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RESOLUCIÓN 3552 DE 2022
(Diciembre 30)
Por la cual se conforma el Comité de Convivencia Laboral de la Secretaría Distrital de Integración Social para el periodo 2023 - 2025
LA SECRETARÍA DISTRITAL DE INTEGRACIÓN SOCIAL
En uso de sus facultades legales otorgadas en el artículo 9º de la Ley 1010 de 2006, el artículo 6º del Decreto Distrital 515 de 2006, modificado por el artículo 1º del Decreto Distrital 437 de 2012, el artículo 3º de la Resolución 652 de 2012 del Ministerio del Trabajo, modificado por el artículo 1º de la Resolución 1356 de 2012, Decreto Distrital de encargo 564 de 2022 y
CONSIDERANDO:
Que la Ley 1010 de 2006 “Por medio de la cual se adoptan medidas para prevenir, corregir y sancionar el acoso laboral y otros hostigamientos en el marco de las relaciones de trabajo” dispone la necesidad de creación de Comités que deberán prever mecanismos de prevención de las conductas de acoso laboral y establecer un procedimiento confidencial, conciliatorio y efectivo para superar las que ocurran en el lugar de trabajo.
Que para dar cumplimiento a la ley 1010 de 2006, se adoptó el Decreto Distrital 515 de 2006, modificado por el Decreto Distrital 437 de 2012, en donde se establecieron las funciones de los Comités de Convivencia Laboral en las entidades del Distrito Capital, indicando que:
“Modificar el artículo 6 del Decreto Distrital 515 de 2006 en el sentido de conformar independientemente de la Comisión de Personal, el Comité de Convivencia Laboral, con el fin de que éste asuma la resolución de los conflictos de acoso laboral de que trata la Ley 1010 de 2006, el cual estará integrado en la forma prevista en el artículo 1º de la Resolución 1356 de 2012 del Ministerio del Trabajo”.
Que el Ministerio de Trabajo expidió la Resolución No. 652 de 2012, modificada por la Resolución No. 1356 de 2012 que tiene por objeto establecer la conformación y funcionamiento del Comité de Convivencia Laboral en entidades públicas.
Que mediante Resolución 1214 del 29 de agosto de 2016, la Secretaría Distrital de Integración Social estableció el procedimiento conformación y funcionamiento del Comité de Convivencia Laboral, se adoptó el protocolo para la prevención del acoso laboral y acoso sexual laboral, procedimientos de denuncia y protección a sus víctimas al interior de la entidad.
Que la citada resolución, en sus artículos 4º y 5° dispone:
“Artículo 4. Conformación del comité de convivencia laboral. El Comité de Convivencia Laboral estará conformado por tres (3) representantes del empleador y tres (3) representantes de los empleados públicos, con sus respectivos suplentes, quienes obraran en remplazo del titular por ausencia, impedimento y recusación (…)”.
“Artículo 5. Periodo. El periodo de representación de los miembros del Comité de Convivencia Laboral, será de dos años a partir de la respectiva comunicación de los resultados de las elecciones y de la designación por parte del (la) Secretario (a) de Integración Social, en el caso de los representantes de este (a)”.
Que mediante Resolución 087 del 20 de enero de 2021, la Secretaría Distrital de Integración Social conformó el Comité de Convivencia Laboral, para el periodo 2020 - 2022, por lo que resultó imperioso para la administración la nueva conformación del Comité por el periodo 2023 - 2025.
Que dando cumplimiento al artículo 7º de la Resolución 1214 de 2016 y siguiendo el cronograma fijado, la Subdirección de Gestión y Desarrollo del Talento Humano, adelantó el proceso de convocatoria para la elección de los representantes principales y suplentes de los/las servidores/as ante el Comité de Convivencia Laboral vigencia 2023 - 2025, con el apoyo de la Oficina Jurídica y la Oficina de Control Interno Disciplinario.
Que las elecciones se realizaron el día 20 de diciembre de 2022, tal y como consta en acta respectiva, los jurados fueron testigos del proceso de votación y escrutinio y concluida la jornada electoral se concluyeron los siguientes resultados:
Que de acuerdo a la Resolución 1214 de 2016, artículo 4, parágrafo primero, es necesario que la Secretaria Distrital de Integración Social designe a los representantes de la administración ante el Comité de Convivencia Laboral.
En mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
Artículo 1. Conformar el comité de Convivencia Laboral de la Secretaría Distrital de Integración Social, por el periodo de dos (2) años, contados a partir del 20 de enero de 2023 hasta el 19 de enero de 2025.
REPRESENTANTES PRINCIPALES ELECTOS DE LOS/LAS SERVIDORES/AS
De conformidad con el proceso electoral adelantado serán representantes principales de los/las servidores/ as ante el Comité de Convivencia Laboral de la Secretaría Distrital de Integración Social, por el período de dos (2) años, por obtener la primera, segunda y tercera votación en las elecciones que se llevaron a cabo el 20 de diciembre de 2022, los siguientes servidores/ as públicos/as:
REPRESENTANTES SUPLENTES ELECTOS DE LOS/LAS SERVIDORES/AS
De conformidad con el proceso electoral adelantado serán representantes suplentes de los/las servidores/ as ante el Comité de Convivencia Laboral de la Secretaría Distrital de Integración Social, por el período de dos (2) años, por obtener la cuarta, quinta y sexta votación en las elecciones que se llevaron a cabo el día 20 de diciembre de 2022, las siguientes servidoras públicas:
Artículo 2. Designación de representantes de la Secretaría Distrital de Integración Social:
Designar como representantes principales por parte de la Secretaría Distrital de Integración Social ante el Comité de Convivencia Laboral por el período de dos (2) años a los/las siguientes servidores/as públicos:
Designar como representantes suplentes por parte de la Secretaria Distrital de Integración Social ante el Comité de Convivencia Laboral para el período 20232025, a los siguientes servidores públicos:
Artículo 3. Comunicar el contenido de la presente resolución a los/as servidores/as miembros del Comité de Convivencia Laboral y, remitir a la Subdirección de Gestión y Desarrollo del Talento Humano para lo pertinente.
Artículo 4. La presente resolución tendrá efectos a partir de la fecha de su expedición.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá, D.C., a los 30 días del mes de diciembre del año 2022.
ALEXANDRA CECILIA RIVERA PARDO
Secretaria Distrital de Integración Social (E) |
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