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Resolución 564 de 1930 Ministerio de Salud - Dirección Nacional de Higiene y Asistencia Pública

Fecha de Expedición:
28/06/1930
Fecha de Entrada en Vigencia:
28/06/1930
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCION 564 DE 1930

(Junio 28)

Por el cual se adiciona la número 180 sobre expendio de leches

EL DIRECTOR NACIONAL DE HIGIENE Y ASISTENCIA PÚBLICA,

En uso de sus facultades legales, y

Ver el Acuerdo Distrital 80 de 1964

RESUELVE:

ARTICULO UNICO –Adicionase el artículo 3 de la resolución número 180 de 1922, sobre expendio de leches, en la siguiente forma:

Puede permitirse la venta de leche descremada parcial o totalmente, o la mezcla de leche natural con leche descremada, siempre que en el envase que la contenga y en el lugar de su venta o expendio se coloque un aviso que diga: "Leche descremada" La autoridad sanitaria se encargará de vigilar el cumplimiento de este requisito.

COMUNÍQUESE Y CUMPLASE

Dada en Bogotá, a 28 de junio de 1930

PABLO GARCIA MEDINA