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RESOLUCIÓN 750 DE 2022
(Marzo 24)
Por la cual se modifica la Resolución No. 0382 del 19 de marzo de 2021
LA SECRETARÍA DISTRITAL DE INTEGRACIÓN SOCIAL
En uso de sus facultades legales y reglamentarias, en especial las conferidas en el artículo 2.2.22.3.8 del Decreto Nacional 1499 de 2017, en concordancia con lo dispuesto el artículo 19 del Decreto Distrital 807 de 2019, y el literal h) del artículo 4 del Decreto Distrital 607 de 2007,
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto Distrital 607 del 28 de diciembre de 2007 se determinó el objeto, estructura organizacional y funciones de la Secretaría Distrital de Integración Social.
Que mediante los Decretos Distritales 149 de 2012, 445 del 15 de octubre de 2014, 587 del 01 noviembre de 2017, y 459 del 12 de noviembre de 2021, se modificó la estructura organizacional de la Secretaría Distrital de Integración Social.
Que mediante la Resolución No. 382 del 19 de marzo de 2021, la Secretaría Distrital de Integración Social reestructuró el Comité Institucional de Gestión y Desempeño como la instancia encargada de orientar la implementación, seguimiento y evaluación del Sistema de Gestión y la operación del Modelo Integrado de Planeación y Gestión -MIPG-, articulando todas las áreas de la entidad, recursos, herramientas, estrategias y políticas de gestión y desempeño institucional, de acuerdo con la normativa vigente en la materia.
Que teniendo en cuenta la necesidad de que las autoridades públicas de manera periódica evalúen su modelo operacional y los procesos internos, persiguiendo la conformidad a las necesidades de servicio, al interior de la Secretaría Distrital de Integración Social se llevó a cabo un estudio técnico de reorganización institucional. Ello, bajo la lógica de la modernización de la Administración, con el Que de conformidad con el estudio técnico adelantado por la Secretaría Distrital de Integración Social y luego de analizado el modelo operacional vigente, se consideró necesario que los enfoques poblacionales asociados al ciclo vital (infancia, juventud, adultez y vejez) sean integralmente asumidos por la Dirección Poblacional. Que igualmente, los enfoques relacionados con las demás condiciones diferenciales, específicamente, frente a la familia, asuntos LGBTI y discapacidad, requerían de una especialidad técnica para su coordinación.
Que en consecuencia, mediante el del Decreto Distrital 459 del 12 de noviembre de 2021 se modificó la estructura organizacional de la Secretaría Distrital de Integración Social, creando la Dirección para la Inclusión y las Familias, así como la Subdirección para la Discapacidad.
Que teniendo en cuenta la modificación de la estructura organizacional de la Secretaría Distrital de Integración Social, se hace necesario modificar los aspectos relacionados con la conformación y reglamentación del Comité Institucional de Gestión y Desempeño, regulado en la Resolución No. 382 de 2021. "Por la cual se reestructura el Comité Institucional de Gestión y Desempeño de la Secretaría Distrital de Integración Social y se dictan otras disposiciones
Que en procura de una mejora continua en la implementación de las Políticas de Gestión y Desempeño del Modelo Integrado de Planeación y Gestión, se hace necesario actualizar los líderes de las mismas.
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO. Modificar el artículo 2o de la Resolución No. 382 del 19 de marzo de 2021, el cual quedará así:
ARTÍCULO SEGUNDO. LÍDERES DE IMPLEMENTACIÓN DE LAS POLÍTICAS DE MIPG. Las Políticas de Gestión y Desempeño Institucional y el Componente Ambiental en la Secretaría Distrital de Integración Social, serán lideradas por las siguientes dependencias, sin perjuicio de la participación que las demás puedan tener en su implementación.
ARTÍCULO SEGUNDO. . Modificar el artículo 3o de la Resolución No. 382 del 19 de marzo de 2021, el cual quedará así:
ARTÍCULO TERCERO. INTEGRANTES DEL COMITÉ INSTITUCIONAL DE GESTIÓN Y DESEMPEÑO: El Comité Institucional de Gestión y Desempeño de la Secretaría Distrital de integración Social está integrado por los siguientes servidores públicos que tendrán voz y voto:
1. El (la) Secretario (a) de Despacho quien lo preside
2. El (la) Subsecretario(a)
3. El (la) Jefe de la Oficina Asesora Jurídica
4. El (la) Director (a) de Análisis y Diseño Estratégico
5. El (la) Director (a) Territorial
6. El (la) Director (a) Poblacional
7. El (la) Director (a) para la Inclusión y las Familias
8. El (la) Director (a) de Nutrición y Abastecimiento
9. El (la) Director (a) de Gestión Corporativa
10. El (la) Subdirector (a) de Gestión y Desarrollo del Talento Humano
11. El (la) Subdirector (a) de Investigación e Información
PARAGRAFO PRIMERO: El (la) Secretario (a) de Despacho, podrá delegar la presidencia en otros miembros del Comité, formalizando esta decisión mediante comunicación dirigida a la Secretaría Técnica. PARÁGRAFO SEGUNDO. El (La) Jefe de la Oficina de Control Interno de la Secretaría Distrital de Integración Social será invitado permanente con voz, pero sin voto.
PARÁGRAFO TERCERO. El (La) Jefe de la Oficina Asesora de Comunicaciones de la Secretaría Distrital de Integración Social será invitado permanente con voz, pero sin voto
PARÁGRAFO CUARTO Cuando se considere pertinente, según los temas a tratar en el orden del día, por su condición jerárquica, funcional o conocimiento técnico, el Comité podrá invitar a sus sesiones a los Subdirectores técnicos de nivel central y/o locales, servidores públicos o contratistas que puedan contribuir a la toma de decisiones. Estas personas tendrán derecho a voz, pero no voto. La citación a estos servidores la efectuará la Secretaría Técnica, a través de la convocatoria a las sesiones
ARTÍCULO TERCERO. Modificar el artículo 5o de la Resolución No. 382 del 19 de marzo de 2021, el cual quedará así:
ARTÍCULO QUINTO. FUNCIONES DEL COMITÉ INSTITUCIONAL DE GESTIÓN Y DESEMPEÑO. Son funciones del Comité Institucional de Gestión y Desempeño de la Secretaría Distrital de Integración Social las siguientes:
1. Aprobar y hacer seguimiento, a las acciones y estrategias adoptadas para la operación del Modelo Integrado de Planeación y Gestión - MIPG.
2. Articular los esfuerzos institucionales, recursos, metodologías y estrategias para asegurar la implementación, sostenibilidad y mejora del Modelo Integrado de Planeación y Gestión - MIPG.
3. Proponer al Comité Sectorial de Gestión y el Desempeño Institucional, iniciativas que contribuyan al mejoramiento en la implementación y operación del Modelo Integrado de Planeación y Gestión - MIPG.
4. Presentar los informes que el Comité Sectorial de Gestión y el Desempeño Institucional y los organismos de control requieran sobre la gestión y el desempeño de la entidad.
5. Adelantar y promover acciones permanentes de autodiagnóstico para facilitar la valoración interna de la gestión.
6. Asegurar la implementación y desarrollo de las políticas de gestión y directrices en materia de seguridad digital y de la información.
7. Definir acciones y estrategias relacionadas con la organización, manejo y control de los documentos producidos en desarrollo de la gestión institucional.
8. Aprobar y hacer seguimiento a los planes, programas, proyectos, estrategias y herramientas necesarias para la implementación interna de las políticas de gestión, previo visto bueno de la Subdirección de Diseño, Evaluación y Sistematización o de la dependencia responsable de su formulación.
9. Definir acciones y estrategias orientadas al buen uso y aprovechamiento de las tecnologías de información y las comunicaciones, así como a la protección de los activos de información de la entidad.
10. Definir acciones y estrategias para prevenir y controlar los aspectos e impactos ambientales significativos en el desarrollo de los procesos institucionales.
11. Efectuar acciones y estrategias relacionadas a garantizar la implementación, seguimiento y evaluación del Teletrabajo en la entidad.
12. Elaborar directrices tendientes a la consolidación y publicación anual del Plan Anticorrupción y de Atención Ciudadano-PAAC, de conformidad con lo establecido por la Ley 1474 de 2011, y realizar seguimiento al cumplimiento de dicha ley, de los componentes del Plan Anticorrupción y de Atención al Ciudadano - PAAC de la Secretaría Distrital de Integración Social y de la oportuna publicación de dicho plan.
13. Efectuar recomendaciones al Comité Institucional de Coordinación de Control Interno en relación con las políticas de gestión y desempeño y el componente ambiental que puedan generar cambios o ajustes a la estructura de control de la entidad
14. Elaborar directrices tendientes a la implementación de la Ley 1712 del 2014 de transparencia y acceso a la información pública en la Secretaría Distrital de Integración Social y realizar el seguimiento al cumplimiento de las obligaciones de dicha Ley y demás normas concordantes aplicables a la entidad en materia de transparencia.
15. Definir acciones, estrategias y directrices relacionadas con la Gestión Integral Social.
16. Conocer y decidir sobre el ingreso y/o permanencia por excepcionalidad de personas a los servicios sociales de la Secretaría Distrital de Integración Social, en relación con los criterios establecidos para ser beneficiario de los servicios.
17. Aprobar las propuestas que en cumplimiento de sus funciones presenten o formulen las Mesas Técnicas
18. Aprobar y definir acciones con fundamento en la información presentada por la Dirección Corporativa o quien haga sus veces, para la adquisición de predios necesarios para la ejecución de proyectos de la Secretaría Distrital de Integración Social y en general para la gestión predial de la entidad.
19. Concertación y seguimiento a los procesos de gestión del riesgo, entendidos como conocimiento del riesgo, reducción del riesgo y manejo de desastres.
20. Las demás que tengan relación directa con la implementación, desarrollo y evaluación del Modelo.
21. Aprobar el plan de trabajo anual de la instancia.
ARTÍCULO CUARTO. Modificar el artículo 7° de la Resolución No. 382 del 19 de marzo de 2021, el cual quedará así:
"ARTÍCULO SÉPTIMO. FUNCIONES DEL PRESIDENTE DEL COMITÉ INSTITUCIONAL DE GESTIÓN Y DESEMPEÑO. Son funciones del presidente del Comité Institucional de Gestión y Desempeño de la Secretaria Distrital de Integración Social las siguientes:
1. Presidir, instalar y dirigir las sesiones del Comité.
2. Suscribir los actos administrativos y/o decisiones adoptadas por la instancia de coordinación.
3. Coordinar con la Secretaría Técnica la elaboración de actas e informes y demás documentos para su publicación.
4. Suscribir las actas con la Secretaría Técnica.
5. Decidir los impedimentos que presenten los integrantes del Comité y las recusaciones que se formulen frente a ellos.
6. Las demás funciones que establezca la ley o el reglamento, que tengan relación directa con la implementación, desarrollo y evaluación del Modelo Integrado de Planeación y Gestión – MIPG.
ARTÍCULO QUINTO. Las demás disposiciones de la Resolución No. 382 del 19 de marzo de 2021, continúan vigentes.
ARTÍCULO SEXTO. PUBLICACIÓN. La presente Resolución deberá ser publicada en el normograma de la entidad, en el enlace de Transparencia y Acceso a la Información Pública, de la página web de esta entidad, en cumplimiento con lo dispuesto en la Ley 1712 de 2014 y el Decreto Nacional 103 de 2015 Compilado en el Decreto Único Reglamentario 1081 de 2015 del Sector Presidencia de la República
ARTÍCULO SÉPTIMO. COMUNICACIÓN. Comunicar el contenido del presente acto administrativo a cada una de las dependencias de esta Secretaría, para su conocimiento y fines pertinentes.
ARTÍCULO OCTAVO. VIGENCIA. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
COMUNIQUESE, PUBLIQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá, D.C., a los 24 días del mes de marzo del año 2022.
MARGARITA BARRAQUER SOURDIS
Secretaria Distrital de Integración Social
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