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RESOLUCIÓN 232 DE 2022
(Octubre 11)
Por la cual se convoca a la elección de un Representante por parte de los empleados ante el Comité de Convivencia Laboral del Instituto Distrital de Turismo – IDT
EL DIRECTOR GENERAL DEL INSTITUTO DISTRITAL DE TURISMO
En uso de sus facultades legales y en especial las que le confiere el literal e) del Artículo 5 del Acuerdo Nro.275 de 2007 de Concejo de Bogotá, D.C., así como el literal e) del artículo 18 del Acuerdo Nro.01 de 2007 de la Junta Directiva, y el literal n) del artículo 4° del Acuerdo 008 de 2016, modificado por el Acuerdo 006 de 2019 de la Junta Directiva.
CONSIDERANDO:
Que el Instituto Distrital de Turismo – IDT es un establecimiento público del orden distrital, con personería jurídica, autonomía administrativa y financiera, y patrimonio propio, adscrito a la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico, creado mediante Acuerdo Distrital Nro. 275 de 2007.
Que de conformidad con la Resolución 652 de 2012 proferida por el Ministerio de Trabajo “Por la cual se establece la conformación y funcionamiento del Comité de Convivencia Laboral en entidades públicas y empresas privadas y se dictan otras disposiciones”, y en consideración al Decreto Distrital 437 de 2012 “Por medio del cual se establecen las funciones del Comité de Convivencia Laboral, y se modifica parcialmente el Decreto Distrital 515 de 2006”, se debe constituir al interior del Instituto Distrital de Turismo el Comité de Convivencia Laboral.
Que la Resolución 1356 de 2012 “Por la cual se modifica parcialmente la Resolución 652 de 2012”, en su Artículo 1º señala que el Comité de Convivencia Laboral estará compuesto por dos (2) representantes del empleador y dos (2) de los trabajadores, con sus respectivos suplentes. Según esta resolución, las entidades públicas y empresas privadas podrán de acuerdo a su organización interna designar un mayor número de representantes, los cuales en todo caso serán iguales en ambas partes.
Que para el caso del Instituto Distrital de Turismo – IDT y de conformidad con el Decreto Distrital en comento el Comité estará conformado por cuatro (4) miembros, dos (2) representantes de los trabajadores y dos (2) del empleador, todos con sus respectivos suplentes.
Que el empleador, en este caso, la Dirección General de la Entidad, designará directamente a sus representantes y los trabajadores elegirán los suyos a través de votación secreta que represente la expresión libre, espontánea y auténtica de todos los trabajadores, y mediante escrutinio público.
Que el Comité de Convivencia Laboral no podrá conformarse con servidores públicos a los que se les haya formulado una queja de acoso laboral, o que hayan sido víctimas de acoso laboral, en los últimos seis (6) meses anteriores a su conformación.
Que están facultados para elegir y ser elegidos todo el personal de planta del Instituto, vinculados mediante una relación laboral legal y reglamentaria, distintos a quienes pertenezcan a los niveles Directivo y Asesor.
Que la Subdirección de Gestión Corporativa acreditará que los aspirantes a ser elegidos ostenten al momento de la inscripción la calidad de empleados de planta del Instituto Distrital de Turismo.
Que el período de los miembros del Comité de Convivencia será de dos (2) años, que se contará desde la fecha de la comunicación de la elección y/o designación.
Que la mediante la Resolución No.056 del 7 de abril de 2021, se convocó a los servidores de planta del Instituto Distrital de Turismo a participar en el proceso de elección de sus dos (2) representantes y sus respectivos suplentes en el Comité de Convivencia Laboral para el periodo 2021 – 2023.
Que mediante la Resolución No.066 del 27 de abril de 2021 “Por la cual se conforma el Comité de Convivencia Laboral del Instituto Distrital de Turismo para el periodo 2021 -2023 y se reglamentan sus funciones”, como representantes del empleador designo al cargo de Jefe de la Oficina Jurídica y al cargo de Subdirector/a Técnico de Gestión de Destino, y como representantes de los trabajadores los servidores públicos:
Principal: ZULMA XIMENA WALTEROS AVILA
Suplente: RENE GUARIN CORTES
Que mediante la Resolución 224 del 28 de septiembre de 2022 le fue concedida a partir del 3 de octubre de 2022 una comisión para ejercer un empleo de libre nombramiento en otra entidad al servidor RENE GUARÍN CORTES.
Que, dada la separación del empleo de uno de los representantes de los trabajadores y en consecuencia, por ser un ente de vital importancia para el clima laboral y la armonía institucional, se hace necesario convocar a elecciones para elegir al Representante al Comité de Convivencia Laboral para la finalización del período 2021-2023.
Que, en mérito de lo anteriormente expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1. Convocar a la elección de un (1) Representante en el Comité de Convivencia Laboral para la finalización del periodo 2021-2023, comicios que tendrán lugar el día veintiuno (21) de octubre de 2022.
Parágrafo 1. La citada elección se hará de manera virtual, logística que será organizada e informada por la Subdirección de Gestión Corporativa.
Parágrafo 2. Están facultados para elegir y ser elegidos todo el personal de planta del Instituto que se encuentra vinculado mediante una relación laboral legal y reglamentaria, exceptuando el nivel Directivo y Asesor.
ARTÍCULO 2. Los (as) candidatos(as) podrán inscribir su nombre en la Subdirección de Gestión Corporativa, dependencia que será responsable de verificar el cumplimiento del proceso y de suministrar los elementos necesarios para su normal desarrollo, así como acreditar que los aspirantes ostenten al momento de la inscripción la calidad de empleados de planta del Instituto Distrital de Turismo.
ARTÍCULO 3. Los(as) candidatos(as) podrán inscribir su nombre en la Subdirección de Gestión Corporativa, del 10 al 14 de octubre de 2022, inclusive, dentro de la jornada laboral.
ARTÍCULO 4. El representante de los empleados que resultare elegido en este proceso ejercerá sus funciones durante el resto del periodo hasta el 26 de abril de 2023.
ARTÍCULO 5. La presente Resolución rige a partir de la fecha de expedición.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá D. C., a los 11 días del mes de octubre del año 2022.
ANDRÉS ORLANDO CLAVIJO RANGEL
Director General
Nota: Ver norma original en Anexos. |