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Resolución 268 de 2022 Departamento Administrativo de la Defensoría del Espacio Público - Dadep - Subdirección de Administración Inmobiliaria y Espacio Público

Fecha de Expedición:
09/09/2022
Fecha de Entrada en Vigencia:
24/11/2022
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 7583 del 24 de noviembre de 2022.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 268 DE 2022

 

(Septiembre 09)

 

Por medio de la cual la Comisión Intersectorial del Espacio Público aprueba la exención de pago de actividad de aprovechamiento económico

 

EL SUBDIRECTOR DE ADMINISTRACIÓN INMOBILIARIA Y ESPACIO PÚBLICO DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA DEFENSORÍA DEL ESPACIO PÚBLICO

 

En uso de sus facultades legales, en especial las que le confiere el numeral 14 artículo 2 del Decreto 138 de 2002 modificado parcialmente por el Decreto Distrital 092 de 2006, el artículo 27 del Decreto 552 de 2018 y

 

CONSIDERANDO:

 

Que mediante el artículo 38 del Decreto 546 de 2007, modificado por el art. 9 del Decreto Distrital 375 de 2019, establece que la Comisión Intersectorial del Espacio Público del Distrito Capital tendrá entre otras las siguientes funciones:

 

1. Coordinar la implementación de la política de espacio público definida para garantizar la efectividad de los derechos en el Distrito Capital.

 

2. Concertar las acciones necesarias para garantizar una estructura actualizada, de manera eficaz y eficiente, del Sistema Distrital de Gestión del Espacio Público y sus diferentes instrumentos, sistemas, procedimientos e instancias, en armonía con las políticas, estrategias, programas y proyectos establecidos por el Plan Maestro de Espacio Público y el Plan de Ordenamiento territorial.

 

3. Conocer, concertar y articular las acciones para garantizar una adecuada distribución y coordinación de funciones en lo relacionado con la sostenibilidad, la financiación, la generación, el mantenimiento, la conservación, el manejo, y la gestión del espacio público.

 

4. Coordinar la implementación de los instrumentos y procedimientos de la política distrital para la administración y aprovechamiento económico del espacio público vigente.

 

5. Conocer y aprobar, como requisito previo, los proyectos de actos administrativos que las entidades distritales elaboren, siempre que tengan como fin, reglamentar actividades de aprovechamiento económico del espacio público.

 

Que mediante Decreto Distrital 552 de 2018 se adoptó el Marco Regulatorio del Aprovechamiento Económico del Espacio Público en el Distrito Capital de Bogotá, en cuyo artículo 8°, se regulan las actividades de aprovechamiento económico permitidas en el espacio público y en su artículo 10° se determinan los espacios públicos y actividades permitidas.

 

Que el artículo 27 del Decreto 552 de 2018, establece las actividades exentas de aprovechamiento económico, así

 

“... Actividades exentas del pago por aprovechamiento económico. Estarán exentas del pago de la retribución por aprovechamiento económico las actividades que demuestren beneficios directos mayores a la retribución estimada para la ciudad por el desarrollo de estas.

 

La Entidad Gestora del Aprovechamiento Económico del Espacio Público deberá elevar solicitud escrita a la Comisión Intersectorial del Espacio Público - CIEP. La solicitud deberá incluir la valoración del beneficio que implica la exención por parte de la entidad solicitante. Con fundamento en el acta de la reunión de la Comisión Intersectorial del Espacio Público - CIEP, la entidad que ejerza la Secretaría Técnica de la Comisión expedirá un acto motivado en donde materializa la decisión de la Comisión”.

 

Que el artículo 37 del Decreto Distrital 546 de 2007, modificado por el artículo 8 del Decreto 375 de 2019, le asigna al Departamento Administrativo de la Defensoría del Espacio Público - DADEP la función de Secretaría Técnica de la Comisión Intersectorial del Espacio Público del Distrito Capital - CIEP, en virtud de lo cual, el 30 de enero de 2016, la Directora del DADEP delegó las funciones de la Secretaría Técnica de la CIEP en la Subdirección de Administración Inmobiliaria y Espacio Público -SAI.

 

Que la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, es una entidad Gestora del Espacio Público, según el artículo 12 del Decreto Distrital 552 de 2018 - Marco Regulatorio del Aprovechamiento Económico del Espacio Público.

 

Que conforme a lo anterior, la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, presentó ante la Secretaría Técnica de la CIEP, solicitud de exención de pago por Aprovechamiento Económico en el Espacio Público Parque Metropolitano Simón Bolívar (Costado Nor-Oriental), para el evento denominado Festival de rock Latino Cordillera radicada por correo electrónico el 30 de agosto del 2022.

 

Que la Secretaría Distrital de Cultura, fundamentó la solicitud de exención así:

 

“Durante los últimos años, varios festivales de gran formato se han ido de Bogotá por sus altos costos y trámites administrativos, tales como: Estereopicnic, La Solar, Jamming Festival, Coliseo Live.

 

Es Fundamental para Bogotá poder atraer a estos festivales de más de un día o de gran Formato con el fin de reactivar no solo la economía, sino el turismo, y la oferta cultural entre otros múltiples beneficios para la ciudad. Por ello, la ejecución del Festival Cordillera contribuye a la creación de públicos; abriendo nuevos mercados para las artes. A través de los festivales se fomenta la convivencia, se genera tejido social y se promueven actitudes de respeto a las diferencias y el entendimiento de distintos grupos poblacionales. Cordillera fomenta y aporta a la cultura promoviendo y reconociendo prácticas artísticas musicales y garantizando un impacto integral e incluyente sobre la ciudad, favoreciendo el ejercicio libre y creativo de los derechos culturales de todos y todas, mediante una Alianza estratégica.

 

Así mismo al contemplar espacios de activación de marca y un espacio para emprendedores y artesanos contribuye al fortalecimiento de la iniciativa institucional del Sector Cultura, Recreación y Deporte, que está en cabeza del IDRD, denominada Clúster del Deporte, la cual reúne iniciativas comerciales de la Economía del Deporte en el Distrito.

 

Igualmente, el Festival Cordillera es una actividad recreativa para la utilización del tiempo libre, e impulsa al posicionamiento del Parque Metropolitano Simón Bolívar para ser el primero en Latinoamérica con búsqueda de carbono neutro, al desarrollar la estructura de compostaje y reciclaje”.

 

Que, en este sentido, en sesión Virtual Ordinaria No. 3 del 07 de septiembre del año 2022 de la Comisión Intersectorial de Espacio Público del Distrito Capital – CIEP, se presentó y sometió a su consideración la solicitud de “exención de pago por Aprovechamiento Económico en el Espacio Público del Parque Metropolitano Simón Bolívar (Costado Nor-Oriental), para el evento denominado “Festival de rock Latino Cordillera”, presentada por la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte.

 

Que, conforme al acta de la sesión, esta contó con quorum deliberatorio y decisorio, contando con la asistencia de 08 entidades.

 

- Secretaria Distrital de Planeación

 

- Secretaría Distrital Desarrollo Económico

 

- Secretaría Distrital de Salud

 

- Secretaría Distrital de Movilidad

 

- Secretaría Distrital de la Mujer

 

- Secretaría Distrital de hacienda

 

- Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte

 

- Departamento Administrativo de la Defensoría del Espacio

 

Que en el marco de la sesión se hizo la presentación de la fundamentación de la solicitud de exención y se adelantó el debate correspondiente por parte de los integrantes presentes en la sesión. En este sentido, durante el desarrollo de la sesión, los integrantes de la Comisión señalaron, entre otras cosas:

 

La Doctora Catalina Valencia, Secretaria de Cultura, Recreación y Deporte señala respecto de este evento, como otros que se exponen en la Comisión, que estos años de pandemia han traído diferentes dificultades para el Sector Cultura, dado que al abrir las actividades artísticas y culturales al público de forma tardía, solo se va a lograr un recaudo pequeño por la ley de espectáculos públicos, y al haber estos cobros se quita la competitividad a la ciudad, haciendo que estos eventos se vayan a otras ciudades, además considera que la exención del recurso es muy poca en función del retorno económico y de la recuperación económica que trae el evento para Bogotá, que además es de las agendas prioritarias de la ciudad en este momento.

 

El Arq. Armando Lozano Subdirector de Administración Inmobiliaria y Espacio Público de la Departamento Administrativo de la Defensoría del Espacio Público – DADEP - quien funge como Secretaría Técnica de la CIEP, señala que revisada la solicitud de este evento en particular, no encuentra la justificación para que se presente la exención, teniendo en cuenta otras solicitudes similares que se han presentado ante la Comisión e indica que si bien el sector cultura ha sido golpeado por la pandemia considera que se deben tener en cuenta el principio de igualdad con otros eventos. ¿Propone que se debe elaborar un mecanismo que iguale el cobro con otras ciudades, pero haciendo competitiva a la ciudad para los eventos que permita tener claro a quién?, cómo?, cuándo?, ¿dónde?, ¿por qué?, ¿y en qué condiciones se otorga la exención?, todo lo anterior atendiendo al principio de igualdad, teniendo en cuenta que en Bogotá existen diferentes eventos de gran magnitud a los cuales no se les ha otorgado dicha exención. Por otro lado, indica que no existe una justificación para señalar por qué de un cobro de 1700 millones que deberían hacer se hace una exención de pago de 1000 millones de pesos, no siento claro bajo qué criterio se realiza.

 

Sobre el particular Claudia Bayona, funcionaria del IDRD señala que hay que tener en cuenta que si bien el Parque Simón Bolívar es escenario de eventos artísticos, de conciertos; hay una apuesta grande de que este escenario sea un escenario propicio para hacer estos estos festivales que no solamente tienen un componente musical artístico, sino también van haber exhibiciones deportivas, es decir; lo que buscamos es dar ese gran paso que han dado otras ciudades que llevan bastante tiempo en ese en ese ejercicio, de lograr que nuestros escenarios en medio de las ciudades sean escenario para festivales que ocupan mucho espacio público pero tienen una gran oferta, que busca que los ciudadanos que no puedan ir a otras ciudades puedan acceder a esta oferta, pero siempre en esos grandes eventos tiene que haber apoyo del Estado para que puedan ser realizados, porque son unos costos de producción muy grandes para poder tener toda esa gran oferta que estamos buscando que se dé para la ciudad.

 

Posteriormente, señala Magda Amado del IDU respecto del Festival Cordillera que por una parte, los empresarios son mexicanos, es decir, que el dinero no se queda en Colombia, además el festival recibirá 48.000 boletas vendidas a 1 millón de pesos; se entienden los costos, pero es un evento que no se puede realizar en otro escenario ni siquiera fuera de Bogotá debido al espacio, por lo que hay q revisar cuál es el beneficio que tiene la ciudad, pero también lo que dejan de percibir las entidades Distritales, debido a que esos recursos por aprovechamiento económico contribuyen a apalancar otros temas y programas de la ciudad.

 

Propone en consecuencia, generar un estudio más profundo que señale por ejemplo ¿Cuántas marcas van a ver ahí en todo ese espacio?, ¿Cuánto deberían pagar por estar en ese festival cordillera? De acuerdo con las fórmulas de retribución; ¿Cuánto le debería pagar cada marca al distrito a Distrito?; ¿Cuántas marcar hacen parte del evento?; ¿Cuántas activaciones de marca existen?; ¿Cuántos días estaría cada una de esas marcas en el parque Simón Bolívar?; ¿Cuánto generar esas marcas? Ese es un estudio que debería presentarse para poder tener más herramientas para decidir y hacer un análisis económico para realmente determinar si se justifica ese valor de exención o puede ser un valor diferente, más bajo en donde la ciudad gane.

 

La Secretaria de Cultura, Recreación y Deporte señala que se trata de un evento que si bien tiene un recaudo, es un evento grande de ciudad y que hablar de un recaudo de eventos de gran impacto para que eso aporte a la reducción de pobreza no es una ecuación equiparable, lo que se está activando alrededor de eventos como estos, son economías conexas, esas economías conexas tienen que ver con el turismo, la gastronomía, que la ciudad se sea competitiva. Dado que Bogotá ha perdido competitividad desde que estéreo picnic se fue, podríamos tener solamente por recaudo de recursos LED, un recurso más o menos de 2000 millones de pesos para infraestructura cultural y artística. Si nosotros no logramos hacer estas exenciones y disminuir esto, todos los eventos se van a ir fuera de la ciudad; pero adicionalmente, el nuevo escenario, que crearon a las afueras de Bogotá va a generar problemas de movilidad para la ciudad. Solicita en ese sentido, que se revisen estos argumentos y se revise como se mejora la regulación y se hable con los empresarios.

 

Claudia Bayona del IDRD pasa a exponer las cifras del Festival Cordillera, e indica que si bien el aforo es de 60.000 personas, lo que está vendido es algo muy distinto; lo que está certificado en la página es que hay más o menos alrededor de ocho mil millones de pesos ($8.000.000.000) MCTE de lo que se ha vendido a 6 de septiembre; además la producción del evento está por el orden más o menos de unos 10 mil millones, dado que son 3 o 4 tarimas y más o menos alrededor de unos 50 artistas; los empresarios claramente tendrá una ganancia pero indica que también se remitió una información de lo que significa para la ciudad en términos de atraer el turismo, se tiene estimados unos 8000 o 12000 turistas que le dejan aproximadamente 30000 millones a la reactivación económica, es decir, que esto no solamente es un tema cultural, eso es un tema que en realidad es de ciudad, por lo que se hace el llamado a que se revise la importancia de generar este tipo de eventos en la ciudad y posicionar el parque.

 

Marta Carpintero del IDRD manifiesta por su parte que, dentro de la liquidación por el uso del espacio público, está también incluida la parte de activaciones de marca y publicidad, es decir, está incluido dentro de la liquidación total que se presentó para la solicitud de la exención.

 

El Arq. Armando Lozano DADEP sigue considerando que los dos argumentos siguen siendo insostenibles, el recaudo a la fecha es de ocho mil millones pero, efectivamente la boletería tiene un costo elevado y la compra a la fecha ha sido agotada, como lo menciono el IDU es un evento que no se puede realizar en cualquier lugar debido a su magnitud, es un empresario extranjero, si es por competitividad se hace necesario crear una política para poder competir con otras ciudades, dado que ahí tenemos una política general para todos, en conclusión señala que no encuentra una justificación o argumento que soporte otorgar la exención.

 

La Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte, Catalina Valencia manifiesta que si se les cobra a los empresarios esta cantidad de dinero es posible que no se hagan los eventos, perdiendo la posibilidad de reactivar esas actividades conexas. La argumentación más fácil, es decir, que como van a recaudar recursos y ganar deben dejar dinero a la ciudad, pero la ecuación en retorno del impacto de las economías conexas no se mide así. Manifiesta que se va a enviar desde la Secretaría la justificación y a revisar para la comisión esta exposición de motivos, porque considera que sí se están yendo los eventos de la ciudad y eso ya viene pasando y se tiene un estudio que lo muestra. La reflexión es ver todo el tema y no quedamos con lo que nos tiene que pagar para hacer algo y ver el impacto de la ley del espectáculo público que lo que nos determina es que definitivamente entre más hagamos eventos de este tipo, el recaudo para Bogotá y el retorno para Bogotá en infraestructura es mucho mayor en tanto que pensar en pequeño de un cobro como este no logra las dimensiones del impacto económico que sí logran estos eventos.

 

Marcela Martínez de la Secretaría de Salud señala que escuchando los argumentos y teniendo en cuenta que efectivamente son eventos que sí aportan, porque como lo manifestaban el ejercicio es razonable frente a los argumentos, se debería tener un punto medio, más allá de que los eventos masivos estén inscritos en el SUGA, y se garanticen todas las medidas de seguridad y que estos eventos puedan aportar en temas también de convivencia, seguridad y salud que puedan tener mensajes claves para todos, porque creo que la comunicación en los eventos masivos, lo que buscan es esto, quizás se pueda llegar a un punto medio, y pregunta si se puede dar una exención intermedia, con un porcentaje por ejemplo.

 

Luego del debate correspondiente, los integrantes de la Comisión decidieron por mayoría adelantar la votación del Festiva de Rock Cordillera obteniendo los siguientes resultados:

 

Secretaría Distrital de Planeación: Se abstiene

 

Secretaría Distrital Desarrollo Económico: Se abstiene Secretaría Distrital de Salud: Se abstiene

 

Secretaría Distrital de Movilidad: Voto Negativo Secretaría Distrital de la Mujer: Se abstiene

 

Secretaría Distrital de hacienda: Voto Positivo

 

Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte: Voto Positivo

 

Departamento Administrativo de la Defensoría del Espacio: Voto Negativo

 

Dentro de los argumentos tenidos en cuenta para la votación se indica que no se aprueba en este momento de la sesión dado que:

 

• No se soporta el valor relacionado como costo del evento, de modo que no se puede identificar si en el monto relacionado se comprende el alquiler del escenario por los 19 días de uso, entre montaje, desmontaje y espectáculo.

 

- Se afirma que a 6 de septiembre el recaudo por boletería es de $8.000.000.000, sin embargo; en el análisis de recaudo realizado con los datos obtenidos de la página https://www.eticket.co/masinformacion.aspx?idevento=13611&utm_source=Google_ Search&utm_medium=Pangea&utm_ id=Paramo&utm_content=Cordillera_Festival&gcli d=Cj0KCQjwjvaYBhDlARIsAO8PkE21qt5U4vlK70 OJuMXqvfAO_NN6ik-VrWRGPVNKoavDroW5gJ6zOPUaAh2MEALw_wcB se evidencia que tomando únicamente las localidades agotas generales, vip, individuales y por combo, el monto por boletería vendida a tal fecha es de 8.372.950.000, sin tener en cuenta la boletería ya vendida de las localidad que aún no se han agotado.

 

- Teniendo en cuenta que faltan 16 días para la ejecución del evento es erróneo reportar una cifra especifica de retribución de 8.000.000.000 a 6 de septiembre, cuando la cifra estimada de retribución del aforo total esperado del evento es 28.981.650.000, de acuerdo con la información de la página previamente citada.

 

- No se encuentra argumentación o soporte numérico de la cifra estimada de turistas reportado en los documentos que asistirán al evento.

 

- La observación realizada sobre la entrega de soporte y sustento de las condiciones y los criterios de selección para favorecer la exención de pago del evento en cuestión sobre otros eventos privados de condiciones similares realizados o a realizar durante la misma anualidad, sobre bienes de uso público o fiscales, tales como el concierto de Coldplay en el estadio Camacho el Campín, no fue entregado.

 

- La entidad gestora no aportó los soportes financieros de las cifras reportadas en el formato y documentos de subsanación de observaciones tales como: (i) recaudo de boletería, (ii) ganancias por activaciones de marca (iii) retribución a la ciudad de manera detallada (sin cifras generales) (iv) monto de exención aplicado y fórmula utilizados.

 

- Las entidades solicitan volver a realizar votación virtual de manera inmediata, sin embargo, se considera que no existen herramientas suficientes que permitan un análisis al respecto de forma inmediata.

 

En este sentido, y conforme a la votación desarrollada, dado que las entidades que se abstuvieron de votar lo hicieron solicitando que se remitiera información adicional, se solicita suspender la sesión y reanudar votaciones de manera virtual una vez enviada la documentación que remita por correo electrónico la Secretaría de Cultura Recreación y Deporte.

 

Que, en este sentido, y habiendo recibido la información a la que hace referencia el párrafo anterior, conforme al acta de la sesión, las entidades participantes en la presente sesión remitieron vía correo electrónico sus correspondientes votaciones así:

 

Secretaria Distrital Desarrollo Económico: Voto Positivo

 

Secretaría Distrital de Salud: Voto Positivo

 

Secretaría Distrital de Movilidad: Voto Negativo

 

Secretaría Distrital de la Mujer: Voto Positivo

 

Secretaría Distrital de Hacienda: Voto Positivo

 

Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte: Voto Positivo

 

Departamento Administrativo de la Defensoría del Espacio Público: Voto Negativo

 

Secretaria Distrital de Planeación: Voto Negativo

 

Secretaría Distrital de Planeación: Se considera que dadas las diferentes observaciones que se expusieron por las partes el día de ayer en la sesión de la CIEP, sumado a que se considera que estos temas presupuestales deben contar con los suficientes soportes y tiempo de revisión de los mismos, se emite voto NO favorable a la propuesta presentada.

 

Que, conforme a la votación antes citada, la solicitud de exención de pago fue aprobada con 5 votos a favor por la Comisión Intersectorial de Espacio Público del Distrito Capital – CIEP, y se aprobó el siguiente cronograma: Tiempo de ocupación 19 días; fecha de montaje: 12, 2 de montaje, 2 de evento y 5 de desmontaje.

 

Que, de acuerdo con lo anterior, y conforme a las funciones delegadas, el Subdirector de Administración Inmobiliaria y Espacio Público del Departamento Administrativo de la Defensoría del Espacio Público - DADEP, firma la presente resolución en calidad de Secretaría Técnica de la Comisión Intersectorial del Espacio Público del Distrito Capital, para registrar la decisión de la comisión que por mayoría con 5 votos de 8 votos aprobó.

 

RESUELVE:

 

Artículo 1. Comunicar que la Comisión Intersectorial del Espacio Público del Distrito Capital - CIEP, en sesión Ordinaria virtual No. 03 de 2022, con votación final de cinco (05) votos positivos de la Secretaría Distrital Desarrollo Económico, Secretaría Distrital de Salud, Secretaría Distrital de la Mujer, Secretaría Distrital de hacienda, Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte y del 07 de septiembre de 2022, aprobó la exención por valor de MIL CINCO MILLONES, TRECIENTOS TREINTA Y UN MIL PESOS MCTE ($1.005.331.000), por pago correspondiente a la exención de la retribución por el aprovechamiento económico del espacio público Parque Metropolitano Simón Bolívar (Costado Nor-Oriental), presentada por la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, para el desarrollo del Festival de rock Latino Cordillera, la cual se llevará a cabo por 19 días.

 

Artículo 2. Contra la presente Resolución no procede recurso alguno en atención a lo establecido en el artículo 75 de la Ley 1437 de 2011 “Por el cual se expide el Código de Procedimiento Administrativo y de los Contenciosos Administrativo”, ya que se trata de un acto administrativo de carácter general.

 

Artículo 3. La presente resolución rige a partir de su fecha de su publicación, en el Registro Distrital de acuerdo lo establecido en el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011. Deberá igualmente publicarse en la página web del Departamento Administrativo de la Defensoría del Espacio Público – DADEP.

 

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dado en Bogotá D.C., a los 09 días del mes de septiembre del año 2022.

 

ARMANDO LOZANO REYES

 

Subdirector de Administración Inmobiliaria y Espacio Público -SAI

 

Departamento Administrativo de la Defensoría del Espacio Público -DADEP

 

Secretaría Técnica de la Comisión Intersectorial del Espacio Público del Distrito Capital –CIEP

 

NOTA: VER ANEXOS.