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Decreto 2329 de 2022 Nivel Nacional

Fecha de Expedición:
28/11/2022
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO 2329 DE 2022

 

(Noviembre 28)

 

Por el cual se retira del servicio al señor Berni Francisco Escalona Castilla, Notario Cincuenta y Seis (56) del Círculo Notarial de Bogotá D.C., por haber alcanzado la edad de retiro forzoso

 

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA

 

En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las que le confieren los artículos 181 y 182 inciso 2 del Decreto Ley 960 de 1970, el artículo 1 de la Ley 1821 de 2016, corregido por el artículo 1 del Decreto 321 de 2017, y

 

CONSIDERANDO

 

Que el inciso segundo del artículo 182 del Decreto Ley 960 de 1970 "Por el cual se expide el estatuto del Notariado", dispone que el retiro del Notario "se producirá a solicitud del interesado, del Ministerio Público, de la Vigilancia Notarial, o de oficio, dentro del mes siguiente a la ocurrencia de la causal".

 

Que, a su vez, el artículo 1 de la Ley 1821 de 2016, "Por medio de la cual se modifica la edad máxima para el retiro forzoso de las personas que desempeñan funciones públicas", corregido por el artículo 1 del Decreto 321 de 2017, establece que "... la edad máxima para el retiro del cargo de las personas que desempeñen funciones públicas será de setenta (70) años. Una vez cumplidos, se causará el retiro inmediato del cargo que desempeñen sin que puedan ser reintegradas bajo ninguna circunstancia".

 

Que el artículo 2.2.6.1.5.3.12 del Decreto 1069 de 2015 señala que, "son causales de retiro forzoso la edad o la incapacidad física o mental permanente".

 

Que el Gobierno nacional mediante el Decreto 5041 del 29 de diciembre de 2009, modificó el artículo 1 del Decreto 1464 del 28 de abril de 2009, por medio del cual se nombra al señor Berni Francisco Escalona Castilla, identificado con la cédula de ciudadanía No. 5.088.163, como Notario del Círculo de Bogotá, en el sentido de precisar que la notaría que por puntaje y orden de preferencia le corresponde es la Cincuenta y Seis (56) y no la Doce(12).

 

Que el 3 de octubre de 2022, el señor Berni Francisco Escalona Castilla cumplió 70 años de edad, de acuerdo con la información consignada en el registro civil de nacimiento de folio 225, copia que reposa en el archivo de la Superintendencia de Notariado y Registro.

 

Que en este orden, procede retirar del servicio al señor Berni Francisco Escalona Castilla, quien se encuentra desempeñando el cargo de Notario Cincuenta y Seis (56) del Círculo Notarial de Bogotá D.C., en propiedad, por cumplimiento de la edad de retiro forzoso.

 

Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 150 del Decreto Ley 960 de 1970, el señor Berni Francisco Escalona Castilla no podrá separarse del desempeño de sus funciones mientras no se haya hecho cargo de ellas quien deba remplazarlo.

 

Que mediante el Decreto 1730 del 23 de agosto de 2022, se designó como ministro de Justicia y del Derecho Ad-Hoc, al Ministro del Interior, doctor Hernando Alfonso Prada Gil, para desarrollar las funciones relacionadas con el servicio público notarial.

 

En mérito de lo expuesto,

 

DECRETA

 

Artículo 1. Retiro del servicio del Notario 56 del Círculo de Bogotá. Retírese del servicio, a partir de publicación del presente acto administrativo, al señor Berni Francisco Escalona Castilla, identificado con la cédula de ciudadanía No. 5.088.163, quien se encuentra desempeñando el cargo de Notario Cincuenta y Seis (56) del Círculo Notarial de Bogotá D.C., en propiedad, por cumplimiento de la edad de retiro forzoso.

 

Parágrafo. El señor Berni Francisco Escalona Castilla, no podrá separarse del desempeño de sus funciones mientras no se haya hecho cargo de ellas quien deba remplazarlo.

 

Artículo 2. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

 

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dado en Bogotá D.C., a los 28 días del mes de noviembre del año 2022.

 

El Ministro de Justicia y del Derecho ad hoc

 

HERNANDO ALFONSO PRADA GIL


Nota: Ver norma original en Anexos.