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Decreto 186 de 1955 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
23/03/1955
Fecha de Entrada en Vigencia:
23/03/1955
Medio de Publicación:
Registro Municipal
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO 186 DE 1955

(Marzo 23)

Derogado por el art. 581, Decreto Único Sectorial 652 de 2025.

"Por el cual se dicta una disposición sobre taxímetros"

El ALCALDE MAYOR DEL D.E. DE BOGOTA,

en uso de sus facultades legales, y

Ver el art. 78, Decreto Nacional 1344 de 1970 ,Ver el Decreto Distrital 167 de 1998

DECRETA:

ARTÍCULO 1. A partir de la fecha del presente Decreto las Agencias vendedoras de taxímetros y los Talleres dedicados a la reparación de los mismos, deberán proveerse de una licencia expedida por la Secretaria de Transito y Transportes.

ARTÍCULO 2. La Secretaría de Transito y transportes queda autorizada para reglamentar dicho servicio.

ARTÍCULO 3. Este Decreto rige desde la fecha de su expedición.

COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE

Dada en Bogotá D.E. a 23 de Marzo de mil novecientos cincuenta y cinco

ROBERTO SALAZAR GÓMEZ,

Alcalde Mayor,

Tte. De Frag. JAIME GONZÁLEZ JARAMILLO

Secretario de Tránsito y Transportes