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Acuerdo 5 de 1898 Concejo de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
22/04/1898
Fecha de Entrada en Vigencia:
23/04/1898
Medio de Publicación:
N.E.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

ACUERDO 5 DE 1898

(Abril 22)

"Aclaratorio del Acuerdo número 18 de 1890, sobre conducción de aguas lluvias".

El Concejo Municipal de Bogotá,

En uso de sus facultades legales, y

CONSIDERANDO:

Que las canales de algunos edificios particulares arrojan las aguas lluvias a las calles de la ciudad por tubos volados que por acumulación de aguas y de fuerza destruyen los pavimentos, cuya reparación ocasiona bastantes gastos al Municipio, además de otros inconvenientes,

ACUERDA:

ARTICULO 1.º Desde la publicación de este Acuerdo todos los propietarios de fincas raíces de la Ciudad que arrojen de sus tejados, por medio de tubos volados, las aguas lluvias sobre los pavimentos de las vías públicas, están en la obligación de quitarlos o cambiarlos por canales y tubos de bajada conectados con las alcantarillas, donde las haya, por medio de obras adecuadas; ó con las cunetas de los pavimentos, donde aquellos lo permitan.

ARTICULO 2.º Queda facultado el señor Alcalde para reglamentar el modo como deban cumplirse las disposiciones del artículo anterior, concediendo términos prudenciales a los propietarios para que hagan las obras indicadas, pudiendo imponer multas hasta de cincuenta pesos ($50) a las personas que no dieren estricto cumplimiento al presente Acuerdo.

Dado en Bogotá, á veintidós de Abril de mil ochocientos noventa y ocho.

El Presidente, JOSE SEGUNDO PEÑA.

El Secretario, Antonio M. Londoño.

Alcaldía de Bogotá.

Abril 23 de 1898

Publíquese y ejecutese.

HIGINIO CUALLA.

Constantino Castañeda B., Secretario.