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Resolución 3353 de 2022 Secretaría Distrital de Integración Social

Fecha de Expedición:
30/12/2022
Fecha de Entrada en Vigencia:
30/12/2022
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 7623 del 11 de enero de 2023.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 3353 DE 2022

 

(Diciembre 30)

 

Por la cual se conforma el Comité Paritario en Seguridad y Salud en el Trabajo de la Secretaría Distrital de Integración Social para el periodo 2023 - 2024

 

LA SECRETARIA DISTRITAL DE INTEGRACIÓN SOCIAL

 

En uso de las facultades otorgadas en la Resolución 2013 de 1986, expedida por los entonces ministros de Trabajo y Seguridad Social y de Salud, en el artículo 17.2 del Decreto Distrital 430 de 2018, en el Decreto Distrital de encargo 564 de 2022 y,

 

CONSIDERANDO:

 

Que la Resolución 2013 de 1986 suscrita por los entonces ministros de Trabajo y Seguridad Social y de Salud, dispone en su artículo 1° que:

 

“Todas las empresas e instituciones, públicas o privadas, que tengan a su servicio diez o más trabajadores, están obligadas a conformar un Comité de Medicina, Higiene y Seguridad Industrial, cuya organización y funcionamiento estará de acuerdo con las normas del Decreto que se reglamenta y con la presente Resolución”.

 

Que el artículo 2° de la citada resolución, dispone:

 

“Cada Comité Paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo estará compuesto por un número igual de representantes del empleador y de los trabajadores, con sus respectivos suplentes, así: De 10 a 49 trabajadores, un representante por cada una de las partes

 

De 50 a 499 trabajadores, dos representantes por cada una de las partes.

 

De 500 a 999 trabajadores, tres representantes por cada una de las partes.

 

De 1000 a más trabajadores, cuatro representantes por cada una de las partes”

 

Que de conformidad con lo previsto en el artículo 63 del Decreto Ley 1295 de 1994, el Comité de Medicina, Higiene y Seguridad Industrial se denominará Comité Paritario de Salud Ocupacional y se aumentará a dos (2) años el periodo de sus miembros.

 

Que el Decreto 1443 de 2014 dicta las disposiciones para la implementación del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST) y, en su artículo 2, parágrafo 2, dispone que:

 

“(…) a partir de la fecha de publicación del presente decreto se entenderá el Comité Paritario de Salud Ocupacional como Comité Paritario en Seguridad y Salud en el Trabajo [COPASST] y el Vigía en Salud Ocupacional como Vigía en Seguridad y Salud en el Trabajo, quienes tendrán las funciones establecidas en la normatividad vigente”

 

Que por medio de la Resolución 1884 del 30 de noviembre de 2015, la Secretaría Distrital de Integración Social adoptó el reglamento interno y funcionamiento del Comité Paritario de la Seguridad y Salud en el trabajo.

 

Que mediante Resolución 2635 de 28 de diciembre de 2020, la Secretaría Distrital de Integración Social conformó el Comité Paritario en Seguridad y Salud en el Trabajo, para el período 2021 – 2022; sin embargo, y de acuerdo a lo explicado en precedencia, el periodo de sus miembros, equivalente a 2 años, expiró el 31 de diciembre del 2022, por lo que es necesario conformar el Comité para la vigencia 2023-2024.

 

Que la Subdirección de Gestión y Desarrollo del Talento Humano adelantó el proceso de convocatoria para la elección de los representantes principales y suplentes de los/las servidores/as trabajadores ante el Comité Paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo COPASST vigencia 2023 - 2024, con el apoyo de la Oficina Jurídica y de la Oficina de Control Interno Disciplinario.

 

Que las elecciones se realizaron el día 20 de diciembre de 2022, tal y como consta en el acta respectiva, y los resultados fueron los siguientes:

 

 

Que, de acuerdo con los resultados obtenidos, se presentó un empate entre las posiciones 5 y 6, por lo anterior, el día 22 de diciembre se realizó proceso de desempate, resultando que la servidora Luz Marina Soler Díaz hará parte de los representantes principales y el servidor Henry Benjamín Zamudio ocupará el rol de suplente.

 

Que de conformidad con lo dispuesto en la Resolución 2013 de 1986, el COPASST estará conformado por igual número de representantes por parte del empleador y de los trabajadores, quienes desarrollarán las funciones previstas en el artículo 11 de la mencionada resolución, además de las señaladas en el artículo 26 del Decreto 614 de 1984.

 

Que, de conformidad con lo expuesto, se hace necesaria la designación de los miembros de la administración que actuarán como representantes ante el Comité Paritario en Seguridad y Salud en el Trabajo (COPASST), los cuales quedarán registrados en el cuerpo resolutivo del presente acto administrativo

 

En mérito de lo expuesto,

 

RESUELVE:

 

Artículo 1. De acuerdo con lo expuesto en la parte motiva del presente acto, CONFORMAR el Comité Paritario en Seguridad y Salud en el Trabajo (COPASST) de la Secretaría Distrital de Integración Social, del 1 de enero de 2023 al 31 de diciembre de 2024, de la siguiente forma:

 

 

Artículo 2. Designación de representantes de la Secretaría Distrital de Integración Social:

 

Designar como representantes principales de la Secretaria Distrital de Integración Social ante el Comité Paritario en Seguridad y Salud en el Trabajo (COPASST) a los/las siguientes servidores/as públicos:

 

 

Designar como representantes suplentes por parte de la Secretaria Distrital de Integración Social ante el Comité Paritario en Seguridad y Salud en el Trabajo (COPASST) a los siguientes servidores públicos:

 

 

Artículo 3. Comunicar el contenido de la presente resolución a los/as servidores/as electos y a los designados por la administración y remitir a la Subdirección de Gestión y Desarrollo del Talento Humano para lo pertinente.

 

Artículo 4. La presente resolución tendrá efectos a partir de la fecha de su expedición.

 

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dado en Bogotá D.C., a los 30 días del mes de diciembre del año 2022.

 

ALEXANDRA CECILIA RIVERA PARDO

 

Secretaria Distrital de Integración Social (E)