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Resolución 196 de 2022 Departamento Administrativo de la Defensoría del Espacio Público - Dadep - Subdirección de Administración Inmobiliaria y Espacio Público

Fecha de Expedición:
08/07/2022
Fecha de Entrada en Vigencia:
24/11/2022
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 7583 del 24 de noviembre de 2022.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 196 DE 2022

 

(Julio 08)

 

Por medio de la cual la Comisión Intersectorial del Espacio Público prorroga el término para la exención de pago para la actividad de aprovechamiento económico

 

EL SUBDIRECTOR DE ADMINISTRACIÓN INMOBILIARIA Y ESPACIO PÚBLICO DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA DEFENSORÍA DEL ESPACIO PÚBLICO

 

En uso de sus facultades legales, en especial las que le confiere el numeral 14 artículo 2 del Decreto 138 de 2002 modificado parcialmente por el Decreto Distrital 092 de 2006, el artículo 27 del Decreto 552 de 2018 y

 

CONSIDERANDO:

 

Que mediante el artículo 38 del Decreto 546 de 2007, modificado por el art. 9 del Decreto Distrital 375 de 2019, establece que la Comisión Intersectorial del Espacio Público del Distrito Capital tendrá entre otras las siguientes funciones:

 

1. Coordinar la implementación de la política de espacio público definida para garantizar la efectividad de los derechos en el Distrito Capital.

 

2. Concertar las acciones necesarias para garantizar una estructura actualizada, de manera eficaz y eficiente, del Sistema Distrital de Gestión del Espacio Público y sus diferentes instrumentos, sistemas, procedimientos e instancias, en armonía con las políticas, estrategias, programas y proyectos establecidos por el Plan Maestro de Espacio Público y el Plan de Ordenamiento territorial.

 

3. Conocer, concertar y articular las acciones para garantizar una adecuada distribución y coordinación de funciones en lo relacionado con la sostenibilidad, la financiación, la generación, el mantenimiento, la conservación, el manejo, y la gestión del espacio público.

 

4. Coordinar la implementación de los instrumentos y procedimientos de la política distrital para la administración y aprovechamiento económico del espacio público vigente.

 

5. Conocer y aprobar, como requisito previo, los proyectos de actos administrativos que las entidades distritales elaboren, siempre que tengan como fin, reglamentar actividades de aprovechamiento económico del espacio público.

 

Que mediante Decreto Distrital 552 de 2018 se adoptó el Marco Regulatorio del Aprovechamiento Económico del Espacio Público en el Distrito Capital de Bogotá. En el artículo 8° del citado, se regulan las actividades de aprovechamiento económico permitidas en el espacio público y en el artículo 10° se determinan los espacios públicos y actividades permitidas.

 

Que el artículo 27 del Decreto 552 de 2018, establece las actividades exentas de aprovechamiento económico, así:

 

“... Actividades exentas del pago por aprovechamiento económico. Estarán exentas del pago de la retribución por aprovechamiento económico las actividades que demuestren beneficios directos mayores a la retribución estimada para la ciudad por el desarrollo de estas.

 

La Entidad Gestora del Aprovechamiento Económico del Espacio Público deberá elevar solicitud escrita a la Comisión Intersectorial del Espacio Público - CIEP. La solicitud deberá incluir la valoración del beneficio que implica la exención por parte de la entidad solicitante. Con fundamento en el acta de la reunión de la Comisión Intersectorial del Espacio Público - CIEP, la entidad que ejerza la Secretaría Técnica de la Comisión expedirá un acto motivado en donde materializa la decisión de la Comisión”.

 

Que el artículo 1° del Decreto Distrital 583 de 2012, le otorga al Departamento Administrativo de la Defensoría del Espacio Público - DADEP la función de Secretaría Técnica de la Comisión Intersectorial del Espacio Público - CIEP, para lo cual el 30 de enero de 2016, la directora del DADEP delegó las funciones de la Secretaría Técnica de la CIEP en la Subdirección de Administración Inmobiliaria y Espacio Público -SAI.

 

Que la secretaría de desarrollo económico SDDE, a través de la Subdirección de Intermediación Formalización y Regulación Empresarial, presentó ante la Secretaría técnica de la CIEP, solicitud el 22 de junio de la presente anualidad vía correo electrónico de “Exención de pago al evento Alimentarte Food Festival en el parque el virrey desarrollado por la Fundación Corazón Verde los días 13, 14, 15, 20 y 21 de agosto del 2022.”. Así mismo remitió alcance al documento el día 07 de julio de 2022.

 

Que la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico, fue designada como gestora de actividades de aprovechamiento económico en el espacio público para las actividades de Mercados Temporales de acuerdo, con el Artículo 8º del Decreto 552 de 2018, “Eventos temporales destinados a la comercialización de bienes que promuevan la competitividad de actividades comerciales de floricultores, libreros, anticuarios, ferias gastronómicas, joyeros, ferias de turismo, productores de objetos artísticos, tecnológicos y literarios” los cuales, por definición, son de temporalidad de corto plazo. De acuerdo con el Artículo 5º del Decreto 552 de 2018, “estas actividades de aprovechamiento económico del espacio público están condicionadas en el tiempo, no tienen vocación de permanencia, ni generan derechos adquiridos”. La exención permitirá apoyar la pronta recuperación del sector gastronómico y ofrecer soluciones para aportar en la liquidez de las empresas, y al mantenimiento y recuperación del empleo que éstas generan, a través del refuerzo de la promoción, la visibilización y el posicionamiento de los restaurantes y el sector gastronómico, sus productos y servicios y un trabajo estrecho con las instituciones del turismo y la gastronomía.

 

Que la secretaria de desarrollo económico SDDE, señala la actividad de Alimentarte como un evento que ofrece a los ciudadanos y visitantes de la ciudad de Bogotá un espacio de entretenimiento por medio del cual se promueve la Gastronomía Nacional e Internacional que ofrece la ciudad. Este festival, de ingreso gratuito para sus asistentes, cuenta con una oferta de restaurantes, mercados y emprendimientos variados que llevan lo mejor de su oferta para dar una experiencia gastronómica óptima para la familia y convertirlo en un ejercicio de convivencia e intercambio cultural en Bogotá.

 

Que, en sesión de 29 de junio del año 2022, se sometió a consideración ante la Comisión Intersectorial de espacio público la prórroga ““Exención de pago al evento Alimentarte Food Festival en el parque el virrey desarrollado por la Fundación Corazón Verde los días 13, 14, 15, 20 y 21 de agosto del 2022”, presentada la secretaría de desarrollo económico SDDE, a través de la Subdirección de Intermediación Formalización y Regulación Empresarial, la cual fue aprobada por la citada instancia.

 

Que, de acuerdo con lo anterior, el subdirector de Administración Inmobiliaria y Espacio Público del Departamento Administrativo de la Defensoría del Espacio Público - DADEP, en calidad de Secretaría Técnica de la Comisión del Espacio Público.

 

RESUELVE:

 

Artículo 1. Modificado por el art. 1, Resolución 297 de 2022. <El nuevo texto es el siguiente> Comunicar que la Comisión Intersectorial del Espacio Público - CIEP, en sesión de votación virtual final de fecha 05 de julio de 2022, aprobó la exención por valor de quinientos setenta y nueve millones quinientos cuatro mil cuatrocientos setenta y cuatro pesos MCTE ($579.504.474) por pago correspondiente a la exención de la retribución por el aprovechamiento económico del espacio público, presentada por Secretaría de Desarrollo Económico SDDE, a través de la Subdirección de Intermediación Formalización y Regulación Empresarial, para el desarrollo de Alimentarte Food Festival, la cual se llevará a cabo los días  6, 7, 12, 13 y 14 de noviembre del 2022 ; y la ocupación del letrero del evento con inicio el día 14 de octubre de 2022, en los siguientes espacios:  Parque el virrey norte - Parque Ecológico Virrey Norte, ubicado entre la calle 87 y calle 88, y entre las carreras 15 y autopista.


El texto original era el siguiente:

Artículo 1. Comunicar que la Comisión Intersectorial del Espacio Público - CIEP, en sesión de votación virtual final de fecha 05 de julio de 2022, aprobó la exención por valor de quinientos setenta y nueve millones quinientos cuatro mil cuatrocientos setenta y cuatro pesos MCTE ($579.504.474) por pago correspondiente a la exención de la retribución por el aprovechamiento económico del espacio público, presentada por Secretaría de Desarrollo Económico SDDE, a través de la Subdirección de Intermediación Formalización y Regulación Empresarial, para el desarrollo de Alimentarte Food Festival, la cual se llevará a cabo los días 13, 14, 15, 20 y 21 de agosto del 2022; y la ocupación del letrero del evento con inicio el día 22 de julio de 2022, en los siguientes espacios: Parque el virrey norte - Parque Ecológico Virrey Norte, ubicado entre la calle 87 y calle 88, y entre las carreras 15 y autopista.

 

Artículo 2. Contra la presente Resolución no procede recurso alguno en atención a lo establecido en el artículo 75 de la Ley 1437 de 2011 “Por el cual se expide el Código de Procedimiento Administrativo y de los Contenciosos Administrativo”, ya que se trata de un acto administrativo de carácter general.

 

Artículo 3. La presente resolución rige a partir de su fecha de su publicación, en el Diario Distrital de acuerdo lo establecido en el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011. Deberá igualmente publicarse en la página web del Departamento Administrativo de la Defensoría del Espacio Público - DADEP.

 

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

ARMANDO LOZANO REYES

 

Subdirector de Administración Inmobiliaria y Espacio Público - SAI 

Departamento Administrativo de la Defensoría del Espacio Público - DADEP

Secretaría Técnica de la Comisión Intersectorial del Espacio Público - CIEP

 

NOTA: Ver Anexos.