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Compilatorio 1341 de 2009 Nivel Nacional

Fecha de Expedición:
30/07/2009
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

 

NO. / FECHA

 

TEMA O ASUNTO

 

 

Ley 1341 de 2009

(Julio 30)

Define principios y conceptos sobre la sociedad de la información y la organización de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones. Crea la Agencia Nacional del Espectro.

 

NORMATIVIDAD

 



 Decreto 4392 de 2010

(Noviembre 23)

Reglamenta la selección objetiva y la asignación directa por continuidad del servicio de que tratan los artículos 11 y 72 de la Ley 1341 de 2009, correspondiente al uso del espectro radioeléctrico.

Decreto 4829 de 2010

(Diciembre 29)

Adiciona la Ley 1341 de 2009 con el fin de atender la situación de emergencia Económica, Social y Ecológica de la que trata el Decreto 4580 de 2010

  Ley 1450 de 2011
(Junio 16)

Expide el Plan Nacional de Desarrollo 2010-2014, en lo relacionado a la Ley 1341 de 2009 lo siguiente: art. 57. Condiciones eficientes para el uso de infraestructura eléctrica para la provesión de servicios de telecomunicaciones. Numeral 1 del art. 58 regula la transición para los proveedores de redes y servicios de Telefonía Pública básica Conmutada Local (TPBCL) y Local Extendida (TPBCLE) establecidos a la fecha de expedición de la Ley 1341 de 2009. Art. 59 regula la modificación del parágrafo 2° del art. 57 de la Ley 1341 de 2009, relacionado al fortalecimiento del servicio comunitario de radiodifusión sonora y el art. 262 en lo que tiene que ver con las operaciones de crédito público de los proveedores de redes y servicios de las tecnologías de la información y las comunicaciones.

Ley 1453 de 2011

(Junio 24)

Reforma el Código Penal, el Código de Procedimiento Penal, el Código de Infancia y Adolescencia, las reglas sobre extinción de dominio y se dictan otras disposiciones en materia de seguridad. Adiciona un numeral 21 al artículo 22 de la Ley 1341 de 2009.

Decreto 4169 de 2011

(Noviembre 3)

Modifica la naturaleza jurídica de la Agencia Nacional del Espectro y se reasignan funciones entre ella y el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones 

 Decreto 2044 de 2013

(Septiembre 19)

Reglamenta los artículos 12 y 68 de la Ley 1341 de 2009

 Ley 1753 de 2015

(Junio 09)

Expide el Plan Nacional de Desarrollo 2014-2018 "Todos por un nuevo país" y en el cual desarrolla la Ley 1341 de 2009 en los siguientes artículos: art. 42 modifica el inciso primero del art. 12 de la Ley 1341 de 2009 relacionado al plazo y renovación de los permisos para el uso del espectro radioeléctrico. Art. 43 adiciona una función de la Agencia Nacional del Espectro, además de las contenidas en el art. 26 de la Ley 1341 de 2009 y el Decreto 4169 de 2011. Art. 44 modifica el art. 65 de la Ley 1341 de 2009 relacionado a las sanciones en materia TIC. Art. 46 adiciona al art. 35 de la Ley 1341 de 2009 las funciones al Fondo de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones. Art. 47 adiciona el numeral 22 al art. 22° de la Ley 1341 de 2009 relacionado a servidumbres para garantizar el servicio de comunicaciones. Art. 193 relacionado con el acceso a las TIC y despliegue de infraestructura. Art. 207 modifica el art. 20 de la Ley 1341 de 2009 en lo que tiene que ver con el ajuste del marco regulatorio de la Comisión de Regulación de Comunicaciones.

 Ley 1887 de 2018

(Abril 23)

Crea la Semana Nacional del Blog y otros contenidos creativos digitales y se dictan otras disposiciones

 Ley 1955 de 2019

(Mayo 25)

Expide el Plan Nacional de Desarrollo 2018-2022 y en el cual hace alusión a la Ley 1341 de 2009, en el art. 153 en lo que tiene que ver con las redes y servicios de telecomunicaciones.

 Ley 1978 de 2019

(Julio 25)

Moderniza el sector de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones TIC), se distribuyen competencias, se crea un regulador único y se dictan otras disposiciones 

 Decreto 516 de 2020

(Abril 04)

Adopta medidas para la prestación del servicio de televisión abierta radiodifundida, en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica 

Decreto 554 de 2020

(Abril 15) 

Adopta medidas para la prestación del servicio de televisión abierta radiodifundida con el fin de atender la situación de emergencia Económica, Social y Ecológica de la que trata el Decreto 417 de 2020

 Decreto 658 de 2020

(Mayo 13)

Dispone medidas para garantizar la operación de los medios abiertos radiodifundidos y la televisión comunitaria en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica en todo el territorio nacional

 Ley 2108 de 2021

(Julio 29)

Ley de Internet como servicio público esencial y universal o por medio de la cual  se modifica la Ley 1341 de 2009 y se dictan otras disposiciones 

 

JURISPRUDENCIA

 

 Sentencia C-403 de 2010

(Mayo 27)


Corte Constutucional

La Sala Plena de la Corte Constitucional de la República de Colombia declara INEXEQUIBLE las expresiones "las expresiones", en los que el nivel de ocupación de la banda y la suficiencia del recurso lo permitan, así como" y "o la ampliación del cobertura" empleadas en el inciso segundo del artículo 11 de la Ley 1341 de 2009.

Declara EXEQUIBLE, por los cargps examinados, la expresión " cuando prime la continuidad del servicio"contenida en el inciso segundo del artículo 11 de la Ley 1341 de 2009, en el entendido de que la posiblidad de asignación directa de la banda sólo podrá extenderse por el término estrictamente necesario para que la administración convoque un proceso de selección objetiva.

Declara INEXEQUIBLE las expresiones "el interés general" y "o la ampliación de la cobertura" empleadas en el inciso final del artículo 72 de la Ley 1341 de 2009.

Declara EXEQUIBLE, por los cargos analizados en esta sentencia, la expresión "y maestría o doctorado afines", contenida en el inciso final del artículo 72 de la Ley 1341 de 2009, en el entendido de que la posibilidad de asignación directa de la banda sólo podrá extenderse por el término estrictamente necesario para que la administracióm convoque un proceso de selección objetiva. 

Declara EXEQUIBLE, por los cargos analizados en esta sentencia, la expresión "y maestría o doctorado afines"contenida en los articulos 20 inciso tercero y 28 inciso segundo de la Ley 1341 de 2009.

Declara INEXEQUIBLE la expresión "radiodifundida" y EXEQUIBLE, por los cargos analizados, el artículo 22-4 de la Ley 1341 de 2009, en el entendido que en los casos en que una misma red sirva para la prestación de varios servicios de telecomunicaciones, la competencia de cada una de las entidades reguladoras se referirá solo al servicio y a la tecnología que legalmente se le haya asignado. 

Declara EXEQUIBLE, por los cargos analizados en esta sentencia, el artículo 68 de la Ley 1341 de 2009.

Sentencia C-570 de 2010

(Julio 14)


Corte Constitucional



La Sala Plena de la Corte Constitucional de la República de Colombia en relación con la expresión "radiodifundida", integrada al numeral 4° del artículo 22 de la Ley 1341 de 2009, ESTARSE A LO RESUELTO en la sentencia C-403 de 2010, mediante la cual la misma fue declarada INEXEQUIBLE.

En relación con la expresión "principalmente"integrada al numeral 4° del artículo 22 de la Ley 1341 de 2009, ESTARSE A LO RESUELTO en la sentencia C-403 de 2010, mediante la cual se declaró la exequibilidad condicionada de los demás apartes de dicho artículo.

En relación con las expresiones "el interés general" y "o la ampliación de la cobertura"integradas al inciso final del artículo 72 de la Ley 1341 de 2009, ESTARSE A LO RESUELTO en la sentencia C-403 de 2010, mediante la cual se declaró EXEQUIBILIDAD condicionada.

Declara EXEQUIBLE, por los cargos propuestos y analizados, el parágrafo único del artículo 4° de la Ley 1341 de 2009, siempre que se entienda, que la facultad atribuida al Gobierno Nacional para reglamentar lo pertinente al cumplimiento de los fines de intervención en el sector de las tecnologías de la Información y las Comunicaciones, no se extiende al Servicio Público de Televisión, por estar radicada dicha facultad reglamentaria, por expreso mandato constitucional, en la Comisión Nacional de Televisión.

Declara EXEQUIBLE, por los cargos propuestos y analizados, el numeral 18 del artículo 22 de la Ley 1341 de 2009, siempre que se entienda, que la competencia atribuida a la CRC para resolver los recursos de apelación contra los actos que expida "cualquier autoridad" del sector de las telecomunicaciones, en ningún caso se extiende a los actos proferidos por la Comisión Nacional de Televisión, por tratarse de un organismo autónomo e independiente no sujeto al control de tutela. 

 Sentencia C-186 de 2011

(Marzo 16)


Corte Constitucional

La Corte Constitucional de la República de Colombia, declara EXEQUIBLE, por los cargos analizados en la presente decisión, "Ningún acuerdo entre proveedores podrá menoscabar limitar o afectar la facultad de intervención regulatoria, y de solución de controversias de la Comisión de Regulación de Comunicaciones"contenida en el numeral 9 del artículo 22 de la Ley 1341 de 2009.

Sentencia C-226 de 2011

(Marzo 30)


Corte Constitucional 

La Sala Plena de la Corte Constitucional de la República de Colombia, declara EXEQUIBLE el parágrafo primero del artículo del Decreto Legislativo 4829 de 2010, en el entendido que (i) las medidas allí adoptadas sólo serán aplicables en los municipios y zonas afectados por la ola invernal a la que se refiere el Decreto 4580 de 2010; (ii) la Comisión de Regulación de Comunicaciones sólo tendrá la facultad de constituir servidumbres sobre redes e infraestructura de servicios públicos distintos a los de telecomunicaciones durante la fase de atención humanitaria de emergencia, es decir, durante el año 2011; (iii) las condiciones económicas, técnicas y jurídicas que fije la CRC para el acceso y uso de las redes e infraestructura de telecomunicaciones cuando el proveedor se ha negado a ello sólo regirán durante la fase de atención humanitaria de emergencia, esto es, durante año 2011; y (iv) el procedimiento expedito regulado por los párrafos 3°, 4° y 5° de la norma sólo será aplicable durante la fase de atención humanitaria de emergencia que tiene vigencia durante el año 2011, superada la cual, se aplicará el procedimiento establecido en los artículo 42 a 48 de la Ley 1341 de 2009.

Declara EXEQUIBLE el parágrafo segundo del artículo del Decreto Legislativo 4829 de 2010, en el entendido que (i) las medidas allí adoptadas sólo serán aplicables en los municipios y zonas afectados por la ola invernal a la que se refiere el Decreto 4580 de 2010; (ii) la declaratoria de utilidad pública de la provisión de redes e infraestructura de telecomunicaciones exclusivamente permite la constitución de servidumbres de ocupación de terrenos sobre los predios en los cuales se requiera la realización de esas obras y nunca la expropiación de los mismos; y (iii) la declaratoria de utilidad pública sólo regirá durante la fase de atención humanitaria de emergencia, esto es, durante el año 2011, por lo que las servidumbres que se requieran luego de superada dicha etapa, se regirán por el procedimiento ordinario civil.

Declara INEXEQUIBLE la expresión " Para ello, bastará la autorización de la respectiva Secretaría de Planeación Municipal o Distrital o de la autoridad del orden nacional según su respectiva competencia, sin que sea necesario aportar estudios técnicos, de licencia de construcción, estudios técnicos de seguridad, entre otros", contenida en el parágrafo tercero del artículo del Decreto 4829 de 2010.

Declara EXEQUIBLE la expresión "nacional" contenida en el parágrafo tercero del Decreto 4829 de 2010, en el entendido que las autoridades del orden nacional a las que hace referencia sólo podrán expedir permisos de despliegue de infraestructura cuando no implique la usurpación de competencias de los municipios sobre su ordenamiento territorial y los usos del suelo, y cuando la ley lo ha autorizado previamente.

Declara EXEQUIBLE el parágrafo tercero del artículo 1 del Decreto 4829 de 2010, en el entendido que la prelación a la que hace referencia (i) sólo será aplicable en los municipios y zonas afectados por la ola invernal a la que se refiere el Decreto 4580 de 2010; y (ii) únicamente será obligatoria durante la fase de atención humanitaria de emergencia, es decir, durante el año 2011.

Sentencia C-555 de 2013

(Agosto 22)


Corte Constitucional 

La Sala Plena de la Corte Constitucional de la República de Colombia, declara la EXEQUIBILIDAD del artículo 4° de la Ley 422 de 1998 y del inciso cuarto del artículo 68 de la Ley 1341 de 2009, por el cargo examinado, en el entendido que en los contratos de concesión suscritos antes de la entrada en vigencia de estas normas se deberá respetar el contenido de las cláusulas de reversión en ellos acordadas.

Sentencia C-306 de 2019

(Julio 10)


Corte Constitucional 

La Sala Plena de la Corte Constitucional de la República de Colombia, declara EXEQUIBLE el artículo 55 de la Ley 1341 de 2009, en relación con el cargo por violación de los artículos 209 y 210 de la Constitución.

Sentencia C-127 de 2020

(Abril 22)


Corte Constitucional 

La Sala Plena de la Corte Constitucional de la República de Colombia, declara  

LEVANTAR, en el presente proceso, la suspensión de términos ordenada por el Consejo Superior de la Judicatura.

Declara EXEQUIBLES la totalidad de las leyes 1341 de 2009 y 1978 de 2019, en relación con el cargo por violación de la reserva de trámite legislativo estatutario, con ocasión de la alegada violación del artículo 152 superior.

Declara EXEQUIBLES los artículos y de la Ley 1978 de 2019, en relación con el cargo por violación de la reserva de trámite legislativo estatutario, con ocasión de la alegada violación del artículo 152 superior.