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DECRETO LOCAL 019 DE 2022
(Septiembre 22)
Por el cual se modifican las fechas del proceso de elección para conformar el Consejo Local de Protección y Bienestar Animal
EL ALCALDE LOCAL DE PUENTE ARANDA
En uso de sus facultades legales y en especial las conferidas en el artículo 86 del Decreto Ley 1421 de 1993, modificado por la Ley 2116 de 2021 y
CONSIDERANDO:
Que la ley 2116 de 2021 en su artículo 11 modifica el artículo 86 del decreto ley 1421 de 1993 donde se establecen las atribuciones correspondientes a los alcaldes Locales y dentro de las cuales en su numeral 04 determina la posibilidad de “reglamentar los respectivos Acuerdos locales”.
Que se expidió el Decreto Local 013 de 2022 por parte del Alcalde Local de Puente Aranda, por medio del cual se convocó a los ciudadanos para conformar el Consejo Local de Protección y Bienestar Animal, donde se inscribieron dos (2) candidatos para el proceso electoral de once 11 sectores.
Que teniendo en cuenta que tampoco se logró el mínimo de candidatos fue necesario invitar nuevamente a la comunidad para conformar el consejo. Que se convocó nuevamente bajo Decreto Local 014 de 2022 por parte del Alcalde Local de Puente Aranda, por el cual se convoca nuevamente a los ciudadanos para conformar el Consejo Local de Protección y Bienestar Animal, en las fechas establecidas para la inscripción se cuentan con seis (6) candidatos que no logra el proceso electoral de once 11 sectores que deben conformar. Que en dicho decreto se estableció el siguiente cronograma:
Que teniendo en cuenta que tampoco se logró el mínimo de candidatos fue necesario invitar nuevamente a la comunidad para conformar el consejo. Que se convocó nuevamente bajo Decreto Local 014 de 2022 por parte del Alcalde Local de Puente Aranda, por el cual se convoca nuevamente a los ciudadanos para conformar el Consejo Local de Protección y Bienestar Animal, en las fechas establecidas para la inscripción se cuentan con seis (6) candidatos que no logra el proceso electoral de once 11 sectores que deben conformar.
Que en dicho decreto se estableció el siguiente cronograma:
Que teniendo en cuenta que tampoco se logró el mínimo de candidatos es necesario convocar nuevamente a la comunidad para conformar el consejo, que en reunión del 14 de septiembre de 2022 realizada entre las entidades interesadas, se evaluó la situación y se concluyó que era necesario ampliar las fechas para permitir un mayor número de inscritos para el proceso de elección para conformar el Consejo Local de Protección y Bienestar Animal.
En mérito de lo expuesto,
DECRETA:
Artículo 1. Modifíquese el cronograma para el proceso de elección de los consejeros locales de protección y bienestar animal con las siguientes fechas:
Artículo 2. Ratifíquese como elector del proceso a todo ciudadano mayor de 14 años validando su participación con el documento de identidad original y que resida o demuestre arraigo en la Localidad de Puente Aranda mediante copia de un recibo de servicio público (agua, luz, gas).
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Se expide en Bogotá, D.C., a los 22 días del mes de septiembre del año 2022.
JUAN PABLO BELTRÁN VARGAS
Alcalde Local de Puente Aranda |