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Resolución Reglamentaria 006 de 2023 Contraloría de Bogotá D.C.

Fecha de Expedición:
10/02/2023
Fecha de Entrada en Vigencia:
14/02/2023
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 7647 del 14 de febrero.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN REGLAMENTARIA 006 DE 2023

 

(Febrero 10)

 

Por la cual se deroga el artículo segundo de la Resolución No. 1672 de 2020 de la Contraloría de Bogotá, D.C.

 

EL CONTRALOR DE BOGOTÁ, D.C.

 

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas por el Acuerdo 658 de 2016 modificado parcialmente por el Acuerdo 664 de 2017 y,

 

CONSIDERANDO:

 

Que la Ley 1437 de 2011, por la cual se expidió el “Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo” define los parámetros bajo los cuales las entidades del Estado deben atender al público y en su artículo 7 dispone que se debe garantizar la atención personal al público, como mínimo durante cuarenta (40) horas a la semana, las cuales se distribuirán en horarios que satisfagan las necesidades del servicio.

 

Que en ese sentido, se expidió la Resolución Reglamentaria No. 018 del 30 de mayo de 2019 “Por la cual se regula la jornada laboral en la Contraloría de Bogotá, D.C., y se dictan otras disposiciones” y dispuso en su artículo primero que el horario de atención al público y recepción de correspondencia en todas la sedes de la Contraloría de Bogotá D.C. sería de 8:00 a.m. a 5:00 p.m. en jornada continua.


Que con la finalidad de proteger la salud y la vida de los funcionarios, con ocasión a la propagación del COVID-19 se expidió la Resolución No. 1672 del 31 de agosto de 2020 “Por la cual se levanta la suspensión de términos prevista mediante la Resolución 0902 de 24 de abril de 2020 y se establece el horario de atención al público manera presencial” la cual, en su artículo segundo dispuso como horario de atención al público en todas las sedes de la Contraloría de Bogotá D.C., de lunes a viernes de 9:00 a.m. y hasta las 3:00 p.m.

 

Que mediante la Resolución No. 00666 de 2022, proferida por el Ministerio de Salud y Protección Social, se prorrogó hasta el 30 de junio de 2022 la emergencia sanitaria en todo el territorio nacional, declarada por causa del Coronavirus SARS-CoV-2 (COVID).

 

Que conforme a lo expuesto y ante el levantamiento de la emergencia sanitaria, se hace necesario derogar el artículo segundo de la Resolución No. 1672 de 2020 en lo relacionado con el horario de atención al público en la Contraloría de Bogotá, D.C. y retomar así, el horario establecido en la Resolución Reglamentaria No. 018 del 30 de mayo de 2019.

 

Que, en mérito de lo expuesto,

 

RESUELVE:

 

Artículo 1. Derogar el artículo segundo de la Resolución No. 1672 del 31 de agosto de 2020 de conformidad con lo expuesto en la parte motiva de la presente resolución y como consecuencia de ello, retomar el horario establecido en la Resolución Reglamentaria No. 018 del 30 de mayo de 2019 para atención al público y recepción de correspondencia en todas las sedes de la Contraloría de Bogotá D.C.

 

Artículo 2. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.

 

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dada en Bogotá, D.C., a los 10 días del mes de febrero del año 2023.

 

JULIÁN MAURICIO RUIZ RODRÍGUEZ

 

Contralor de Bogotá, D.C.