Cargando el Contenido del Documento
Por favor espere...

Decreto Local 010 de 2022 Alcaldía Local de Antonio Nariño

Fecha de Expedición:
30/09/2022
Fecha de Entrada en Vigencia:
05/09/2022
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 7546 del 4 de octubre de 2022.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO LOCAL 010 DE 2022

 

(Septiembre 30)

 

Por medio del cual se convoca a sesiones extraordinarias a la Junta Administradora Local de Antonio Nariño para el periodo comprendido del 03 al 05 de octubre de 2022, inclusive

 

LA ALCALDESA LOCAL DE ANTONIO NARIÑO,

 

En uso de sus facultades legales y en especial las conferidas en el artículo 71 del Decreto Ley 1421 de 1993, artículo 50 del Acuerdo Local 02 de 2018 y,

 

CONSIDERANDO:

 

Que el Artículo 71 del Decreto Ley 1421 de 1993 establece que las Juntas Administradoras Locales se reunirán, ordinariamente, por derecho propio, cuatro veces al año, así: el primero (1°) de marzo, el primero (1°) de junio, el primero (1°) de septiembre y el primero (1°) de diciembre. Cada vez las sesiones durarán treinta (30) días prorrogables, a juicio de la misma Junta hasta por cinco (5) días más.

 

Que el inciso segundo de la misma disposición prevé que los ediles se reunirán extraordinariamente por convocatoria que les haga el respectivo alcalde; en cuyo caso sesionarán por el término que señale el alcalde local, ocupándose únicamente de los asuntos que se sometan a su consideración.

 

Que en atención al artículo 3 del Acuerdo 110 del 2003 “Por el cual se crean los Consejos Tutelares de los derechos de los niños y niñas en el Distrito Capital”, dispone que:

 

“Artículo 3: Estructura Organizacional. Podrán existir Consejos Tutelares de los derechos de los niños y de las niñas en toda comunidad sea barrio, desarrollo urbano homogéneo reconocido jurídicamente o vereda; en los Corregimientos, en las Unidades de Planeación Zonal (UPZ), en cada Localidad y en el Distrito Capital.

 

Los Consejos Tutelares de los derechos de la niñez estarán conformados por:

 

a. Nivel Comunidad: Tendrá un número mínimo de cinco (5) miembros.

 

b. Nivel Corregimiento o Unidad de Planeación Zonal (UPZ): Tres (3) representantes designados por cada Consejo Tutelar de Comunidad.

 

c. Nivel Localidad: Tres (3) representantes designados por cada Consejo Tutelar de UPZ.

 

d. Nivel Distrital: Un representante designado por cada uno de los veinte (20) Consejos Tutelares Locales

 

(…)”

 

Que en atención al artículo 3 del Acuerdo 110 del 2003, surge una petición ciudadana ante la Junta Administradora Local de Antonio Nariño, para crearse formalmente el Consejo Local Tutelar de los Niños, Niñas y Adolescente, con la finalidad de tener participación en el Consejo Distrital Tutelar de los Niños, Niñas y Adolescente, con la finalidad de poder hacer parte en la formulación y el seguimiento de políticas en la planeación del desarrollo local en el tema de infancia, y de seguimiento y veeduría a los proyectos, programas y presupuestos anuales.

 

Que de acuerdo con lo anteriormente mencionado, el Edil Carlos Morales presenta el proyecto de Acuerdo Local 003 del 2022 “Por medio del cual se promueve la conformación de los Consejos Local Tutelar de Niños, Niñas y Adolescentes, Comunitarios, UPZ y local de Antonio Nariño y se dictan otras disposiciones”, a consideración de los miembros de la Junta Administradora Local de Antonio Nariño para su aprobación.

 

Que mediante oficio 2022-651-005017-2 el Edil Víctor Manuel Silva Amaya Presidente de la JAL, solicita a la Alcaldesa Local convocar a la JAL a sesión extraordinaria en atención a lo señalado en el numeral 17 del artículo 24 del Acuerdo Local 02 de 2018[1]

 

Que el artículo 50 del Acuerdo Local 02 de 2018, dispone que la JAL sesionará extraordinariamente por convocatoria que haga el Alcalde Local por el término que este fije, sesiones donde únicamente se ocupará de los asuntos que el Alcalde(sa) someta a su consideración.

 

Que en atención a lo anterior, se hace necesario convocar a la Junta Administradora Local de Antonio Nariño a sesiones extraordinarias con el fin de que se ocupe de manera exclusiva, el análisis, discusión y posterior aprobación del proyecto Acuerdo Local 03 del 2022 “Por medio del cual se promueve la conformación de los Consejos Local Tutelar de Niños, Niñas y Adolescentes, Comunitarios, UPZ y localidad de Antonio Nariño y se dictan otras disposiciones”, de conformidad con lo señalado en las consideraciones anteriores

 

Que, en mérito de lo expuesto,

 

DECRETA:

 

Artículo 1. Convocar a la Junta Administradora Local de Antonio Nariño a sesiones extraordinarias del tres (03) al cinco (05) de octubre de 2022, con el objeto de analizar, discutir y aprobar el proyecto de Acuerdo Local 03 del 2022 “Por medio del cual se promueve la conformación de los Consejos Local Tutelar de Niños, Niñas y Adolescentes, Comunitarios, UPZ y local de Antonio Nariño y se dictan otras disposiciones”.

 

Artículo 2. Durante el término de convocatoria a sesiones extraordinarias la Junta Administradora Local de Antonio Nariño solamente se podrá ocupar de los asuntos que se someten a consideración mediante el presente Decreto Local.

 

Artículo 3. El presente Decreto Local rige a partir de la fecha de su expedición.

 

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dado en Bogotá, D.C., a los 30 días del mes de septiembre del año 2022.

 

MÓNICA ALEJANDRA DÍAZ CHACÓN

 

Alcaldesa Local Antonio Nariño

 

NOTA AL PIE DE PÁGINA.


[1] “Por medio del cual se modifica el reglamento interno de la Junta Administradora Local de Antonio Nariño”.