Cargando el Contenido del Documento
Por favor espere...

Concepto 202116000094953 de 2021 Caja de Vivienda Popular

Fecha de Expedición:
27/10/2021
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 7322 del 24 de diciembre de 2021.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

MEMORANDO RADICADO 2021160000949533 DE 2021

 

(Octubre 27)

 

1600

 

PARA: CAMILO BARBOSA MEDINA Director de Mejoramiento de Vivienda

 

DE: ARTURO GALEANO ÁVILA Director Técnico Jurídico

 

ASUNTO: Concepto – Certificación para el uso permanente del manual de evaluación y reforzamiento sísmico para reducción de vulnerabilidad de viviendas de Build Change

 

Cordial Saludo:

 

Teniendo en cuenta la consulta realizada por la Dirección Técnica de Mejoramiento de Vivienda a través del correo electrónico institucional el pasado 12 de octubre de 2021, mediante la cual se solicitó el análisis jurídico de las condiciones para el uso permanente del manual de evaluación y reforzamiento sísmico para reducción de vulnerabilidad de viviendas de Build Change por parte de la Caja de la Vivienda Popular y la revisión de la propuesta de certificación emitida por la organización Build Change, en los siguientes términos se da respuesta a las consultas planteadas:

 

1. PROBLEMA JURÍDICO

 

¿Es indispensable contar con una relación contractual vigente para dar uso a la metodología alterna adoptada de Build Change? ¿La certificación para el uso de la metodología alterna de Build Change puede ser otorgada directamente a la Caja de la Vivienda Popular o debe ser solamente a los profesionales capacitados para tal efecto? ¿Qué otras alternativas puedo usar, diferentes a la metodología alterna de Build Change para el diseño y la construcción de viviendas?

 

2. ANTECEDENTES

 

La Ley 400 de 1997 “Por la cual se adoptan normas sobre Construcciones Sismo Resistentes” en el capítulo II del Título III estableció los materiales y métodos alternos para el diseño y construcción diferentes a los prescritos en dicha ley y sus reglamentos.

 

Concretamente en el artículo 10 de la mencionada Ley se establecieron dos opciones para adoptar y aplicar métodos alternos para el análisis y diseño, así:

 

“ARTÍCULO 10. MÉTODOS ALTERNOS DE ANÁLISIS Y DISEÑO. Se permite el uso de métodos de análisis y diseño estructural diferentes a los prescritos por esta ley y sus reglamentos siempre y cuando el diseñador estructural presente evidencia que demuestre que la alternativa propuesta cumple con sus propósitos en cuanto a seguridad, durabilidad y resistencia especialmente sísmica, y además se sujete a uno de los procedimientos siguientes:

 

1. Presentar con los documentos necesarios para la obtención de la licencia de construcción de la edificación, la evidencia demostrativa y un memorial en el cual inequívocamente acepta la responsabilidad sobre las metodologías de análisis y diseño alternas, o

 

2. Obtener una autorización previa de la "Comisión Asesora Permanente para el Régimen de Construcciones Sismo Resistentes", de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 14, que le permita su utilización, sujeto al régimen de responsabilidades establecido en la presente ley y sus reglamentos.”

 

En ese sentido, en aplicación del numeral 2 del citado artículo, la organización Build Change adelantó todo el proceso ante la Comisión Asesora Permanente para el Régimen de Construcciones Sismo Resistentes para el adoptar un manual de métodos alternos para el análisis y diseño de viviendas tomando en consideración de las condiciones de autoconstrucción presentes en el país. Dicho manual de evaluación y reforzamiento sísmico para reducción de vulnerabilidad de viviendas fue adoptado mediante la Resolución 0014 del 15 de marzo de 2016 con base en la evidencia obtenida para el análisis y experimentación.

 

A nivel nacional, sin perjuicio que la Ley permite adoptar métodos alternos para el análisis, diseño y construcción, solo se cuenta con el manual de Build Change. Dicho manual permite intervenir de manera efectiva los asentamientos legalizados urbanísticamente, de tal manera que se armoniza con el programa de mejoramiento de vivienda Plan Terrazas, así como las funciones de Curaduría Pública Social que ejerce la Caja de la Vivienda Popular y reduce la vulnerabilidad sísmica.

 

Es importante resaltar que el manual puede aplicarse en todo el territorio nacional y en principio solo por la organización Build Change; así lo prescribió el artículo segundo de la Resolución 0014 de 1016, el cual señala que:

 

“ARTÍCULO SEGUNDO: Permitir de acuerdo con lo prescrito en el Título III de la Ley 400 de 1997, el uso del MANUAL DE EVALUACIÓN Y REFORZAMIENTO SÍSMICO PARA LA REDUCCIÓN DE VULNERABILIDAD EN VIVIENDAS DE BUILD CHANGE, y sólo por ella, en el territorio de la República de Colombia, con las mismas limitaciones y responsabilidades de los sistemas contemplados en el Reglamento Colombiano de Construcciones Sismo Resistentes NSR-10.”

 

De lo anterior, se advierte que, si bien es cierto que la metodología alterna de Build Change fue adoptada por la Comisión Asesora Permanente para el Régimen de Construcciones Sismo Resistentes, se indicó de manera taxativa que el derecho de uso del mismo sería de manera exclusiva de la organización Build Change. Bajo ese entendido y teniendo en cuenta que para ejercer las funciones de reconocimiento de viviendas de interés social en asentamientos legalizados es ideal aplicar metodologías alternas de estudio de la vulnerabilidad sísmica de las edificaciones, se suscribió por parte de la Caja de la Vivienda Popular el contrato de prestación de servicios CTO-CVP-885-2020 con el siguiente objeto:

 

“Contratar la prestación de servicios de la Organización BUILD CHANGE, para la aplicación de métodos alternos a la norma sismorresistente, basados en el “Manual de Evaluación y Reforzamiento Sísmico para Reducción de Vulnerabilidad en Viviendas”, de su propiedad, que permita la reducción de vulnerabilidad y la construcción del proceso de sistematización para la estructuración de los programas de mejoramiento de vivienda.”

 

En el marco de dicho contrato, se pactó dentro de las obligaciones específicas lo relacionado con las condiciones jurídicas para el uso por parte de la Caja de la Vivienda Popular del manual, así como de los desarrollos tecnológicos de propiedad de Build Change, en los términos que a continuación se citan:

 

"SEXTA- OBLIGACIONES DE LAS PARTES:

 

Parágrafo. propiedad intelectual: Los materiales, recursos técnicos, desarrollos tecnológicos, presentaciones digitales, maquetas, modelos digitales, listas de control de calidad, manuales, y toda (SIC) otro insumo o información que se genere en el marco del contrato es de propiedad intelectual de la Caja de la Vivienda Popular, la cual será soportada y generada a través de los desarrollos tecnológicos de propiedad intelectual de Build Change durante la ejecución del contrato; el uso de dichos materiales sin autorización escrita previa está prohibida. Build Change otorga derechos de uso de manera permanente a la Caja de la Vivienda Popular del “Manual de Evaluación y Reforzamiento Sísmico para Reducción de Vulnerabilidad en Vivienda” aprobado por la Comisión Asesora Permanente para el Régimen de Construcciones Sismo Resistentes, con el fin de poner en marcha proyectos para el mejoramiento estructural de las viviendas, objeto del Programa de Mejoramiento de Vivienda a cargo de la Caja de la Vivienda Popular.”

 

Respecto de los desarrollos tecnológicos se definió de manera clara que serían de propiedad intelectual de la Caja de la Vivienda Popular solamente aquellos que hayan sido generados en el marco del contrato de prestación de servicios, de tal forma que, las plataformas tecnológicas de Build Change son de su propiedad exclusiva. A su turno, Build Change otorgó a la Caja de la Vivienda Popular derechos de uso permanente de su manual para poner en marcha y estructurar los proyectos de mejoramiento de vivienda, tales como el Plan Terrazas y en sí mismo la función de Curaduría Pública Social. Lo anterior, con el fin de estudiar, aprobar los proyectos de mejoramiento de vivienda y expedir los respectivos actos administrativos de reconocimiento de edificaciones y licencias de construcción en el marco de las funciones de la Curaduría Pública Social al amparo del manual de análisis, diseño y construcción alterno de Build Change.

 

Aunado a lo anterior, el Decreto 1077 de 2015, modificado por el Decreto 1333 de 2020 para el reconocimiento de existencia de edificaciones de interés social ubicadas en asentamientos legalizados urbanísticamente, en armonía con lo dispuesto por la Ley 400 de 1997, estableció que para el análisis de la vulnerabilidad sísmica y reforzamiento estructural de dichos proyectos se podría emplear las metodologías alternas de que trata la mencionada Ley. El Decreto 1077 de 2015 estableció:

 

“ARTÍCULO 2.2.6.4.3.3 Evaluación de la vulnerabilidad y reforzamiento estructural de las viviendas en asentamientos legalizados. La evaluación de vulnerabilidad y reforzamiento estructural de las viviendas de interés social ubicadas en asentamientos legalizados, se sujetará a la verificación de las normas de sismo resistencia que le sean aplicables en los términos previstos en la Ley 400 de 1997 y el Reglamento Colombiano de Construcción Sismo Resistente NSR-10, o las normas que las adicionen, modifiquen o sustituyan, en lo relacionado con la intervención de viviendas de origen informal.

 

Parágrafo. Para lo previsto en el presente artículo se podrán emplear las metodologías alternas contenidas en el Capítulo A-10 del Reglamento Colombiano de Construcción Sismo Resistente NSR-10 o las normas que las adicionen, modifiquen o sustituyan.” (Subrayas fuera del texto original)

 

Así las cosas, la Caja de la Vivienda Popular viene empleando la metodología alterna de Build Change aprobada por la Comisión Asesora Permanente para el análisis y estructuración de los proyectos del programa de mejoramiento de vivienda Plan Terrazas.

 

3. ANÁLISIS JURÍDICO

 

En cuanto a la necesidad de contar con una relación contractual vigente para dar uso a la metodología alterna adoptada de Build Change, es de señalar que en virtud del citado artículo 10 de la Ley 400 de 1997 la Organización Build Change obtuvo una autorización de la Comisión

 

Asesora Permanente para el Régimen de Construcciones Sismo Resistentes, que le permite el uso de un método alterno de análisis y diseño estructural, el cual, conforme lo establece el Acta 124 de la CAP fue desarrollado por la Organización y en ese mismo sentido en aras de salvaguardar las responsabilidades del diseñador y constructor, en principio se le concedió el uso únicamente a dicha Organización[1] .

 

Ahora bien, la Organización Build Change en el marco del contrato de prestación de servicios suscrito para el programa de mejoramiento de vivienda Plan Terrazas y en desarrollo de las obligaciones específicas del mismo, concedió sobre su manual derechos de uso permanente, autorizando así a la Caja de la Vivienda Popular emplear esta metodología alterna en adelante para sus proyectos dado que uno de los objetivos de la relación contractual era incorporar está metodología en la Entidad, a través, de la capacitación de profesionales técnicos idóneos y el acompañamiento en la estructuración de los primeros 50 proyectos, denominados proyecto piloto. Así lo estableció el parágrafo de la cláusula sexta del contrato de prestación de servicios, garantizando que en virtud de la ejecución del objeto contractual se logrará la autorización definitiva para emplear la metodología alterna de Build Change en los procesos y programas ejecutados por la Caja de la Vivienda Popular en ejercicio de las funciones de curaduría pública social, que incluyen el acompañamiento técnico.

 

En tal sentido, conviene advertir que dicha autorización o concesión de uso permanente del manual no se limitó a la vigencia de la relación contractual con la Organización Build Change, por lo cual, puede seguir siendo empleada la metodología inclusive sin una relación contractual vigente con la Organización.

 

Adicionalmente, en referencia al parágrafo de la cláusula sexta cabe resaltar que dicha disposición guarda relación con la propiedad que ostenta la Caja de la Vivienda Popular sobre los productos generados haciendo uso de los desarrollos tecnológicos de propiedad intelectual de Build Change, herramientas como Fulcrum y Magic Plan que, en todo caso, podrán continuar siendo utilizados por la entidad siempre que asuma los costos de las respectivas licencias según lo previsto en la cláusula tercera del contrato. En consecuencia, es de indicar que los ajustes a las herramientas tecnológicas, que fueron previstos a efectos de reducir tiempo y esfuerzo en el proceso de diagnóstico, y diseño de las intervenciones a fin de promover la escalabilidad y transparencia en los procesos adelantados por la Entidad, a su vez, no podrán ser utilizados por la Organización sin previa autorización de la entidad.

 

Por otro lado, con el objetivo de analizar el alcance de la certificación para el uso de la metodología alterna de Build Change se debe abordar lo estipulado por la Entidad con la Organización Build Change al respecto en el contrato en mención.

 

Encontramos que para dar cumplimiento a esta autorización de uso del manual la Organización Build Change se comprometió a realizar, como se mencionó, el acompañamiento en el proyecto piloto y durante la vigencia del mismo capacitar a los profesionales vinculados con la Entidad para la correcta aplicación de la metodología. Estas obligaciones específicas para la materialización del uso permanente del manual se pactaron así:

 

“k) Implementar el proyecto piloto a partir del acompañamiento al equipo técnico de la CVP en la producción de cincuenta (50) paquetes de diseño, después de la salida a campo, una vez se tiene la información completa de cada vivienda visitada y viabilizada, dicho acompañamiento al personal técnico de la CVP será enfocado en que generen los diseños y Build Change estará encargado de revisar y aprobar (firmar) los diseños.

 

(...) m) Desarrollar procesos permanentes de información, capacitación y cualificación del personal técnico de la CVP y desarrollar estrategias técnicas y sociales en conjunto con la CVP, para comunicar, informar a las comunidades”

 

De este modo, debe entenderse que la autorización de uso permanente del método alterno se circunscribe a las obligaciones generadas en el marco de una relación contractual con una entidad pública, cuya representación se encontraba para el particular en el Director de Mejoramiento de Vivienda, quien en tal calidad asumió, en representación de la entidad las obligaciones y derechos derivados del contrato conforme la Resolución 0440 de 2016 mediante la cual se delegó la celebración y suscripción de contratos y/o convenios para el cometido de los cometidos institucionales asignados a la correspondiente Dirección.

 

En tal sentido, la certificación remitida por la Organización deberá otorgarse a la Caja de la Vivienda Popular, siendo dicha entidad quien contrajo las obligaciones del contrato CTO-CVP885-2020, sin perjuicio del proceso de capacitación que se llevó a cabo con los profesionales vinculados a los proyectos en desarrollo de las funciones asignadas, así como de la responsabilidad profesional que le asiste a quienes desarrollaron los diseños dando aplicación al “Manual de Evaluación y Reforzamiento Sísmico para reducción de vulnerabilidad de Viviendas”, conforme lo prevé el artículo 6 de la Ley 400 de 1997, que establece:

 

“Artículo 6º.- Responsabilidad de los diseñadores. La responsabilidad de los diseños de los diferentes elementos que componen la edificación, así como la adopción de todas las medidas necesarias para el cumplimiento en ellos del objetivo de las normas de esta ley y sus reglamentos, recae en los profesionales bajo cuya dirección se elaboran los diferentes diseños particulares”.

 

Por último, vale la pena mencionar que la Ley 400 de 1997 no solamente incluyó la posibilidad de aplicar métodos alternos a la Ley 400 de 1997 y sus reglamentos como el manual adoptado por la CAP de Build Change, sino que dispuso como una de las alternativas: “Presentar con los documentos necesarios para la obtención de la licencia de construcción de la edificación, la evidencia demostrativa y un memorial en el cual inequívocamente acepta la responsabilidad sobre las metodologías de análisis y diseño alternas”. Lo anterior, siempre y cuando dicha alternativa garantice seguridad, durabilidad y resistencia especialmente sísmica de las viviendas.

 

De tal manera que, de contarse con la evidencia demostrativa y el memorial de responsabilidad suscrito por los profesionales idóneos que cumplan los requisitos mínimos de experiencia establecidos en la Ley 400 de 1997, la Caja de la Vivienda Popular podría estudiar proyectos y evaluar su condición de vulnerabilidad sísmica con dicho soporte técnico en lo que a construcciones sismorresistente se refiere.

 

4. CONCLUSIÓN

 

Con base en los antecedentes contractuales y el marco normativo descrito y frente a los interrogantes planteados se establecen las siguientes conclusiones:

 

No es indispensable una relación contractual vigente para el uso del Manual de Evaluación y Reforzamiento Sísmico para reducción de vulnerabilidad de Viviendas de Build Change, pero para el uso de las herramientas tecnológicas de la Organización y adaptadas para el programa de mejoramiento de vivienda en el marco del contrato se requiere adquirir las licencias respectivas.

 

La certificación para el uso para del Manual de Evaluación y Reforzamiento Sísmico para reducción de vulnerabilidad de Viviendas que será entregada por la Organización Build Change, deberá otorgarse a la Caja de la Vivienda Popular; entidad que, en todo caso, deberá garantizar el proceso de capacitación de los profesionales para la aplicación del método alterno con el fin de cumplir con la responsabilidad de que trata el artículo 6 de la Ley 400 de 1997.

 

Adicionalmente al manual de Build Change, para el diseño y construcción a fin de disminuir la vulnerabilidad sísmica de las viviendas en el marco de programas de mejoramiento, podrá darse aplicación a un método alterno de construcción sismorresistente siempre que se acredite el memorial de responsabilidad suscrito por el profesional competente según lo señalado por el numeral 1 del artículo 10 de la Ley 400 de 1997.

 

El presente concepto se emite al tenor de los establecido en el artículo 28 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.

 

Cordialmente,

 

ARTURO GALEANO ÁVILA

 

Director Jurídico

 

agaleanoa@cajaviviendapopular.gov.co



[1] Según lo señala el artículo 2 de la Resolución 0014 de 2016 se le permite el uso del método alterno aprobado a la Organización Build Change