Cargando el Contenido del Documento
Por favor espere...

Resolución Local 003 de 2022 Alcaldía Local de Sumapaz

Fecha de Expedición:
14/01/2022
Fecha de Entrada en Vigencia:
18/01/2022
Medio de Publicación:
Registro distrital No.7341 del 18 de enero de 2022.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN LOCAL 003 DE 2022

 

(Enero 14)

 

Por medio de la cual se posesiona el Consejo Local de Juventud de la Localidad de Sumapaz

 

EL ALCALDE LOCAL (E) DE SUMAPAZ,

 

En uso de sus facultades legales, en especial las conferidas en los artículos 16, 19 y 40 de la Ley 1622 de 2013, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que la Ley 1622 de 2013 “Estatuto de Ciudadanía Juvenil” y La Ley 1885 de 2018, establecen la elección y conformación de los Consejos Locales de Juventud.

 

Que a través de procesos concertados y autónomos se eligió en la Localidad, una consejera de juventud para ocupar una de las curules especiales creadas por la Ley 1622 de 2013.

 

Que el 5 de diciembre se eligieron ocho consejeros de juventud por voto popular en la Localidad de Sumapaz, en cumplimiento de lo establecido en la Ley 1622 de 2013 y la Ley 1855 de 2018.

 

Que la Ley 1885 de 2018, en su artículo 21 establece que los Consejos de Juventud deben posesionarse dentro de los 3 meses siguientes a su elección, hasta que se realicen nuevas elecciones, las cuales deberán realizarse cada cuatro años.

 

Que la Ley 1622 de 2013 en su artículo 57, determina que cada alcalde adoptará mediante acto administrativo las medidas establecidas en dicha Ley, para asegurar la operación de los consejos de juventud de cada ente territorial.

 

Que en mérito de lo expuesto,

 

RESUELVE:

 

Artículo 1.  POSESIONAR. A los Consejeros y las Consejeras Locales de Juventud de la localidad de Sumapaz para el período 2022 - 2026, a partir del 11 de enero de 2022; quienes se enlistan a continuación:

 

 

Artículo 2. VIGENCIA. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.

 

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dada en Bogotá, D.C., a los 14 días del mes de enero del año 2022.

 

GERMÁN HUMBERTO MEDELLÍN MORA

 

Alcalde Local (E) de Sumapaz