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Decreto Local 006 de 2022 Alcaldía Local de Antonio Nariño

Fecha de Expedición:
23/05/2022
Fecha de Entrada en Vigencia:
31/05/2022
Medio de Publicación:
Registro Distrital No.7446 del 31 de mayo de 2022.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO LOCAL 006 DE 2022

 

(Mayo 23)

 

Por el cual se ajusta el Presupuesto Anual de Ingresos y gastos del Fondo de Desarrollo Local de Antonio Nariño para la vigencia fiscal 2022

 

LA ALCALDESA LOCAL DE ANTONIO NARIÑO

 

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las que le confiere el artículo


CONSIDERANDO:


Que el Decreto Distrital No. 372 de 2010 en su artículo 36 estipula que, los Fondos de Desarrollo Local, efectuarán el ajuste presupuestal por cierre de la vigencia anterior mediante Decreto Local previa la viabilidad presupuestal de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital Presupuesto.


Que en la Resolución N° SHD-000191 de 2017, sobre el ajuste por Cierre Presupuestal e indica el procedimiento para efectuar el ajuste en mención.


Que mediante oficio No 2022EE044794O1 del 16 de febrero de 2022, la Directora Distrital de Presupuesto de la Secretaría Distrital de Hacienda informó a la Alcaldesa Local de Antonio Nariño los ajustes a la Disponibilidad Inicial, una vez distribuidos los excedentes financieros de los FDL por CONFIS.


Que, en mérito de lo anteriormente expuesto,

 

DECRETA:

 

Artículo 1. Ajustar la Disponibilidad Inicial en el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos del Fondo de Desarrollo Local de Antonio Nariño para la vigencia 2022, conforme al siguiente detalle:

 

Código

Concepto

Reducir

 O10

DISPONIBILIDAD INICIAL

 3.816.236.788 

O1002

BANCOS

 3.816.236.788 

 

Artículo 2. Publíquese el presente Decreto en la Gaceta Distrital de conformidad al artículo 15 de la Ley 2080 de 2021.

 

Artículo 3. Remitir el presente Decreto a la Dirección Distrital de Presupuesto - Secretaría Distrital de Hacienda para los trámites pertinentes.

 

Artículo 4. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

 

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dado en Bogotá, D.C., a los 23 días del mes de mayo del año 2022.

 

MÓNICA ALEJANDRA DÍAZ CHACÓN

 

Alcaldesa Local Antonio Nariño