Cargando el Contenido del Documento
Por favor espere...

Resolución Reglamentaria 008 de 2023 Contraloría de Bogotá D.C.

Fecha de Expedición:
22/02/2023
Fecha de Entrada en Vigencia:
24/02/2023
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 7656 del 24 de febrero de 2023.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN REGLAMENTARIA 008 DE 2023

 

(Febrero 22)

 

Por la cual se modifica la Resolución Reglamentaria No. 032 de 2022 de la Contraloría de Bogotá, D.C.

 

EL CONTRALOR DE BOGOTÁ, D.C.

 

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas por el Acuerdo 658 de 2016 modificado parcialmente por el Acuerdo 664 de 2017 y,

 

CONSIDERANDO:

 

Que acorde con lo establecido en el artículo 272 de la Constitución Política de Colombia, la Contraloría de Bogotá es un organismo de control de carácter técnico con autonomía administrativa y presupuestal.


Que el representante legal de la Contraloría de Bogotá es el Contralor, quien además de ser el ordenador del gasto, tiene dentro de sus atribuciones definir los principios generales de su función administrativa, dentro de la organización.

 

Que el artículo 211 de la Constitución Política establece la figura de la delegación como mecanismo para que las diferentes autoridades administrativas puedan distribuir de acuerdo con la ley, las funciones asignadas. Que, a su vez, el artículo 21 del Acuerdo 658 de 2016, dispone que el contralor de Bogotá podrá, mediante acto administrativo, delegar las facultades de ejecución presupuestal, ordenación del gasto y otras competencias administrativas.

 

Que, en virtud de lo anterior, mediante el artículo 1° de la Resolución Reglamentaria No. 032 del 12 de diciembre de 2022, el Contralor de Bogotá delegó en el Director Técnico de Apoyo al Despacho de la Contraloría de Bogotá: “(…) la función de recibir a los directores y asesores, la entrega temporal del puesto de trabajo por separación de las funciones del cargo por un lapso igual a quince (15) y menor a 60 (sesenta) días hábiles o por los movimientos de la planta de personal (...)”.

 

Que teniendo en cuenta la organización administrativa de este organismo distrital, los servidores públicos que ostenten el cargo de director, asesor, jefe de oficina, así como los servidores públicos adscritos al Despacho del Contralor, deben realizar la entrega del puesto de trabajo al Contralor de Bogotá, razón por la cual es necesario incluir los cargos mencionados en la delegación de funciones.

 

Que las situaciones administrativas de los servidores públicos, de acuerdo con la normatividad vigente, pueden implicar entrega temporal o permanente del puesto de trabajo, razón por la cual es necesario modificar la parte resolutiva del acto administrativo reglamentario.

 

Que, en mérito de lo expuesto,

 

RESUELVE:

 

Artículo 1. Modificar el artículo primero de la Resolución Reglamentaria No. 032 del 12 de diciembre de 2022, el cual quedará así:

 

“ARTÍCULO PRIMERO. Delegar en el director técnico de apoyo al Despacho de la Contraloría de Bogotá la función de recibir a los directores, asesores, jefes de oficina y servidores públicos adscritos al Despacho del Contralor Distrital, la entrega temporal o definitiva del puesto de trabajo, conforme a los procedimientos establecidos en la entidad para ello.”

 

Artículo 2. La presente resolución rige a partir de la fecha de publicación y deroga cualquier disposición contraria.

 

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dada en Bogotá, D.C, a los 22 días del mes de febrero del año 2023.

 

JULIÁN MAURICIO RUIZ RODRÍGUEZ

 

Contralor de Bogotá, D.C.