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Resolución 718 de 2022 Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá -ESP

Fecha de Expedición:
01/08/2022
Fecha de Entrada en Vigencia:
03/08/2022
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 7494 del 3 de agosto de 2022.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 718 DE 2022

 

(Agosto 01)

 

Por Medio de la cual modifica la Resolución 373 de 26 de abril de 2022 de delegación de funciones

 

la Gerente General de la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá-Esp

 

En ejercicio de sus funciones y, en especial, de las conferidas en el artículo décimo octavo literal A., numeral 13; literal C., numeral 3 del Acuerdo 05 de 2019 de la Junta Directiva, por el cual se adopta el marco estatutario de la EAAB–ESP, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que mediante la Resolución 373 de 26 de abril de 2022, expedida por la Gerente General de la EAABESP, se actualizó la regulación interna respecto de la delegación de algunas funciones en los servidores públicos del nivel directivo de la EAAB-ESP, acorde con las necesidades de la entidad y sin perjuicio de que el Gerente General pueda retomar en cualquier momento las funciones delegadas o reasignarlas en otros funcionarios; así como fijar otras disposiciones a tener en cuenta por el ordenador del gasto en materia de adquisición de bienes o servicios de características técnicas uniformes.

 

Que el Gobierno Nacional mediante el Decreto 1068 de 2015 expidió el Decreto Único Reglamentario del Sector Hacienda y Crédito Público, que contiene las disposiciones para administración de excedentes de liquidez y deuda pública.

 

Que el “Manual Operativo Presupuestal - Empresas Industriales y Comerciales del Distrito Capital – EICD” en el Módulo 4 - numeral 8.2. Créditos de Tesorería del título “Disposiciones Varias”, se indica que los Créditos de Tesorería son operaciones que no requieren cupo ni tampoco autorización alguna y que se utilizan para atender de manera exclusiva situaciones temporales de iliquidez durante la vigencia fiscal.

 

Que la formalización de Créditos de Tesorería debe realizarse por quien cuente con la representación legal de la EAAB-ESP, por lo que es necesario adicionar la Resolución 373 de 26 de abril de 2022 para incluir la delegación en la Gerencia Corporativa Financiera, de la representación de la EAAB-ESP para suscribir obligaciones, contratos y garantías para el desembolso de Créditos de Tesorería, sin que en conjunto superen el 10% de los ingresos corrientes en la vigencia fiscal en el que se contraten.

 

Que, en mérito de lo expuesto,

 

RESUELVE:

 

Artículo 1. Modificar el artículo sexto de la Resolución 373 del 26 de abril de 2022, en el aparte “En el Gerente Corporativo Financiero”; para adicionar el literal e. el cual quedará así:

 

e. Suscribir obligaciones, contratos y garantías necesarias para el desembolso de Créditos de Tesorería, sin que en conjunto superen el 10% de los ingresos corrientes en la vigencia fiscal en el que se contraten.

 

Artículo 2. Los demás artículos de la Resolución 373 del 26 de abril de 2022, no modificados se mantienen vigentes en todas sus partes.

 

Artículo 3. VIGENCIA: La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.

 

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dada en Bogotá, D.C., a los 01 días del mes de agosto del año 2022.

 

CRISTINA ARANGO OLAYA

 

Gerente General