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RESOLUCIÓN LOCAL 002 DE 2022
(Febrero 18)
Por medio de la cual se posesiona el Consejo Local de Juventud de la localidad de Los Mártires
EL ALCALDE LOCAL DE LOS MÁRTIRES
CONSIDERANDO:
Que la Ley 1622 de 2013 “Estatuto de Ciudadanía Juvenil” y La Ley 1885 de 2018, establecen la elección y conformación de los Consejos Locales de Juventud.
Que a través de procesos concertados y autónomos se eligieron en la Localidad tres (3) consejeros de juventud para ocupar las curules especiales creadas por la Ley 1622 de 2013.
Que el 5 de diciembre se eligieron once (11) consejeros de juventud por voto popular en la Localidad de los Mártires, en cumplimiento de lo establecido en la Ley 1622 de 2013 y la Ley 1855 (sic) de 2018.
Que la Ley 1885 de 2018, en su artículo 21 establece que los Consejos de Juventud deben posesionarse dentro de los 3 meses siguientes a su elección, hasta que se realicen nuevas elecciones, las cuales deberán realizarse cada cuatro años.
Que la Ley 1622 de 2013 en su artículo 57, determina que cada alcalde adoptará mediante acto administrativo las medidas establecidas en dicha Ley, para asegurar la operación de los consejos de juventud de cada ente territorial.
RESUELVE:
Artículo 1. POSESIONAR. A los Consejeros y las Consejeras Locales de Juventud de la localidad de los Mártires para el período 2022 – 2026, a partir del 11 de enero de 2022; quienes se enlistan a continuación:
Artículo 2. VIGENCIA. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá, D.C., a los 18 días del mes de febrero del año 2022. JUAN RACHIF CABARCAS RAHMANAlcalde Local de Los Mártires |