Cargando el Contenido del Documento
Por favor espere...

Resolución 130 de 2000 Instituto Distrital para la Investigación Educativa y el Desarrollo Pedagógico - IDEP

Fecha de Expedición:
27/06/2000
Fecha de Entrada en Vigencia:
27/06/2000
Medio de Publicación:
No aparece en el Registro Distrital
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

&fJ

RESOLUCIÓN 130 DE 2000

(Junio 27)

"Por la cual se adopta el Manual de Procedimientos Técnicos del Área de Sistemas de Información Educativos del IDEP"

LA DIRECTORA EJECUTIVA DEL INSTITUTO PARA LA INVESTIGACIÓN EDUCATIVA Y EL DESARROLLO PEDAGÓGICO - IDEP,

en uso de las facultades legales y en especial las conferidas por el Acuerdo 26 de 1994 del Consejo de Santa Fe Bogotá y la Resolución No. 001 del 31 de julio de 1995 del IDEP.

CONSIDERANDO:

Que el artículo 114 del Decreto 1421 de julio 21 de 1993 por el cual se dicta el régimen especial para el Distrito Capital de Santa Fe de Bogotá, establece que el Control Interno se ejercerá en todas las entidades del Distrito, mediante la aplicación de técnicas de dirección, verificación, evaluación del desempeño y de la gestión que se cumple. Con tal fin se adoptarán manuales de funciones y procedimientos, sistemas de información y programas de selección, inducción y capacitación de personal.

Que el parágrafo del artículo 1 de la ley 87 de 1993, reglamenta la elaboración de manuales de funciones y procedimientos y sistemas de información, con el fin de procurar que todas las actividades, operaciones y actuaciones se realicen de acuerdo con las normas constitucionales y legales vigentes, dentro de las políticas trazadas por la dirección en atención a las meta su objetivos previstos.

Que la Resolución No. 006 de 24 de agosto de 1995, señala que el Instituto para la Investigación Educativa y el Desarrollo Pedagógico velará por la revisión permanente de los procesos, trámites y procedimientos, teniendo en consideración la naturaleza de las funciones.

Que la Dirección General basándose en las recomendaciones efectuadas por la Asesora de Control Interno ve necesario documentar a los funcionarios del IDEP, en procedimientos que le faciliten las funciones técnicas para el uso de los equipos de cómputo y comunicaciones

RESUELVE:

ARTÍCULO 1. Adoptar los Manuales de Procedimientos por Funciones Técnicas del Área de Sistemas de Información Educativos del IDEP relacionados de la siguiente manera:

1. Manual de Procedimientos del Área de Sistemas de Información Educativos - Generalidades.

2. Manual Guía de Recomendaciones para el Buen uso de los Equipos de Cómputo y Comunicaciones.

3. Manual del Esquema de Seguridad para la Red Intranet e Internet.

4. Plan de Contingencia año 2000 y Plan de Contingencia para cada módulo del Software Siafi.

5. Manual de Procedimientos para el cambio de contraseña de los Servidores Olivetti Netstrada, Digital Alpha y Sun Netra.

6. Manual de Procedimientos para cambio de contraseña de usuarios del Servidor Olivetti.

7. Manual de Procedimientos para la creación y borrado de usuarios de correo electrónico.

8. Manual de Procedimientos para cambio de contraseña de la cuenta de correo electrónico.

9. Manual de Procedimientos para recuperación de procesos y datos.

10. Manual de Procedimientos para revisión de los archivos Logs en los servidores.

11. Manual de Procedimiento de Evaluación del Sistema de Control Interno de los Sistemas de Información.

ARTÍCULO 2. Los presentes documentos serán de consulta de los funcionarios responsables de los procedimientos y controles del Instituto para la Investigación Educativa y el Desarrollo Pedagógico IDEP, y de quienes en cumplimiento de sus labores requieran consultados.

ARTÍCULO 3. Será responsabilidad de la Oficina Asesora de Control Interno, la divulgación y permanente actualización del presente manual así como el envío oportuno de las modificaciones a las diferentes dependencias, de conformidad con las instrucciones establecidas en este manual.

ARTÍCULO 4. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición y deroga todas las disposiciones que le sean contrarías.

Dada en Santa Fe de Bogotá, D.C. a los 27 días del mes de junio de 2000.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

CLEMENCIA CHIAPPE

Directora General

NOTA: Los manuales pueden ser consultados en las oficinas de la entidad expedidora del presente acto.