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Por medio de la cual se realiza la convocatoria para elegir a los dos (2) delegados de las veedurías ciudadanas del orden distrital ante el Consejo de Apoyo a las Veedurías Ciudadanas
EL PERSONERO DELEGADO PARA LA COORDINACIÓN DE GESTIÓN DE LAS PERSONERÍAS LOCALES EN EJERCICIO DE LA SECRETARÍA TÉCNICA DEL CONSEJO DE APOYO A LAS VEEDURÍAS CIUDADANAS
En uso de las facultades conferidas por la Ley 850 de 2003, el Acuerdo 142 de 2005, Acuerdo 278 de 2008 y la Resolución No. 299 de 14 de julio de 2014, proferida por el Despacho del Personero Distrital,
CONSIDERANDO
Que, la Ley 850 de 2003, facultó a los diferentes tipos de veedurías que se organicen a nivel nacional o de las entidades territoriales, para establecer entre sí mecanismos de comunicación, información, coordinación y colaboración permitiendo el establecimiento de acuerdos sobre procedimientos y parámetros de acción, coordinación de actividades y aprovechamiento de experiencias en su actividad y funcionamiento, procurando la formación de una red con miras a fortalecer a la sociedad civil y potenciar la capacidad de control y fiscalización. (sic).
Que, el Decreto 278 de 2008, estableció que el Consejo de Apoyo a las Veedurías Ciudadanas realizará la convocatoria para para elegir a los dos (2) delegados de las Veedurías Ciudadanas del orden Distrital ante ese Consejo, determinando el lugar, el periodo y las entidades que adelantarán la fase de las inscripciones, así como la fecha, el lugar, y la hora en qué se efectuará la sesión del Consejo para elegir los dos delegados.
Que, la última jornada para elegir a los delegados de las Veedurías ciudadanas ante el Consejo, se realizó en el año 2018, y el Decreto 278 de 2008, estableció que los delegados elegidos de conformidad con el procedimiento establecido en el presente Decreto tendrán un período de dos (2) años, contados a partir de su posesión ante el Consejo, y podrán ser reelegidos hasta por otro período igual.
Que mediante acta del 22 de noviembre de 2022, los integrantes del Consejo de Apoyo a las Veedurías Ciudadanas en sesión ordinaria decidieron dar apertura la convocatoria para elegir a los dos (2) delegados de las Veedurías ciudadanas del orden distrital ante este Consejo.
En mérito de lo expuesto, el Personero delegado para la Coordinación de Gestión de las Personerías Locales, en ejercicio de la Secretaría Técnica del Consejo de Apoyo a las Veedurías Ciudadanas
RESUELVE
ARTÍCULO PRIMERO: Convocar partir del primero (01) de enero de 2023 y hasta el 28 de febrero de 2023, para que las redes de las Veedurías ciudadanas inscriban a un candidato elegido de entre sus miembros. La inscripción se debe hacer a través de los siguientes canales de atención: correo electrónico consejoapoyoveedurias@personeriabogota.gov.co o de manera presencial en la calle 16 No. 9-15 Piso 10, en horario de lunes a viernes de 7:00 a.m., a 2:00 p.m.
ARTICULO SEGUNDO: Los candidatos al proceso de elección, deberán acreditar ante el Consejo de Apoyo a las Veedurías Ciudadanas, los siguientes requisitos:
1. Las Veedurías deberán estar debidamente inscritas y registradas en la Personería de Bogotá.
2. Haber sido constituidas al menos dos (2) meses antes de la fecha de postulación.
3. Acreditar un número plural de Veedurías asociadas, debidamente inscritas y registradas ante la Personería de Bogotá o ante Cámara de Comercio de Bogotá, entre las que, mínimo dos, deben tener existencia no menor de dos meses anteriores a la fecha de postulación.
4. Acreditar que el candidato (a) propuesto sea miembro activo de una de las veedurías que la integra y que no se encuentre incurso en sanciones penales y/o disciplinarias referidas a hechos o conductas contra el erario o la moralidad pública.
ARTÍCULO TERCERO: La elección de los delegados de las Veedurías ciudadanas, se realizará en sesión que se llevará a cabo el último martes de marzo de 2023 a las 9:00 a.m., en la calle 16 No. 9-15 décimo piso sala de juntas, para lo cual por Secretaría Técnica se citará a cada uno de los inscritos, quienes por votación secreta y en presencia de los miembros del Consejo, elegirán a sus delegados, quedando elegidos quienes tengan mayor votación. En caso de presentarse empate en la mayor votación, entre tres o más candidatos, se realizará entre ellos un sorteo con balotas, para determinar el o los delegados ante el Consejo.
ARTÍCULO CUARTO: El proceso de convocatoria se realizará por parte de todas las entidades que conforman el Consejo de Apoyo a las Veedurías Ciudadanas, teniendo en cuenta la información del registro de redes de Veedurías ciudadanas.
En Bogotá D.C., a los 22 días del mes de diciembre del año 2022.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
WILLIAM AGUSTO SUÁREZ SUÁREZ
Personero delegado para la Coordinación de Gestión de las Personerías Locales
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