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Decreto 1653 de 1991 Nivel Nacional

Fecha de Expedición:
27/06/1991
Fecha de Entrada en Vigencia:
27/06/1991
Medio de Publicación:
Diario Oficial No. 39881 del 27 de junio de 1991.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO 1653 DE 1991

 

(Junio 27)

 

Por el cual se adiciona el Estatuto Tributario

 

El Presidente de la República de Colombia, en uso de las facultades extraordinarias conferidas por el artículo 25 de la Ley 49 de 1990, y oída la Comisión Consultiva de que trata el artículo 80 de la misma ley,

 

DECRETA:

 

ARTICULO 1. Reducción de la renta presuntiva.

 

Adiciónase el Estatuto Tributario con el siguiente artículo:

 

"ARTICULO 188 - 1. Porcentaje a partir del año gravable 1992.

 

El porcentaje a que se refiere el inciso segundo del artículo anterior será del seis por ciento (6%) para el año gravable de 1992, del cinco por ciento (5%) para el año gravable de 1993 y del cuatro por ciento (4%) para los años gravables de 1994 y siguientes."

 

ARTICULO 2. Vigencia. El presente Decreto rige a partir del día siguiente de la fecha de su publicación.


PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dado en Bogotá D.E., a los 27 días del mes de junio del año 1991.

 

CESAR GAVIRIA TRUJILLO

 

RUDOLF HOMMES RODRÍGUEZ

 

Ministro de Hacienda y Crédito Público