cual fue sancionado por la alcaldesa en la misma fecha ordenando su publicación en la gaceta distrital.
Que el Acuerdo en mención quedó debidamente publicado y divulgado por la Gaceta Distrital el 24 de diciembre de 2021, y ese orden de ideas, y teniendo en cuenta lo establecido en el artículo 19 del Decreto 372 de 2010, corresponde a la alcaldesa Local, expedir el decreto de liquidación del Presupuesto Anual de ingresos y Gastos a nivel de programas y proyectos. En consecuencia, a ello se procederá.
Que en mérito de lo expuesto;
DECRETA:
Artículo 1. Fijar el Presupuesto Anual de Ingresos del FDL de Teusaquillo para la vigencia fiscal con- prendida (sic) en entre el 1º de enero al 31 de diciembre de 2022, por la suma de CUARENTA Y SIETE MIL TRESCIENTOS SETENTA Y NUEVE MILLONES NOVECIENTOS CINCUENTA Y CUATRO MIL PESOS M/CTE ($47.379.954.000)., conforme al siguiente detalle:
Artículo 2. Fijar el Presupuesto Anual de Gastos del FDL de Teusaquillo para la vigencia fiscal comprendida en entre el 1º de enero al 31 de diciembre de 2022, por la SUMA de CUARENTA Y SIETE MIL TRESCIENTOS SETENTA Y NUEVE MILLONES NOVECIENTOS CINCUENTA Y CUATRO MIL PESOS M/CTE ($ 47.379.954.000)., conforme al siguiente detalle:
Artículo 3. Comunicación. De conformidad a lo señalado en el artículo 8 del Decreto 113 de 2020, una vez expedido el presente Decreto, deberán ser informadas las Secretarías Distritales de Hacienda, y de Gobierno y la Junta Administradora Local, para lo de su competencia.
Artículo 4. Publicación. Publíquese el presente Decreto en la Gaceta Distrital, de conformidad con el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011.
Artículo 5. Vigencia y Derogatorias. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y surte efectos fiscales a partir del primero (01) de enero de 2022.
Dado en Bogotá D.C. a los 27 días del mes de diciembre de del año 2021.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CUMPLASE.
ROSA ISABEL MONTERO TORRES
Alcaldesa Local de Teusaquillo (E) |