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Decreto Local 008 de 2022 Alcaldía Local de Santa Fe

Fecha de Expedición:
09/06/2022
Fecha de Entrada en Vigencia:
17/06/2022
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 7461 del 17 de junio de 2022
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO LOCAL 008 DE 2022

 

(Junio 09)

 

Por medio del cual se efectúa un Traslado Presupuestal en el Presupuesto de Gastos del Fondo de Desarrollo Local de Santa Fe para la vigencia fiscal 2022

 

EL ALCALDE LOCAL DE SANTA FE

 

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las que le confiere el Artículo 31 del Decreto 372 de 2010, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que en el párrafo tercero del artículo 31 del Decreto 372 de 2010, estipula: “Los traslados presupuestales dentro del mismo agregado se harán mediante Decreto expedido por el Alcalde Local.”

 

Que se hace necesario efectuar un traslado en el Agregado de Inversiones del Presupuesto de Gastos e inversión de la Alcaldía local de Santa Fe en la vigencia fiscal 2022.

 

Que de conformidad con el artículo 10° del Decreto 192 de 2021 “Las modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación de los órganos y entidades que hacen parte del presupuesto anual, incluidos los organismos de control, y los Fondos de Desarrollo Local que no modifiquen en cada sección presupuestal el monto agregado de sus apropiaciones de funcionamiento, servicio de la deuda e inversión aprobados por el Concejo de Bogotá D.C. y las Juntas Administradoras Locales, se harán mediante Resolución expedida por el representante de la entidad respectiva o por Decreto del Alcalde Local. En el caso de los establecimientos públicos del Distrito estas modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación se harán por Resolución o Acuerdo de las Juntas o Consejos Directivos.

 

Estos actos administrativos requieren para su validez del concepto previo y favorable de la Secretarla Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto. Si se trata de gastos de inversión se requerirá, además, del concepto favorable de la Secretarla Distrital de Planeación”

 

Que teniendo en cuenta que el proyecto 2187 “Santa Fe territorio de paz y atención integral a las víctimas del conflicto armado” en la vigencia 2021 no se acredito con recursos económicos, toda vez que en el plan plurianual del Plan de Desarrollo Local de Santa Fe no se programaron recursos para esta vigencia.

 

Que para la vigencia 2022 si se requería acreditar dicho proyecto de acuerdo con el plan plurianual del Plan de Desarrollo Local, por lo tanto, se solicitó la acreditación en el aplicativo BOGDATA de acuerdo al plan de cuentas enviado por la Secretaria Distrital de Hacienda, sin embargo en el momento de acreditarlo por error involuntario fue creado en otro propósito.

 

Que la Secretaria Distrital de Planeación, informó que el proyecto 2187 “Santa Fe territorio de paz y atención integral a las víctimas del conflicto armado” quedó con un error al momento de crearse en Bogdata y efectivamente al compararlo con la ficha EBI el programa 39 no pertenece al propósito 02 sino al 03, siendo el rubro correcto el O23011603390000002187.

 

Que después de evaluar varias posibilidades para subsanar el error y teniendo en cuenta que hasta el momento no se han generado CDP ni CRP, se hace necesario realizar un traslado presupuestal entre el rubro que está actualmente al nuevo rubro por valor de CIENTO VEINTE MILLONES DE PESOS ($120.000.000) M/CTE.

 

Que mediante comunicación No. 2-2022-55989 del 18 de mayo de 2022, la Secretaria Distrital de Planeación. Dirección de Planes de Desarrollo y Fortalecimiento Local SDP, emitió la confirmación del registro del proyecto 2187, el cual se encuentra en el Banco Distrital de Programas y Proyectos y en SEGPLAN, para el trámite del ajuste presupuestal del F.D.L para gastos de inversión. Que mediante comunicación No. 20225320353751 de 19 de mayo de 2022 se solicitó concepto favorable a la Dirección Distrital de Presupuesto. Con oficio No. 2022EE233591O1 del 09 de junio de 2022 la Directora Distrital de Presupuesto emitió concepto favorable para efectuar el ajuste presupuestal del F.D.L.

 

En mérito de lo anteriormente expuesto,

 

DECRETA:

 

Artículo 1. Efectúese un contracrédito al Presupuesto de Gastos de la vigencia 2022 del Fondo de Desarrollo Local de Santa Fe, conforme al siguiente detalle:

 

 

Artículo 2. Efectúese un crédito al Presupuesto de Gastos de la vigencia 2022 del Fondo de Desarrollo Local de Santa Fe, conforme al siguiente detalle:

 

 

Artículo 3. Comunicación. Una vez expedido el presente Decreto, comuníquese inmediatamente a la Secretaría Distrital de Hacienda – Dirección Distrital de Presupuesto, para lo de su competencia.

 

Artículo 4. Publicación. Publíquese el presente Decreto en la Gaceta Distrital, de conformidad con el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011.

 

Artículo 5. Vigencia y Derogatorias. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Se expide en Bogotá, D.C., a los 9 días del mes de junio del año 2022.

 

DIEGO FERNANDO HERRERA ROJAS

 

Alcalde Local de Santa Fe (E)