Cargando el Contenido del Documento
Por favor espere...

Resolución 547 de 1930 Ministerio de Salud - Dirección Nacional de Higiene y Asistencia Pública

Fecha de Expedición:
30/01/1930
Fecha de Entrada en Vigencia:
01/02/1930
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCION 547 DE 1930

(Enero 30)

Por el cual se modifica la marcada con el número 477 sobre reglamentación del servicio de parteras.

EL DIRECTOR NACIONAL DE HIGIENE Y ASISTENCIA PÚBLICA,

En uso de sus facultades legales, y

Ver el Acuerdo Distrital 15 de 1934

RESUELVE:

ARTICULO 1 Las licencias que la Resolución número 477 de la Dirección Nacional de Higiene y Asistencia Pública exige a las personas que presten sus servicios como parteras se dividen así: de primera y de segunda clase.

ARTÍCULO 2 Se conceden licencias de primera clase a las personas que presenten diploma de una escuela nacional o extranjera que acredite su idoneidad; o a las que se sometan a un examen ante un jurado de tres profesores nombrados por el Director Nacional de Higiene y Asistencia pública, y presidido por el Director de higiene municipal.

Las personas que soliciten el examen pagarán a cada uno de los médicos la cantidad de dos pesos con cincuenta centavos.

ARTÍCULO 3 El Director de higiene municipal formará, de acuerdo con los miembros del Jurado, el programa para los exámenes de que trata el artículo anterior.

ARTÍCULO 4 Esta resolución regirá desde el día primero de febrero del presente año.

COMUNÍQUESE Y CUMPLASE

Dada en Bogotá, a 30 de enero de 1930

PABLO GARCIA MEDINA