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RESOLUCIÓN 661 DE 2022
(Octubre 28)
Por la cual se establece el calendario de los exámenes Icfes Saber 11, Validación del Bachillerato y Pre-Saber del año 2023
El Director General del Instituto Colombiano para la Evaluación de la Educación (Icfes), en ejercicio de sus atribuciones legales y en especial las conferidas por la Ley 1324 de 2009, por el numeral 9° del artículo 9° del Decreto 5014 de 2009, y
CONSIDERANDO:
Que el Estado en el ejercicio de su función de inspección y vigilancia de la educación tiene el deber de valerse de exámenes de Estado y otras pruebas externas, para medir el nivel de cumplimiento de sus objetivos y buscar el mejoramiento continuo de la educación (art. 1°, Ley 1324 de 2009).
Que un examen de Estado es el que presentan las personas que terminan el nivel de educación media (art. 3°, Ley 1324 de 2009).
Que el Icfes tiene entre sus funciones la de desarrollar la fundamentación teórica, y diseñar, elaborar y aplicar instrumentos de evaluación de la calidad de la educación, dirigidos a los estudiantes de los niveles de educación básica, media y superior, de acuerdo con las orientaciones que para el efecto defina el Ministerio de Educación Nacional (art. 12, num. 2, Ley 1324 de 2009).
Que el examen de Estado de la Educación Media, Icfes - Saber 11 que aplica el Icfes, es un instrumento estandarizado para la evaluación externa (art. 2.3.3.3.7.1., Decreto 1075 de 2015).
Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.3.3.3.7.2 del Decreto 1075 de 2015, el Icfes tiene la función de fijar el calendario de aplicación del examen Saber 11.
Que el Icfes también tiene la competencia de ofrecer un examen de ensayo con características similares al examen Saber 11, denominado Pre Saber, que no sustituye ningún requisito para el ingreso a la educación superior (art. 2.3.3.3.7.3., Decreto 1075 de 2015).
Que el Icfes igualmente está facultado para programar, diseñar, administrar y calificar un examen de validación del bachillerato, cuya aprobación da lugar a que la persona obtenga el título de bachiller (art. 2.3.3.3.4.3.1., Decreto 1075 de 2015).
Que el Icfes mediante la Resolución 675 de 2019 definió el plazo para reclamación contra las etapas de registro, de solicitud de abono, de publicación de citaciones, y de resultados individuales, de igual forma, a través de la Resolución 268 de 2020 dispuso el plazo de reclamación contra la clasificación de planteles.
Que con el objetivo de establecer el calendario de los exámenes Icfes Saber 11, validación del bachillerato y Pre Saber; y que el público conozca dicho calendario, se hace necesario expedir la presente resolución.
Por lo anteriormente expuesto,
RESUELVE:
Artículo 1°. Establézcase el cronograma de los exámenes Icfes Saber 11, Pre-Saber y Validación del Bachillerato para la vigencia 2023, así:
2. Modificado por el art. 1 del la Resolución 193 de 2023. <El nuevo texto es el siguiente> Examen Saber 11, Pre Saber y Validación de Bachillerato – Calendario A
El texto original era el siguiente:
Artículo 2°. La presente resolución rige a partir de su expedición.
Artículo 3°. Publíquese en el Diario Oficial y en la página web del Icfes.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá, D. C., a los 28 días del mes de octubre del año 2022.
ANDRÉS MOLANO FLECHAS.
Director General |
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