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RESOLUCIÓN 0623 DE 2022
(Octubre 11)
Por la cual se reglamenta la convocatoria y elección de los representantes de los empleados ante la Comisión de Personal para el periodo 2023-2024
EL SECRETARIO DISTRITAL DE SEGURIDAD, CONVIVENCIA Y JUSTICIA
En ejercicio de sus facultades legales, en especial las que le confieren la ley 909 de 2004, el Decreto 1083 de 2015, el Decreto Distrital No. 101 de 2004, y
CONSIDERANDO:
Que el numeral 1 del artículo 16 de la Ley 909 de 2004 establece que en todos los organismos y entidades reguladas por esa Ley, deberá existir una Comisión de Personal, conformada por dos (2) representantes de la Entidad u organismo designado por el nominador o por quien haga sus veces y dos (2) representantes de los empleados quienes deben ser de carrera administrativa, los cuales serán elegidos por votación directa de los empleados.
Que según el artículo 2.2.14.2.1., del Decreto 1083 de 2015 el Jefe de la Entidad convocará a elecciones para la elección de los representantes de los empleados en la Comisión de Personal y los suplentes, con una antelación no inferior a treinta (30) días hábiles al vencimiento del respectivo periodo.
Que de conformidad con el Artículo 2.2.14.2.13 del Decreto 1083 de 2015 los representantes de los empleados en la Comisión de Personal y sus suplentes serán elegidos para períodos de dos (2) años, que se contarán a partir de la fecha de la comunicación de la elección y no podrán ser reelegidos para el período siguiente.
Que, en aras de conformar en la Secretaría Distrital de Seguridad Convivencia y Justicia, la Comisión de Personal, se hace necesario convocar a elecciones, a fin de elegir a los representantes de los empleados ante la citada Comisión, con sus respectivos suplentes y adoptar el procedimiento para adelantar el correspondiente proceso de elección.
Que de conformidad con el artículo 258 de la Constitución Política concordado con el artículo 53 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, así como el concepto 20202010366371 de la Comisión Nacional del Servicio Civil, es posible usar los medios electrónicos e informáticos para ejercer el derecho al voto y agotar o tramitar las actuaciones administrativas.
Que, en mérito de lo anterior,
RESUELVE:
Artículo 1. Establecer el procedimiento para la elección de los dos (2) representantes de los empleados y sus suplentes, ante la Comisión de Personal de la Secretaría Distrital de Seguridad, Convivencia y Justicia -SDSCJ, de conformidad con el artículo 2.2.14.2.4 del Decreto 1083 de 2015 para el periodo 2023-2024 así:
1.1. Divulgación de la Convocatoria: La convocatoria se divulgará el día lunes 24 de octubre de 2022 mediante correo electrónico institucional.
1.2. Fecha, hora y lugar de apertura y cierre de la votación: Las elecciones de los representantes de los empleados ante la Comisión de Personal se realizarán el día jueves 17 de noviembre de 2022, entre las 7:00 a.m. y las 4:00 p.m.
1.3. Funciones la Comisión de Personal:
De conformidad con el numeral 2 del artículo 16 de la Ley 909 de 2004, la Comisión de Personal, cumple entre otras, las siguientes funciones:
“a) Velar porque los procesos de selección para la provisión de empleos y de evaluación del desempeño se realicen conforme con lo establecido en las normas y procedimientos legales y reglamentarios y con los lineamientos señalados por la Comisión Nacional del Servicio Civil. Las citadas atribuciones se llevarán a cabo sin perjuicio de las facultades de la Comisión Nacional del Servicio Civil. Para el efecto, la Comisión de Personal deberá elaborar los informes y atender las solicitudes que aquella requiera;
b) Resolver las reclamaciones que en materia de procesos de selección y evaluación del desempeño y encargo les sean atribuidas por el procedimiento especial;
c) Solicitar a la Comisión Nacional del Servicio Civil la exclusión de la lista de elegibles de las personas que hubieren sido incluidas sin reunir los requisitos exigidos en las respectivas convocatorias, o con violación de las leyes o reglamentos que regulan la carrera administrativa. En el caso de no atenderse la solicitud, deberán informar de esta situación a la Comisión Nacional del Servicio Civil para que adopte las medidas pertinentes;
d) Conocer, en primera instancia, de las reclamaciones que formulen los empleados de carrera que hayan optado por el derecho preferencial a ser vinculados, cuando se les supriman sus empleos, por considerar que han sido vulnerados sus derechos;
e) Conocer, en primera instancia, de las reclamaciones que presenten los empleados por los efectos de las incorporaciones a las nuevas plantas de personal de la entidad o por desmejoramiento de sus condiciones laborales o por los encargos;
f) Velar porque los empleos se provean en el orden de prioridad establecido en las normas legales y porque las listas de elegibles sean utilizadas dentro de los principios de economía, celeridad y eficacia de la función administrativa;
g) Velar porque en los procesos de selección se cumplan los principios y reglas previstas en esta ley;
h) Participar en la elaboración del plan anual de formación y capacitación y en el de estímulos y en su seguimiento;
i) Proponer en la respectiva entidad la formulación de programas para el diagnóstico y medición del clima organizacional.” 1.4. Requisitos de los aspirantes y electores: De conformidad con los artículos 2.2.14.2.3 y 2.2.14.2.13 del Decreto 1083 de 2015, no podrán ser reelegidos los representantes y sus suplentes que hayan conformado en el periodo anterior la Comisión de Personal. Además, para ser aspirante a ser representante de los empleados en la citada Comisión, se deberá acreditar:
1.4.1 Ser empleado de carrera administrativa (con derechos de carrera o en periodo de prueba).
1.4.2 No haber sido sancionado disciplinariamente durante el año anterior a la fecha de la inscripción de la candidatura.
De conformidad con el artículo 3 del Decreto 498 de 2020, pueden participar como electores todos los empleados públicos de la Entidad (servidores de carrera, en período de prueba, vinculados mediante nombramiento provisional, empleados de planta temporal, empleados de período fijo, o de libre nombramiento y remoción).
1.5. Forma de inscripción de los candidatos:
Los candidatos deberán inscribirse ante la Dirección de Gestión Humana a través del medio que esta disponga. La herramienta para la inscripción contendrá al menos la siguiente información: 1) Nombres y apellidos completos, 2) Documento de identidad, 3) Dependencia, 4) Cargo, 5) Foto reciente, 6) Firma y 7) manifestación de querer hacer parte de la Comisión de Personal.
1.6. Fechas para la inscripción:
Las inscripciones se llevarán a cabo entre las 7:00 am del martes 25 de octubre de 2022 y las 4:30 pm del lunes 31 de octubre de 2022.
Si dentro de dicho término no se inscriben por lo menos cuatro (4) candidatos, o los inscritos no acreditan los requisitos mínimos, el término para inscripciones se prorrogará hasta las 4:30 pm del martes 8 de noviembre de 2022.
1.7. Divulgación de inscritos, lista de votantes y designación de jurados:
La Dirección de Gestión Humana, el día hábil siguiente al vencimiento del término previsto para la inscripción de candidatos o de su prórroga, divulgará a través de correo electrónico institucional, la lista de inscritos que hubiesen reunido los requisitos exigidos.
Dentro de los tres (3) días siguientes a la divulgación de los inscritos, la Dirección de Gestión Humana designará tres (3) jurados de votación a los cuales se les notificará mediante correo electrónico institucional, el día hábil siguiente a su designación.
Durante los dos (2) días anteriores a la elección, la Dirección de Gestión Humana divulgará a través de correo electrónico institucional, la lista de votantes.
A través de medios tecnológicos se realizará la votación, de tal manera que garantice el derecho al voto para todos los servidores.
1.8. Fecha, hora y lugar para el escrutinio y declaración de los candidatos electos:
El escrutinio se realizará mediante la herramienta dispuesta por la Dirección de Gestión Humana para reuniones virtuales, el día jueves 17 de noviembre de 2022 a las 4:30 p.m. Cerrada la votación, uno de los miembros del jurado leerá en voz alta el número total de sufragantes y dejará constancia en el acta de escrutinio.
Parágrafo. Durante todo el proceso de votación se contará con el acompañamiento de un servidor de la Oficina de Control Interno de la SDSCJ, designado para el proceso de elecciones. Los jurados procederán a realizar el escrutinio y diligenciarán el acta con el número de votos emitidos a favor de cada candidato, nulos y en blanco.
El acta se leerá en voz alta y los jurados entregarán a través del correo electrónico institucional a la Directora de Gestión Humana los votos y demás documentos utilizados. El acta de escrutinio será firmada por los miembros del jurado de votación y por el servidor designado por la Oficina de Control Interno.
1.9. Elección, periodo y vacancias de los candidatos elegidos:
El mayor número de votos elegirá en su orden a los representantes principales y después a los suplentes de los empleados ante la Comisión de Personal.
En caso de empate, la elección se decidirá al azar, mecanismo que será previsto por el designado por la Oficina de Control Interno.
Los representantes de los empleados en la Comisión de Personal y sus suplentes serán elegidos para periodos de dos (2) años contados a partir de la fecha de la comunicación de la elección.
Las vacancias temporales de los representantes de los empleados la Comisión de Personal, serán cubiertas por los suplentes. Así mismo, las vacancias definitivas serán cubiertas por los suplentes, y la de estos, serán cubiertas por los servidores inscritos en el proceso que hayan ocupado desde el quinto (5°) lugar en adelante en las votaciones.
Artículo 2. Publicaciones de elegidos y suplentes. El resultado de las votaciones será publicado por medios tecnológicos al interior de la Entidad.
Artículo 3. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá, D.C., a los 11 días del mes de octubre del año 2022.
ANÍBAL FERNÁNDEZ DE SOTO CAMACHO
Secretario Distrital de Seguridad, Convivencia y Justicia |