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Decreto 1184 de 1979 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
06/06/1979
Fecha de Entrada en Vigencia:
06/06/1979
Medio de Publicación:
Registro Distrital 310 del 15 de febrero de 1980
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO 1184 DE 1979

DECRETO 1184 DE 1979

( Julio 6)

por la cual se reglamenta la nominación de Planteles Educativos a nivel Primario.

El Alcalde Mayor del Distrito Especial de Bogotá, en uso de sus atribuciones legales, y

CONSIDERANDO:

Que en la actualidad no hay claridad en denominación de las Instituciones Educativas de Educación Primaria en el Distrito Especial de Bogotá, lo cual contribuye a la desorganización administrativa.

Que no se ha podido elaborar un directorio completo y preciso con las denominaciones de las Instituciones Educativas a nivel Primario del Distrito.

Que es necesario unificar y clarificar las denominaciones que actualmente tienen las Instituciones Educativas a nivel Primario del Distrito con el fin de llevar un mayor control en cuanto a su dotación reparación.

DECRETA:

Artículo 1º.- A partir de la vigencia del presente Decreto las Instituciones Educativas a nivel Primario se denominarán "Escuelas Distritales" y cada escuela llevará una numeración y denominación única agregándose entre paréntesis la jornada.

Artículo 2º.- A partir de la vigencia del presente Decreto la Secretaría de Educación del Distrito Especial de Bogotá, producirá una Resolución en la cual se determine la numeración, denominación, ubicación y jornada de cada una de las Instituciones Educativas a nivel Primario del Distrito Especial de Bogotá.

Artículo 3º.- A partir de la vigencia del presente Decreto todo cambio de denominación, ubicación y jornada debe hacerse mediante una Resolución de la Secretaría de Educación del Distrito Especial de Bogotá.

Artículo 4º.- El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.

Comuníquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D.E. a los seis días del mes de julio de 1979.

El Alcalde Mayor, HERNADO DURAN DUSSAN. La Secretaria de Educación, PILAR SANTAMARÍA DE REYES.

NOTA: El presente Decreto aparece publicado en el Registro Distrital No. 310 de febrero 15 de 1980.