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Decreto Local 009 de 2022 Alcaldía Local de Engativá

Fecha de Expedición:
01/07/2022
Fecha de Entrada en Vigencia:
07/07/2022
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 7473 del 07 de julio del 2022.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO LOCAL 009 DE 2022

 

(Julio 01)

 

Por el cual se convoca a Sesiones Extraordinarias a la Junta Administradora Local de Engativá el primero (01) de julio de 2022

 

LA ALCALDESA LOCAL DE ENGATIVÁ

 

En uso de sus facultades legales, en especial las conferidas en el artículo 71 del Decreto Ley 1421 de 1993, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que el Decreto Ley 1421 de 1993, en su artículo 71 ordena que “Las juntas administradoras locales se reunirán, ordinariamente, por derecho propio, cuatro veces al año, así: el primero (1o.) de marzo; el primero (1o.) de junio; el primero (1o.) de septiembre, y el primero (1o.) de diciembre. Cada vez las sesiones durarán treinta (30) días prorrogables, a juicio de la misma Junta hasta por cinco (5) días más. También se reunirán extraordinariamente por convocatoria que les haga el respectivo alcalde. En este evento sesionarán por el término que señale el alcalde y únicamente se ocuparán de los asuntos que él mismo someta a su consideración” (Subrayado y negrilla fuera de texto).

 

Que de conformidad con el artículo 73 del Decreto Ley 1421 de 1993 se establece que “El alcalde local instalará y clausurará las sesiones ordinarias y extraordinarias de las juntas administradoras y deberá prestarles la colaboración necesaria para garantizar su buen funcionamiento. Las juntas no podrán sesionar fuera del lugar señalado como sede oficial. Sin embargo, previa convocatoria efectuada con la debida antelación, podrán sesionar en sitio distinto para escuchar a las comunidades”.

 

Que el Acuerdo Local No. 001 de 2013 (modificado por los Acuerdos Locales Nos. 001 de 2018 / 2 de 2020 / 2 de 2021) instituye el reglamento interno de la Junta Administradora Local de Engativá y en el artículo 65 se determinan las clases de sesiones “Las sesiones de la Junta Administradora Local de Engativá son públicas, con las limitaciones establecidas en el presente reglamento. Reglamentariamente se dividen en ordinarias, extraordinarias y de comisiones permanentes. Sesiones ordinarias son las que se efectúen por derecho propio y las sesiones extraordinarias son las que son convocadas por el Alcalde Local. En este evento sesionarán por el término que señale el Alcalde Local y únicamente se ocuparán de los asuntos que él someta a consideración”.

 

Que la Junta Administradora Local durante el primero (01) de julio de 2022, no se encuentra en sesiones ordinarias y según el artículo 71 del Decreto Ley 1421 de 1993, se instituye que “(…) También se reunirán extraordinariamente por convocatoria que les haga el respectivo alcalde. En este evento sesionarán por el término que señale el alcalde y únicamente se ocuparán de los asuntos que el mismo someta a consideración”.

 

Que con Oficio No. 20226010125122 (ALE) / 3062022 (JAL) la Presidenta de la Junta Administradora Local de Engativá manifiesta “La Junta Administradora Local de Engativá, se permite solicitar se convoque a la plenaria de la corporación a sesión extraordinaria para el viernes 01 de Julio del año en curso, con el fin de: 1) Someter a consideración de la plenaria la aceptación de la renuncia del EDIL BELISARIO NEIRA PAÉZ, con radicado 251, leída el 28 de junio de 2022. 2) Toma de posesión ante la Presidencia de la Junta Administradora Local de Engativá, de la curul vacante, según certificado emitido por la Registraduría Nacional del Estado Civil, radicado 307 del 30 de junio del 2022, donde consta en orden de votación el ciudadano JOHAN MANUEL ANGULO OLIVEROS.” (Subrayado y negrilla fuera de texto).

 

Que se hace necesario convocar a la Junta Administradora Local de Engativá a sesiones extraordinarias para darle trámite a los temas “1) Someter a consideración de la plenaria la aceptación de la renuncia del EDIL BELISARIO NEIRA PAÉZ, con radicado 251, leída el 28 de junio de 2022. 2) Toma de posesión ante la Presidencia de la Junta Administradora Local de Engativá, de la curul vacante, según certificado emitido por la Registraduría Nacional del Estado Civil, radicado 307 del 30 de junio del 2022, donde consta en orden de votación el ciudadano JOHAN MANUEL ANGULO OLIVEROS”.

 

Que, en mérito de lo anteriormente expuesto,

 

DECRETA:

 

Artículo 1. Convocar a Sesiones Extraordinarias a la Junta Administradora Local de Engativá el primero (01) de julio de 2022.

 

Artículo 2. En las sesiones extraordinarias, la Junta Administradora Local de Engativá se ocupará de tratar los temas “1) Someter a consideración de la plenaria la aceptación de la renuncia del EDIL BELISARIO NEIRA PAÉZ, con radicado 251, leída el 28 de junio de 2022. 2) Toma de posesión ante la Presidencia de la Junta Administradora Local de Engativá, de la curul vacante, según certificado emitido por la Registraduría Nacional del Estado Civil, radicado 307 del 30 de junio del 2022, donde consta en orden de votación el ciudadano JOHAN MANUEL ANGULO OLIVEROS”.

 

Artículo 3.  Una vez la Junta Administradora Local de Engativá aborde, analice, sintetice, y concluya los temas relacionados con el objeto de la convocatoria, se darán por terminadas las respectivas sesiones extraordinarias, periodo que no podrá superar el primero (01) de julio de 2022.

 

Artículo 4.  Publíquese el presente Decreto en la Imprenta Distrital.

 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dado en Bogotá, D.C., el 01 día del mes de julio del año 2022.

 

ÁNGELA MARIA MORENO TORRES

 

Alcaldesa Local de Engativá