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Resolución 074 de 2022 Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte - Subsecretaría de Gobernanza

Fecha de Expedición:
17/02/2022
Fecha de Entrada en Vigencia:
23/02/2022
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 7372 del 23 de febrero de 2022.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 074 DE 2022

 

(Febrero 17)

 

Por la cual se apropian los recursos para garantizar las condiciones de participación y funcionamiento del Consejo de Consulta de Pensamiento para el Fomento Cultural, Artístico y Patrimonial

 

LA SUBSECRETARIA DE GOBERNANZA DE LA SECRETARÍA DE CULTURA, RECREACIÓN Y DEPORTE

 

En uso de sus facultades legales y en especial las conferidas, el Decreto Distrital 340 de 2020, y las Resoluciones 720 de 2021, de 2017, 279 de 2020 y 92 de 2021, y demás normas concordantes,

 

CONSIDERADO:

 

Que, el artículo 70º de la Constitución Política establece que el Estado tiene el deber de promover y fomentar el acceso a la cultura de todos los colombianos en igualdad de oportunidades, por medio de la educación permanente y la enseñanza científica, técnica, artística y profesional en todas las etapas del proceso de creación de la identidad nacional. La cultura en sus diversas manifestaciones es fundamento de la nacionalidad. El Estado reconoce la igualdad y dignidad de todas las personas que conviven en el país, así mismo promueve la investigación, la ciencia, el desarrollo y la difusión de los valores culturales de la Nación.

 

Que, según el literal h del artículo 12º del Decreto Distrital 340 de 2020, dentro de la estructura de la Secretaría Distrital de Cultura Recreación y Deporte, la Subsecretaría de Gobernanza tiene dentro de sus funciones la de Dirigir estrategias, planes, programas y proyectos orientados a la identificación reconocimiento, fomento, sensibilización, formación, promoción y difusión del arte, la cultura y el patrimonio en los diferentes grupos poblacionales.

 

Que, el Concejo de Bogotá D.C., mediante Acuerdo número 761 de 2020, adoptó el Plan Distrital de Desarrollo Económico, Social, Ambiental y de Obras Públicas y el Plan Plurianual de Inversiones para Bogotá D.C. para el período 2020-2024 “Un Nuevo Contrato Social y Ambiental para la Bogotá del siglo XXI” , que constituye el marco de acción de las políticas, programas, estrategias y proyectos de la Administración Distrital, para lograr una redistribución más equitativa de los costos y beneficios de vivir en Bogotá, impulsar la recuperación de la actividad socioeconómica y cultural asociada al control de la pandemia del Covid-19 y capitalizar sus aprendizajes al poner de manifiesto necesidades que obligan a fortalecer o abordar nuevos programas en el marco de la “Nueva Normalidad”.

 

Que, la Secretaría de Cultura Recreación y Deporte en armonía con los propósitos y logros de ciudad y las metas establecidas en el Plan de Desarrollo, formuló el proyecto de Inversión “7650 - Fortalecimiento de los procesos de fomento cultural para la gestión incluyente en Cultura para la vida cotidiana en Bogotá D.C.” con el objetivo incrementar las acciones para la cobertura contextualizada, equitativa e integral de los programas de fomento orientados al fortalecimiento de los agentes culturales y la apropiación ciudadana de los procesos culturales, artísticos y patrimoniales de la ciudad, mediante el diseño e implementación de estrategias de gestión que contextualicen e incrementen la pertinencia en la toma de decisiones y que permitan fortalecer la capacidad institucional para diseñar y promover la articulación que potencialicen las apuestas de la política pública de fomento, la dinamización de los agentes culturales con apropiación social, con énfasis territorial y poblacional que permitan mejorar el acceso equitativo a los bienes y valores culturales de la ciudad y el posicionamiento de los programas de Fomento.

 

Que, el proyecto “7650 - Fortalecimiento de los procesos de fomento cultural para la gestión incluyente en Cultura para la vida cotidiana en Bogotá D.C.” cuenta con un presupuesto estimado para el cuatrienio de Treinta y Seis Mil Novecientos Sesenta Millones de Pesos M/Cte. ($36.960.000.000) para la elaboración de los documentos contentivos de los lineamientos técnicos que aporten a la consolidación de la estrategia de gestión del conocimiento, la expedición de los actos administrativos en el marco de los convenios interadministrativos para el fortalecimiento de la capacidad institucional, la ejecución de  los procesos de capacitación que aporten en el fortalecimiento de capacidades de los agentes del sector, la entrega de estímulos y  apoyos a los diferentes agentes del sector y la realización de  los contenidos culturales que aporten a la apropiación de los programas de fomento con énfasis territorial y poblacional.

 

Que, la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte, mediante la Resolución 279 del 16 de junio de 2020, creó el “Consejo de Consulta de Pensamiento para el Fomento Cultural, Artístico y Patrimonial como órgano consultivo y asesor para el seguimiento de estrategias, planes, proyectos y programas desarrollados desde la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte.”, con las siguientes atribuciones:

 

“1. Analizar la política pública de fomento existente a la luz de las necesidades y de las nuevas condiciones en el Distrito Capital.

 

2. Revisar la pertinencia y relevancia de los programas de fomento existentes en el sector, en sus modalidades, líneas, áreas y enfoques.

 

3. Considerar los indicadores, acciones y resultados de las investigaciones que realice la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte para medir el impacto de los programas existentes.

 

4. Proponer ajustes a los programas existentes o la creación o reformulación de otros encaminados al fomento artístico, cultural y patrimonial”.

 

Que, el artículo 6 de la mencionada Resolución 279 de 2020, establece que el Consejo de Consulta de Pensamiento para el Fomento Cultural, Artístico y Patrimonial sesionará ordinariamente al menos una vez cada dos (2) meses, sin perjuicio de ser convocado a sesiones extraordinarias cuando se requiera.

 

Que, el artículo 7º ídem, contempla a cargo de la Subsecretaría de Gobernanza o quién haga sus veces, el deber de apropiar los recursos y garantizar las condiciones para la implementación y funcionamiento del Consejo de Consulta de Pensamiento para el Fomento Cultural, Artístico y Patrimonial.

 

Que, en virtud de los principios de economía, transparencia y responsabilidad, se evidencia la necesidad de fijar parámetros objetivos para el establecimiento del reconocimiento económico de la participación de los consejeros, teniendo en cuenta Ia realidad económica del país, las metas del plan de inversión en el marco del Plan de desarrollo, el cumplimiento de la misión y los fines de la entidad, la idoneidad y la pertinencia de los perfiles requeridos.


Que, a través de la Resolución 720 del 23 de septiembre de 2021, el Secretario Distrital de Cultura, Recreación y Deporte delegó en la Subsecretaria de Gobernanza la ordenación del gasto en relación con el proyecto de inversión 7650 “Fortalecimiento de los procesos de fomento cultural para la gestión incluyente en Cultura para la vida cotidiana en Bogotá D.C.”

 

Que, mediante la Resolución  92 del 8 de febrero de 2021, se estimó el valor de participación de un consejero por sesión, de dos (2) salarios mínimos legales mensuales vigentes (SMMLV) para los consejeros participantes y tres (3) salarios mínimos legales mensuales vigentes (SMMLV) para el/los consejeros(s) moderador(es) de la sesión del Consejo de Consulta de Pensamiento para el Fomento Cultural, Artístico y Patrimonial.

 

Que, con el fin de amparar los recursos que garanticen la participación de los consejeros en las sesiones del Consejo de Consulta de Pensamiento para el Fomento Cultural, Artístico y Patrimonial que se llevarán a cabo en la vigencia 2022, se expidió el Certificado de Disponibilidad Presupuestal número 530 del 1 de febrero de 2022, del proyecto de inversión 7650  “Fortalecimiento de los procesos de fomento cultural para la gestión incluyente en Cultura para la vida cotidiana en Bogotá D.C” por valor de CIEN MILLONES DE PESOS ($100.000.000) M/TE.

 

En consideración de lo expuesto,

 

RESUELVE:

 

Artículo 1. Apropiar con cargo al Certificado de Disponibilidad Presupuestal Número 530 del 1 de febrero de 2022, del proyecto de inversión 7650  “Fortalecimiento de los procesos de fomento cultural para la gestión incluyente en Cultura para la vida cotidiana en Bogotá D.C” recursos requeridos para la participación de los consejeros, que serán designados y reemplazados en las sesiones ordinarias o extraordinarias de la vigencia 2022 del Consejo de Consulta de Pensamiento para el Fomento Cultural, Artístico y Patrimonial, en atención a su perfil contemplado en el numeral 4 del artículo 4º de la Resolución 279 de 16 de junio de 2020.

 

Artículo 2. Disponer que para el desembolso de los recursos a los consejeros por concepto de participación en las sesiones del Consejo de Consulta de Pensamiento para el Fomento Cultural, Artístico y patrimonial durante la vigencia 2022, el responsable de proyecto deberá, de conformidad con las fechas establecidas para los desembolsos por parte de la SCRD, expedir las certificaciones de cumplimiento, las cuales deberán estar acompañadas de los documentos, acta y conceptos tal y como se estipulo en el artículo cuarto de la Resolución 92 del 8 de febrero de 2021.

 

Parágrafo: Para los efectos de cumplimiento y requisitos de desembolso se deberán tener en cuenta, los requisitos estipulados en la Resolución 92 del 8 de febrero de 2021 para dicho fin.

 

Artículo 3. Ordenar a la Dirección de Gestión Corporativa informar al Grupo Interno de Recursos Financieros de la Secretaría, Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, realizar los trámites correspondientes para la expedición de los Registros presupuestales por concepto de cada una de las participaciones en las sesiones del Consejo de Consulta de Pensamiento para el Fomento Cultural, Artístico y patrimonial de la vigencia 2022 de conformidad, con lo expuesto en la parte motiva de la presente resolución, con cargo al Certificado de Disponibilidad Presupuestal número 530 del 1 de febrero de 2022.

 

Artículo 4. Ordenar a la Dirección de Fomento, realizar los trámites correspondientes para el desembolso de los recursos de la participación de los consejeros en cada una de las sesiones del Consejo de Consulta de Pensamiento para el Fomento Cultural, Artístico y Patrimonial que se llevarán a cabo en la vigencia 2022.

 

Artículo 5. Ordenar a la Dirección de Gestión Corporativa, comunicar el contenido de la presente resolución a la Dirección de Fomento y al Grupo Interno de Recursos Financieros de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, para lo de sus respectivas competencias.

 

Artículo 6. El presente acto administrativo rige a partir de la fecha de su publicación.

 

Dada en Bogotá, D.C., a los diecisiete 17 días del mes de febrero del año 2022.

 

COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

YANETH SUÁREZ ACERO

 

Subsecretaria de Gobernanza