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RESOLUCIÓN 004 DE 2022
(Enero 21)
Por la cual se declaran como días hábiles los días sábado 22 y 29 de enero de 2022
EL DIRECTOR GENERAL DE LA AGENCIA DISTRITAL PARA LA EDUCACIÓN SUPERIOR, LA CIENCIA Y LA TECNOLOGÍA “ATENEA”
En ejercicio de sus facultades legales y estatutarias, en especial por las conferidas por la Ley y el decreto 273 de 2020,
CONSIDERANDO:
Que el inciso segundo del artículo 209 de la Constitución Política de Colombia señala que las autoridades administrativas deben coordinar sus actuaciones para el adecuado cumplimiento de los fines del Estado.
Que la Ley 4 de 1913, señala que en los plazos de días que se señalen en las leyes y actos oficiales, se entienden suprimidos los feriados y de vacantes, a menos de expresarse lo contrario.
Que el Consejo de Estado en sentencia de abril 29 de 1983, expuso frente al artículo 62 de la Ley 4 de 1993 que:
“… Por regla general los sábados son días hábiles, pero si la administración ha dictado alguna norma general que considera inhábiles los sábados estos no pueden contarse en los términos de la ejecutoria. (negrilla fuera de texto)
Que mediante Concepto con radicado No. 201960000- 60051 del 27 de febrero de 2019, el Departamento Administrativo de la Función Pública concluyó en relación con la sentencia antes citada, que “(...) cuando el plazo se haya fijado en días, estos se entienden hábiles, para lo cual se suprimen los feriados, entre los cuales se encuentran los domingos, festivos y los sábados cuando la administración ha dictado una norma que los considere inhábiles”. (Subraya fuera de texto).
Que, los términos señalados en la normativa del Sistema de Compra Pública en días, se refiere a días hábiles y se cuentan a partir del siguiente al que se señala como inicio de contabilización del término, a menos expresamente se establezca una regla diferente.
Que, para garantizar la efectividad en la gestión contractual, frente a las necesidades apremiantes de la entidad se hace necesario declarar como administrativamente hábil solo para adelantar trámites contractuales, los días sábado 22 y 29 de enero de 2022.
Que el decreto 273 de 2020: “Por medio del cual se crea la Agencia Distrital para la Educación Superior, la Ciencia y la Tecnología “Atenea” y se dictan otras disposiciones establece entre otras cosas las funciones y facultades del director/a general.
Que el Artículo 11 del decreto 273 de 2020 establece las funciones del/la directora/a general de la Agencia y en el numeral 6 dice: “(…) 6. Expedir los actos administrativos necesarios para cumplir lo dispuesto en el ordenamiento jurídico, los estatutos y las decisiones del Consejo Directivo. (…)”
Que, en mérito de lo anteriormente expuesto,
RESUELVE:
Artículo 1. Declarar administrativamente como días hábiles los días sábado 22 y 29 de enero de 2022, para adelantar trámites de la gestión contractual de la Agencia para la Educación Superior, la Ciencia y la Tecnología “ATENEA”.
Artículo 2. De conformidad con lo anterior, los funcionarios que laboren durante los días antes mencionados tendrán derecho a días compensatorios.
Artículo 3. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá, D.C., a los 21 días del mes de enero del año 2022.
GERMÁN BARRAGÁN AGUDELO
Director General |